Marruecos y Sáhara Occidental: Denuncias de tortura siembran dudas sobre juicio

Se espera sentencia para saharauis acusados en relación con enfrentamientos letales de 2010

Las autoridades judiciales marroquíes deben asegurarse de que las sentencias que se dictarán en breve en un juicio masivo no se basan en confesiones o declaraciones que involucren a otros acusados y obtenidas mediante tortura u otros malos tratos durante los interrogatorios policiales, han afirmado hoy Human Rights Watch y Amnistía Internacional.

Se espera el Tribunal de Apelaciones de Rabat haga pública su sentencia en el juicio de 24 acusados saharauis poco después de una vista fijada para el 18 de julio de 2017. A los acusados se les imputa responsabilidad en la muerte de 11 integrantes de las fuerzas de seguridad durante los enfrentamientos que estallaron al desmantelar las fuerzas un extenso campamento de protesta en Gdeim Izik, Sáhara Occidental, en 2010. Los acusados fueron declarados culpables en un juicio militar, pero el Tribunal de Casación, máxima instancia judicial de Marruecos, ordenó que se abrieran nuevos procedimientos civiles tras la promulgación de una nueva ley que prohíbe los juicios de civiles ante tribunales militares.

“Marruecos dio el paso positivo de ordenar nuevos procedimientos ante un tribunal civil, pero tiene que garantizar todavía que no se declara culpable a ninguna persona sobre la base de pruebas obtenidas mediante tortura”, ha afirmado Sarah Leah Whitson, directora para Oriente Medio y Norte de África de Human Rights Watch.

En el juicio anterior, un tribunal militar de Rabat declaró culpables a todos los acusados basándose de forma casi exclusiva en su confesiones, presuntamente obtenidas mediante tortura. La mayoría de los acusados recibieron largas condenas y han cumplido ya más de seis años en prisión.

Marruecos dio el paso positivo de ordenar nuevos procedimientos ante un tribunal civil, pero tiene que garantizar todavía que no se declara culpable a ninguna persona sobre la base de pruebas obtenidas mediante tortura

Sarah Leah Whitson, directora para Oriente Medio Norte de África de Human Rights Watch

En 2015, una nueva ley puso fin a los juicios de civiles ante tribunales militares, armonizando de este modo la legislación de Marruecos con las normas internacionales. El año siguiente, el Tribunal de Casación ordenó un nuevo juicio del grupo de Gdeim Izik ante la Cámara de Apelaciones del Tribunal de Apelaciones de Rabat. Durante el juicio, que comenzó el 26 de diciembre de 2016, el tribunal accedió a que doctores acreditados ante el tribunal realizasen exámenes médicos a 21 acusados para evaluar sus denuncias de tortura, y rechazó la petición de los tres acusados que no están bajo custodia.

Los doctores examinaron a los acusados en febrero y marzo, casi siete años después de que tuvieran lugar las presuntas torturas. Los informes de los doctores, a los que Human Rights Watch y Amnistía Internacional han tenido acceso, señalan los tipos de tortura y otros malos tratos que cada uno de los acusados afirma haber sufrido durante su detención e interrogatorio poco después del momento de su arresto a finales de 2010. Sus denuncias incluyen brutales palizas, en algunos casos mientras estaban suspendidos por las muñecas y las rodillas, agresión sexual, incluida violación con un objeto, y extracción de uñas de manos y pies. Todos los informes médicos concluyen con la misma frase o una variación de ella: “Los síntomas que manifiesta actualmente y lo que observamos durante nuestro examen no son específicos de los métodos de tortura específicos denunciados.”

“La judicatura de Marruecos no debe desaprovechar la oportunidad de hacer justicia que brindan estos procedimientos civiles”, ha afirmado Heba Morayef, directora de Investigación de Amnistía Internacional para el Norte de África.

“El tribunal debe excluir estas confesiones y declaraciones a menos que pueda argumentar de manera convincente que se hicieron de modo voluntario. No se debe penalizar a ningún acusado porque sus denuncias de tortura no se hayan investigado en años.”

La judicatura de Marruecos no debe desaprovechar la oportunidad de hacer justicia que brindan estos procedimientos civiles

Heba Morayef, directora de Investigación de Amnistía Internacional para el Norte de África

La Convención de la ONU contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, ratificada por Marruecos en 1993, exige que los Estados partes supriman la tortura u otras formas de malos tratos y también que impidan que estas prácticas menoscaben el derecho a un juicio justo. La Convención concede a las víctimas de tortura el derecho a presentar una queja ante las autoridades y a que su caso sea objeto de una investigación pronta e imparcial. También impone a las autoridades el deber de investigar cualquier denuncia de tortura aun en el caso de que no se presente una queja formal.

Los países deben asegurarse de que ninguna declaración “hecha como resultado de tortura pueda ser invocada como prueba en ningún procedimiento, salvo en contra de una persona acusada de tortura como prueba de que se ha formulado la declaración”. El Subcomité de la ONU contra la Tortura también ha subrayado que los tribunales no deben interpretar erróneamente que la ausencia de pruebas médicas significa que no se llevó a cabo la tortura.

La Constitución de Marruecos también prohíbe la tortura y los actos “crueles, inhumanos, degradantes, o que atenten contra la dignidad.” El Código Penal del país tipifica como delito la tortura. El Código de Procedimiento Penal afirma que las confesiones obtenidas mediante “violencia” o “coacción” no serán admisibles ante un tribunal. No obstante, los tribunales marroquíes tienen un historial de basarse en confesiones presuntamente obtenidas mediante tortura o coacción como fuente principal de pruebas para sus sentencias contra los acusados.

Se está juzgando a los acusados por cargos de formar una “banda delictiva” y de participación, o complicidad, en violencia contra las fuerzas de seguridad “con resultado de muerte con intención”, entre otros cargos. Los cargos guardan relación con los enfrentamientos que estallaron durante el desmantelamiento por la policía del campamento de protesta de Gdeim Izik el 8 de noviembre de 2010 y en la cercana El Aaiún, principal ciudad del Sáhara Occidental.

El Comité de la ONU contra la Tortura concluyó el 15 de noviembre de 2016 que Marruecos había vulnerado la Convención contra la Tortura en relación uno de los acusados, Naâma Asfari, por varios motivos.

Respondiendo a la queja presentada por Asfari, representado por Acción de los Cristianos para la Abolición de la Tortura (ACAT-Francia), el Comité concluyó que las autoridades no habían investigado sus denuncias de tortura y otros malos tratos, no lo habían protegido, ni tampoco a su abogado, de represalias, y le habían negado reparaciones, incluidas rehabilitación médica e indemnización. El Comité afirmó asimismo que el tribunal militar se había basado en una declaración obtenida mediante tortura u otros malos tratos para declararlo culpable.

En el juicio actual, los familiares de los agentes de seguridad que murieron durante los disturbios están representados como partes civiles en la causa, aunque el tribunal no se ha pronunciado todavía acerca de si pueden ser partes en los procedimientos ya que no fueron partes en la causa anterior.

“Las afligidas familias quieren que se haga justicia, pero la justicia serviría de poco si se basa en pruebas obtenidas mediante el uso de tortura o coacción”, ha afirmado Whitson.