El Tribunal Europeo de Derechos Humanos resolvió el jueves que Italia había violado principios de derechos humanos al rechazar a migrantes y solicitantes de asilo africanos en alta mar, en una sentencia que Amnistía Internacional ha calificado de histórica.En el caso Hirsi Jamaa and Others v. Italy, el Tribunal estudió la situación de 24 personas procedentes de Somalia y Eritrea que formaban parte de un grupo de más de 200 personas interceptadas en el mar por las autoridades italianas en 2009, a las que obligó a regresar a Libia, su punto de partida. Esta práctica violó la obligación internacional de no devolver a ninguna persona a un país donde pueda correr el riesgo de sufrir abusos contra los derechos humanos.“Esta histórica sentencia es un juicio crítico de la voluntad de Italia de colaborar con el gobierno del coronel Muamar Gadafi en Libia, conocido por cometer abusos sistemáticos contra los derechos humanos”, ha declarado Sherif Elsayed-Ali, director del Equipo sobre Derechos de Personas Refugiadas y Migrantes de Amnistía Internacional.“La sentencia refuerza el respeto por los derechos humanos en toda Europa y confirma las salvaguardias legales internacionales para migrantes y solicitantes de asilo.”El Tribunal declaró que Italia había violado el Convenio Europeo de Derechos Humanos al exponer a los migrantes al riesgo de sufrir malos tratos en Libia y de ser repatriados a Somalia y Eritrea. Amnistía Internacional intervino como tercero en el caso, junto con el Centro AIRE y la Federación Internacional de los Derechos Humanos (FIDH), señalando que los actos de las autoridades italianas iniciaban una política de devoluciones condenadas por infringir principios fundamentales del derecho internacional de derechos humanos.La sentencia del Tribunal establece que incluso cuando las personas son interceptadas en aguas internacionales, las autoridades del gobierno tienen la obligación de respetar el derecho internacional de derechos humanos.Cualquier persona a la que intercepten debe tener acceso a un procedimiento individualizado, así como a recursos para apelar contra la decisión de devolverla a su país de partida. El Tribunal declaró que estas actuaciones fuera del territorio nacional constituían expulsión colectiva.“Los Estados que interceptan a personas fuera de sus aguas territoriales no pueden actuar en un vacío legal”, afirmó Sherif Elsayed-Ali. “Incluso en alta mar siguen siendo aplicables las normas internacionales de derechos humanos, incluido el principio de no devolución, que prohíbe devolver a personas a un país donde podrían sufrir abusos contra los derechos humanos.”La sentencia del Tribunal Europeo se ha dictado en un momento en el que hay un nuevo gobierno tanto en Italia como en Libia.Sin embargo, Amnistía Internacional ha documentado que, en Libia, los migrantes procedentes del África Subsahariana siguen corriendo el riesgo de sufrir torturas u otros malos tratos, y que muchos han sido detenidos arbitrariamente por su estatuto legal en el país. Ambos gobiernos están restableciendo los lazos de cooperación en varias cuestiones, incluido el control de la migración.“Es lamentable que una de las primeras decisiones del Consejo Nacional de Transición y del nuevo gobierno italiano haya sido, en lugar de rechazar esta cooperación, renovar de hecho su compromiso con la cooperación en el ámbito del control de la migración”, declaró Sherif Elsayed-Ali.“Los principios que esta sentencia confirma deben informar toda cooperación sobre control de la migración entre el gobierno italiano y las nuevas autoridades libias.”