Pakistán: Detengan la ejecución de un condenado a muerte con discapacidad mental

Las autoridades paquistaníes no deben ejecutar a un condenado a muerte con un historial médico de enfermedad mental, Imdad Ali; así lo ha afirmado hoy Amnistía Internacional.

Con esta orden de ejecutar a Imdad Ali, Pakistán está infringiendo claramente las normas internacionales de derechos humanos que protegen a las personas con enfermedades mentales y garantizan que no se las somete a esta pena cruel e irreversible.

Champa Patel, directora de Amnistía Internacional para Asia meridional

Imdad Ali fue declarado culpable del asesinato de un profesor de religión en 2002. En 2012 se le diagnosticó “esquizofrenia paranoide”, condición definida como “enfermedad psiquiátrica crónica e invalidante” por el médico que lo examinó.

El doctor Naeemullah Leghari, jefe de psiquiatría del hospital de Nishtar, en Multan, ciudad del centro de Pakistán, añadió que la enfermedad de Imdad Ali “impide a la persona que la padece pensar racionalmente y tomar decisiones lógicas.”

Aunque estaba previsto que su ejecución se llevara a cabo el martes, 20 de septiembre de 2016, se le concedió un aplazamiento en el último momento para dar tiempo al Tribunal Supremo a considerar si su orden de ejecución debía suspenderse atendiendo a su enfermedad mental.

El martes 27 de septiembre, el Tribunal Supremo celebrará una vista para decidir si suspende la orden de ejecución de Imdad Ali.

Imdad Ali continúa en peligro de ser ejecutado. Si el Tribunal Supremo rechaza la petición de suspender la orden de ejecución, podría fijarse automáticamente una nueva fecha.

Es la segunda orden de ejecución dictada en el caso de Imdad Ali. En 2015, el Tribunal Supremo rechazó su recurso de apelación al considerar que no había pruebas de su discapacidad mental.

Sin embargo, la sentencia del Tribunal Supremo refleja que el abogado de Imdad Ali no había aportado como prueba el informe médico de 2012 donde constaba el diagnóstico de esquizofrenia paranoide. Esta vista de supervisión suscita motivos de preocupación relacionados con las garantías de un juicio justo.

“La minoría de países que siguen recurriendo a la pena de muerte en el mundo sólo puede hacerlo de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos, que incluyen la prohibición de ejecutar a personas con enfermedad mental. Imdad Ali no debe ser sometido a esta pena cruel”, ha manifestado Champa Patel.

Información complementaria

Pakistán es el tercer país que más ejecuciones lleva a cabo en el mundo, después de China e Irán. Amnistía Internacional se opone a la pena de muerte en todas las circunstancias, con independencia del delito o del método de ejecución. Es la expresión máxima de pena cruel, inhumana y degradante.

Pakistán ha ejecutado a más de 400 personas desde que se levantó la suspensión de las ejecuciones en diciembre de 2014. Algunas eran menores de edad en el momento de cometerse el delito por el que habían sido condenadas a muerte, o padecían una enfermedad mental.

Amnistía Internacional ve asimismo con preocupación que en Pakistán muchas condenas a muerte se dictan tras juicios que incumplen las normas internacionales sobre juicios justos y violan el artículo 10.A de la Constitución de Pakistán, que insta a respetar el debido proceso y las garantías de un juicio justo a la hora de determinar los derechos y obligaciones civiles de la persona en toda acusación de carácter penal.