En respuesta a una votación del Senado francés para introducir en el Código Penal una definición de violación basada en el consentimiento, Lola Schulmann, responsable de Justicia de Género y Trabajo de Incidencia de Amnistía Internacional Francia, ha declarado:
“La adopción de esta ley es un paso adelante histórico. Es una victoria largamente esperada para las víctimas de violación, y es la culminación de años de campaña incansable por parte de activistas, organizaciones feministas y supervivientes de violencia sexual”.
“La reforma del Código Penal tendrá un fuerte impacto educativo, esencial para establecer una cultura de consentimiento en nuestra sociedad y en la formación de quienes componen el sistema de justicia.”
Esta es una victoria largamente esperada para las víctimas de violación, y es la culminación de años de campaña incansable por parte de activistas y supervivientes de violencia sexual
“Dar este último paso hacia la modificación de una ley desfasada y reconocer que las relaciones sexuales no consentidas constituyen violación ayudará a prevenir y combatir la violencia sexual y a mejorar el acceso de las víctimas de esta violencia a la justicia.”
“La adopción de la ley será crucial para cambiar las actitudes sobre la violación, pero no es una fórmula mágica. Para lograr un auténtico cambio de paradigma se requerirán recursos económicos sustanciales y una perspectiva realmente interseccional de su implementación para poner fin a la violencia de género y sexual.”
Información complementaria
El proyecto de ley, adoptado hoy por el Senado, fue sometido a votación en la Asamblea Nacional el 23 de octubre.
Dieciséis Estados miembros de la Unión Europea han introducido ya en su legislación definiciones de violación basadas en el consentimiento: Alemania, Bélgica, Croacia, Chipre, Dinamarca, Eslovenia, España, Finlandia, Grecia, Irlanda, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, República Checa y Suecia. Islandia, Noruega, Reino Unido y Suiza también tienen definiciones similares de violación en su legislación, de conformidad con el derecho internacional de los derechos humanos, incluido el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, conocida también como “Convenio de Estambul”.


