Polonia: El retroceso en el acceso al aborto perjudica a las mujeres

Un año después de que surtiera efecto la sentencia del desacreditado Tribunal Constitucional polaco que prohíbe el acceso al aborto en casi todas las circunstancias, continúa su devastador impacto en la vida de las mujeres y de todas las personas que necesitan un aborto. La sentencia ha aumentado las dificultades extremas que afrontan las mujeres que desean someterse a un aborto y ha tenido consecuencias trágicas para muchas de ellas y para sus familias.

Desde que surtió efecto la sentencia el 27 de enero de 2021, más de mil mujeres han recurrido al Tribunal Europeo de Derechos Humanos para reivindicar sus derechos,impugnando la enormemente restrictiva ley del aborto polaca y pidiendo justicia. Estas demandas pioneras son las primeras impugnaciones directas de la ley del aborto polaca y la sentencia de 2020 del Tribunal Constitucional que se presentan ante el Tribunal Europeo. Las demandantes alegan que la ley del aborto polaca les causa un perjuicio grave y viola sus derechos a la vida privada y a no sufrir tortura ni otros malos tratos. Se espera que el Tribunal empiece a dictar resolución en algunas de las siguientes demandas: K.B. v. Poland and 3 other applications; K.C. v. Poland and 3 other applications; y A.L.- B. v. Poland and 3 other applications.

Nueve destacadas organizaciones de derechos humanos han presentado intervenciones de terceros ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en estas demandas: Amnistía Internacional, el Centro de Derechos Reproductivos, Human Rights Watch, la Comisión Internacional de Juristas (CIJ), la Federación Internacional de los Derechos Humanos (FIDH), la Red Europea de la Federación Internacional de Planificación de la Familia (FIPF EN), Women Enabled International, Women’s Link Worldwide y la Organización Mundial contra la Tortura (OMCT). Las intervenciones presentan pruebas y análisis basados en el derecho internacional de los derechos humanos, el derecho comparado europeo y directrices de la Organización Mundial de la Salud, y exponen las enormes implicaciones que las leyes sobre el aborto muy restrictivas tienen en la vida y la salud de las mujeres y las niñas en edad reproductiva.

“Las leyes restrictivas sobre el aborto como la de Polonia son contrarias a las normas internacionales y europeas de derechos humanos y a las directrices de salud pública, y ponen en peligro la libertad, la dignidad, la salud y la vida de las mujeres. Las intervenciones de nuestras organizaciones tratan de poner de relieve aspectos fundamentales de estas restrictivas leyes en relación con los derechos humanos, y nos enorgullece apoyar iniciativas para exigir responsabilidades a Polonia por las violaciones de estos derechos que se están cometiendo”, han declarado las organizaciones.

Información complementaria

La legislación polaca en materia de aborto es una de las más restrictivas de Europa. Polonia y Malta son los dos únicos Estados miembros de la Unión Europea que no han legalizado el aborto voluntario o por supuestos sociales generales. En Polonia, el aborto sólo está permitido en situaciones de riesgo para la vida o la salud de la mujer embarazada o si el embarazo es consecuencia de una violación. En la práctica, sin embargo, es casi imposible que quienes podrían someterse a un aborto legal lo consigan. Cada año, miles de mujeres viajan fuera de Polonia para abortar en otros países europeos, mientras que otras importan medicación abortiva o buscan un aborto extralegal en Polonia. Las mujeres polacas, sobre todo las que viven situaciones socioeconómicas difíciles, tienen que depender de la ayuda crucial de las organizaciones de la sociedad civil, con recursos muchas veces limitados.

El 22 de octubre de 2020, el desacreditado Tribunal Constitucional de Polonia resolvió que el aborto en caso de “defecto fetal grave e irreversible o enfermedad incurable que amenace la vida del feto” era contrario a la Constitución. La sentencia, que se dictó en una causa iniciada por miembros del Parlamento polaco, fue respaldada formalmente por el fiscal general y entró en vigor el 27 de enero de 2021. Tanto el Tribunal Europeo de Derechos Humanos como la Comisión Europea han declarado que el Tribunal Constitucional polaco no cumple los requisitos de imparcialidad procesal debido a su falta de independencia de los poderes legislativo y ejecutivo.

La sentencia eliminaba uno de los únicos supuestos legales del aborto previstos en la sumamente restrictiva ley de Polonia que quedaban y su implementación significa que, en la actualidad, existe una prohibición efectiva casi total del aborto en Polonia. Más del 90% de los alrededor de 1.000 abortos legales que se practicaban anualmente en Polonia con anterioridad a la sentencia se basaban en ese supuesto. La sentencia surtió efecto cuando las restricciones por la pandemia de COVID-19 hacían sumamente difícil y costoso viajar para someterse a un aborto y dio lugar a las manifestaciones más multitudinarias en el país en décadas lideradas por defensoras de los derechos humanos de las mujeres. Según activistas y organizaciones de derechos de las mujeres, la sentencia está teniendo un efecto disuasorio significativo, pues los profesionales de la medicina temen las repercusiones incluso en situaciones en las que el aborto sigue siendo legal. Quienes defienden los derechos humanos de las mujeres y las organizaciones de la sociedad civil que propugnan la revocación de la sentencia y la reforma de la ley del aborto polaca han recibido amenazas de violencia y varias personas que protestaban han sido enjuiciadas.

Pueden leer las comunicaciones de terceras partes aquí.

Encontrarán más información sobre las demandas presentadas por 12 mujeres polacas en:

K.B. v. Poland and 3 other applications;
K.C. v. Poland and 3 other applications
A.L.- B. v. Poland and 3 other applications

Si desean más información sobre lo sucedido tras la sentencia del Tribunal, vean, por ejemplo: https://reproductiverights.org/poland-a-year-on-abortion-ruling-harms-women/
https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/en/ip_21_7070