Bahréin: Basta de amenazas a clérigo chií privado de su nacionalidad

El gobierno de Bahréin debe poner fin a las intimidaciones a que somete a un clérigo musulmán chií privado de su nacionalidad, ha manifestado Amnistía Internacional.

Según la información recibida, el pasado martes dieron a Shaikh Hussain al-Najati 48 horas de plazo para salir del país, con la advertencia de que su familia podría sufrir daños si no lo hacía. Figura entre 31 activistas de oposición, todos ellos chiíes, a quienes el Ministerio del Interior de Bahréin retiró la nacionalidad bahreiní en noviembre de 2012 por motivos de seguridad nacional. El plazo de 48 horas terminaba hoy por la mañana. Como no se ha marchado, Shaikh Hussain al-Najati ha recibido la llamada de un agente de los servicios de seguridad del Estado que le ha dicho que pagará por ello. Si lo expulsan del país, se convertirá en apátrida. 

“Esta campaña de amenazas, hostigamiento e intimidación contra Shaikh Hussain al-Najati es inaceptable y debe acabar de inmediato. Obligarlo a salir de su país lo convertirá en apátrida”, ha señalado Said Boumedouha, director adjunto del Programa de Amnistía Internacional para Oriente Medio y el Norte de África.

“La decisión de privar al ayatolá Shaikh Najati y a 30 personas más de su nacionalidad en 2012 fue poco más que un intento arbitrario de silenciar a quienes critican al gobierno. Debe revocarse de inmediato.”  

El domingo irrumpieron en la oficina de Shaikh Hussain al-Najati unos agentes de policía vestidos de civil. Dos días más tarde, antes de que los agentes de seguridad le dieran 48 horas de plazo para marcharse, fue interrogado por miembros de los servicios de inteligencia sin que se hallara presente su abogado.

Información complementariaDe acuerdo con el artículo 10 de la Ley de Ciudadanía de Bahréin reformada, puede retirarse a una persona su nacionalidad (párrafo A) si cumple el servicio militar de un país extranjero (párrafo B), si ayuda o participa en el servicio de un país enemigo o (párrafo C) si causa daño a la seguridad del Estado. No se define con precisión ni detalle qué constituye “daño a la seguridad del Estado”.