Sri Lanka: El atentado suicida con bomba infringe el derecho internacional

Amnistía Internacional ha condenado los actos de la autora –al parecer, vestida de civil– de un atentado suicida con bomba que hoy, 9 de febrero, ha causado la muerte de 28 personas y lesiones a varias decenas más en un puesto de control para civiles que huyen de la zona de conflicto.

Tales tácticas vulneran la prohibición jurídica internacional de cometer ataques pérfidos y exponer la vida de la población civil a un peligro mayor.

“La difuminación de la línea que separa a civiles de combatientes significa que miles de personas corrientes, desesperadas por huir de la zona de conflicto, corren un peligro mayor de sufrir represalias y quedar atrapadas en el fuego cruzado” ha afirmado Yolanda Foster, experta de Amnistía Internacional sobre Sri Lanka.

Los Tigres de Liberación de Eelam Tamil (LTTE) tienen un largo historial de utilización de atentados suicidas y en el pasado han dirigido específicamente sus ataques contra civiles. No han asumido la autoría del atentado cometido hoy.

“Los Tigres de Liberación deben renegar del uso de tácticas como los atentados suicidas cometidos por personas disfrazadas de civiles” afirmó Yolanda Foster.

“Es importante recordar que el hecho de que una de las partes de un conflicto armado recurra a estas tácticas no es excusa para responder con ataques ilegítimos. El ejército srilankés no debe utilizar esta pérfida agresión como excusa para cometer abusos contra la población civil desplazada, que debe seguir siendo tratada de conformidad con el derecho internacional –señaló Yolanda Foster–. Las fuerzas de seguridad de Sri Lanka deben asegurarse en todo momento de que dirigen sus acciones contra objetivos militares y no civiles.”

El gobierno ha restringido el acceso de los medios de comunicación a las áreas de conflicto, por lo que no es posible comprobar la veracidad de los relatos de lo que está ocurriendo sobre el terreno.

“En una guerra sin testigos, son los civiles quienes sufren las consecuencias del menosprecio de ambas partes por el derecho internacional humanitario.”