Document - Siria – Los homicidios de la prisión de Sednaya: es necesaria una investigación independiente

AMNISTÍA INTERNACIONAL

DECLARACIÓN PÚBLICA


Índice AI:        MDE 24/018/2008    (Público)

7 de julio de 2008


Siria – Los homicidios de la prisión de Sednaya: es necesaria una investigación independiente


Amnistía Internacional pide a las autoridades sirias que establezcan de inmediato un órgano independiente para investigar los informes según los cuales al menos 23 detenidos murieron en los disturbios que han tenido lugar desde el 5 de julio en la prisión militar de Sednaya, cerca de Damasco.


Esa investigación debe ser exhaustiva, inmediata e imparcial, conforme establecen el derecho y las normas internacionales. Sus resultados deben hacerse públicos y cualquier persona de la que se sospeche de manera razonable que está implicada en los homicidios debe rendir cuentas de sus actos y comparecer ante la justicia.


Según la información recibida por Amnistía Internacional, los disturbios comenzaron la mañana del 5 de julio, cuando un contingente de la Policía Militar llevó a cabo un registro en las celdas. Durante el registro, los agentes arrojaron al suelo ejemplares del Corán y se pusieron de pie sobre ellos, ultrajando las creencias religiosas de muchos detenidos. Al parecer, la Policía Militar mató a tiros a nueve detenidos islamistas desarmados que trataban de recuperar los ejemplares del Corán.


Los informes indican que, poco después de estos homicidios, unos detenidos desarmados consiguieron superar a los agentes y capturaron a varios de ellos, así como al director de la prisión, los metieron a todos en celdas y les quitaron las armas. Al parecer, las peticiones que han hecho los amotinados han sido que se les perdone la vida y que se tomen medidas para mejorar las condiciones en la prisión. Según organizaciones sirias de derechos humanos que se han comunicado con los detenidos que se encuentran en el interior de la prisión militar de Sednaya, durante la refriega murieron otros 14 detenidos. Al parecer, los amotinados han liberado a los cautivos y han entregado las armas. Se han desplegado refuerzos de seguridad que, el 7 de julio, seguían rodeando la prisión.


Las autoridades sirias, en virtud tanto del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos como de la Carta Árabe de Derechos Humanos revisada, en los que Siria es Estado Parte, tienen la obligación de proteger el derecho a la vida de todas las personas bajo su jurisdicción. De acuerdo con los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, las fuerzas de seguridad y los guardias de prisiones, en su trabajo, “[r]educirán al mínimo los daños y lesiones y respetarán y protegerán la vida humana”. Estos mismos Principios Básicos establecen que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley deben aplicar medios no violentos antes de recurrir al uso de la fuerza y las armas de fuego. Éstas pueden utilizarse cuando sea estrictamente necesario pero, en las situaciones oportunas, debe intentarse primero el uso de armas incapacitantes no letales, en proporción al peligro enfrentado. Según los Principios Básicos, “sólo se podrá hacer uso intencional de armas letales cuando sea estrictamente inevitable para proteger una vida”. Por ello, Amnistía Internacional pide a las autoridades sirias que revisen la normativa respecto a la apertura de fuego por parte de funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, para asegurarse de que es conforme con el derecho y las normas internacionales.


De los centros de interrogatorio y prisiones de Siria se reciben informes generalizados de abusos contra detenidos, como la tortura y los malos tratos durante la detención preventiva –que puede durar varios años–, pero esos informes rara vez se investigan. La impunidad por las violaciones de derechos humanos en el país es un motivo de preocupación que data de largo, y subraya la necesidad de que toda investigación sea independiente del gobierno, de las autoridades penitenciarias y de las fuerzas de seguridad implicadas en los incidentes.


Sin pretender prejuzgar las conclusiones de la investigación que pueda llevarse a cabo, Amnistía Internacional reitera su llamamiento a las autoridades sirias para que eliminen las disposiciones que otorgan al personal de las fuerzas de seguridad inmunidad procesal de hecho por cualquier delito que cometan durante el desempeño de sus deberes, como por ejemplo el artículo 16 del Decreto Legislativo núm. 14 de 1969.


FIN


Documento público

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