Brunéi Darussalam 2017/2018

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BRUNÉI DARUSSALAM 2017/2018

La falta de transparencia dificultaba la observación independiente de la situación de los derechos humanos. Varias enmiendas al Código Penal de la sharia (ley islámica), cuya aplicación estaba previsto que se realizara por etapas, establecían para ciertos delitos la pena de muerte, así como castigos corporales tales como los azotes con vara y la lapidación, constitutivos de tortura y malos tratos. Asimismo, estas enmiendas restringirían aún más los derechos a la libertad de pensamiento, conciencia y religión, y ahondarían en la discriminación de las mujeres.

Información general

Seguían pendientes varias enmiendas al Código Penal de la sharia (ley islámica) que se aplicarían por etapas. Ya se había completado la primera etapa, que abordaba los delitos castigados con prisión y multas. La segunda abarcaría los delitos penados con amputación, y la tercera, los castigados con muerte por lapidación.

Libertad de expresión

El 27 de julio, el funcionario gubernamental Shahiran Sheriffudin bin Shahrani Muhammad fue destituido y acusado formalmente en aplicación del apartado 4.1.c de la Ley contra la Sedición por haber publicado comentarios en Facebook que se consideraron “ofensivos” para el Ministerio de Asuntos Religiosos. Periodistas y ciberactivistas seguían autocensurándose por temor a acciones judiciales.

Derechos de las mujeres

La reforma del Código Penal de la sharia (ley islámica) incluía disposiciones que, de ser aplicadas, ahondarían en la discriminación de la mujer, ya que, entre otras medidas, penalizaban el embarazo fuera del matrimonio y obligaban a las mujeres solteras musulmanas a vivir en el domicilio de sus tutores.

Pena de muerte

Aunque abolicionista en la práctica, el país mantenía la pena de muerte en la horca para varios delitos, como los de asesinato y terrorismo y los relacionados con drogas. Además, si durante la tercera fase de la reforma del Código Penal se aplicaran las enmiendas correspondientes, pasarían a castigarse con pena de muerte por lapidación delitos como los de “adulterio”, “sodomía” y violación. Cualquier persona, musulmana o no, que cometiera “adulterio” con una persona musulmana sería condenada a muerte por lapidación o a 100 latigazos, en función de su estado civil.

Derecho a la educación

La educación primaria era gratuita y accesible para toda la ciudadanía, pero los niños y niñas apátridas o con nacionalidad de otros países encontraban obstáculos a la hora de acceder a sus derechos básicos, incluido el derecho a la educación, pues debían solicitar permiso para matricularse y, con frecuencia, tenían que pagar cuotas mensuales.

Derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgénero e intersexuales

Seguía existiendo —consagrado en el artículo 377 del Código Penal— el delito de “actos sexuales contrarios al orden natural”, que castigaba las relaciones sexuales consentidas entre personas del mismo sexo con penas de hasta 10 años de prisión. De aplicarse determinadas enmiendas al Código Penal se prescribiría la pena de muerte por lapidación para las relaciones sexuales consentidas entre personas del mismo sexo (véase supra).

Seguridad y medidas antiterroristas

En aplicación de la Ley de Seguridad Interna, se recluía sin juicio a quienes eran considerados sospechosos. En febrero, en virtud de dicha ley, cuatro indonesios fueron detenidos por presuntos vínculos con el grupo armado Estado Islámico, tras lo cual fueron expulsados del país.