Document - Liban. Le Liban renvoie de force un Arabe iranien. Mohammad Taher Batili
AU: 147/10 Índice: MDE 18/005/2010 Líbano Fecha: 30 de junio de 2010
ACCIÓN URGENTE
DEVOLUCIÓN DE ÁRABE IRANÍ DESDE LÍBANO
Mohammad Taher Batili, ciudadano iraní miembro de la minoría árabe de Irán, está expuesto a ser devuelto a su país desde Líbano. Amnistía Internacional teme que, si es así, sufra tortura y sea condenado a muerte.
Mohammad Taher Batili, de 29 años, está reconocido como refugiado por la agencia de la ONU para los refugiados, ACNUR. Fue detenido por miembros de las fuerzas de seguridad cuando subía a un automóvil en la capital libanesa, Beirut, el 2 de junio de 2010. Él les enseñó el documento del ACNUR donde se certificaba su condición de refugiado, pero quedó detenido, culpado de haber entrado ilegalmente en Líbano desde Siria, y fue recluido en la prisión de Zahle, situada en el valle de la Beka, en el este de Líbano. El 26 de junio fue declarado culpable de “entrada irregular” y condenado a dos meses de prisión y al pago de una multa. Podría ser devuelto a Irán tras cumplir la pena.
Mohammad Taher Batili llegó a Líbano, procedente de Siria, con su familia el 28 de mayo de 2009, y solicitó asilo allí. Había huido de Irán debido a las actividades políticas que su padre y él realizaban en favor de la minoría árabe iraní en Ahvaz, provincia de Juzestán. Si es devuelto a Irán, podría sufrir tortura y ser condenado a muerte por estas actividades.
Tras quedar recluido en la prisión deZahle fue interrogado dos veces por funcionarios de la embajada iraní en Líbano, que le preguntaron extensamente por las actividades políticas de su padre y de otros miembros de la minoría árabe iraní de Siria y Líbano y lo amenazaron con agresiones a manos de otros reclusos.
Líbano acoge a una gran población de solicitantes de asilo y refugiados, en su mayoría de países que sufren guerras o violaciones sistemáticas de derechos humanos. Centenares de estas personas están expuestas a que las detengan por tiempo prolongado o las devuelvan a su paíscon independencia de que se hayan registrado oficialmente en el ACNUR como refugiados. En 2008, las autoridades libanesas accedieron informalmente a conceder a los refugiados un periodo de gracia de tres meses, prorrogable una vez, para encontrar a un empleador dispuesto a patrocinarlos y facilitarles la obtención del permiso de residencia, pero no parecen estar cumpliendo este compromiso.
ESCRIBAN INMEDIATAMENTE en árabe, en inglés, en francés o en su propio idioma:
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Instando a las autoridades libanesas a que no devuelvan a Mohammad Taher Batili a Irán, donde podría sufrir tortura y ser ejecutado.
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Manifestando que su devolución constituiría un incumplimiento de las obligaciones contraídas por Líbano en virtud de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y del principio de no devolución (non-refoulement), que prohíbe devolver a una persona a un situación donde esté expuesta a sufrir tortura y otras violaciones graves de derechos humanos.
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Pidiendo a las autoridades libanesas que garanticen que, mientras se encuentre bajo custodia de sus fuerzas de seguridad, está protegido contra la tortura y otros malos tratos; tiene de inmediato acceso a su familia, a un abogado de su elección y a los servicios médicos que pueda necesitar, y no es interrogado por funcionarios iraníes.
ENVÍEN LOS LLAMAMIENTOS, ANTES DEL 11 DE AGOSTO DE 2010, A:
Presidente
President
Michel Sleiman
Baabda Palace
Baabda, Mount Lebanon, Líbano
Fax: + 961 5 959 210/922 400
Correo-e: president_office@presidency.gov.lb
Tratamiento: Your Excellency / Señor Presidente
Ministro del Interior
Minister of Interior
Ziyad Baroud
Sanayeh, Beirut, Líbano
Fax: + 961 1 751 618/750 084
Correo-e: ministry@interior.gov.lb
Tratamiento: Your Excellency / Señor Ministro
Y copia a:
Ministro de Justicia
Minister of Justice
Ibrahim Najjar
Rue Sami Solh, Beirut, Líbano
Fax: + 961 1 612 564/427 975
Correo-e: webmaster@justice.gov.lb
Tratamiento: Your Excellency / Señor Ministro
Envíen también copias a la representación diplomática de Líbano acreditada en su país.
Consulten con la oficina de su Sección si van a enviar los llamamientos después de la fecha anteriormente indicada.
ACCIÓN URGENTE
DEVOLUCIÓN DE ÁRABE IRANÍ DESDE LÍBANO
información complementaria
La comunidad árabe ahwazí, una de las muchas minorías étnicas de Irán, vive principalmente en Juzestán, provincia del suroeste del país que forma frontera con Irak y tiene gran importancia estratégica por contar con gran parte de las reservas de petróleo de Irán. La población árabe cree que no se ha beneficiado como la persa de los ingresos procedentes del petróleo. Históricamente ha estado marginada y discriminada, al negársele por ejemplo el derecho a la educación en su propia lengua.
Aunque son principalmente musulmanes chiíes, algunos árabes ahwazíes se han convertido al sunismo, por lo que las autoridades acusan a algunos activistas locales de ser “wahabíes” (en el sentido de musulmanes sunníes fundamentalistas radicales). En abril de 2005 al saberse que el gobierno parecía estar planeando dispersar a la población árabe del país u obligarla a renunciar a su identidad árabe, aumentó la tensión en ella. Tras unos atentados con explosivos perpetrados en la ciudad de Ahvaz en junio y octubre de 2005 y que mataron al menos 14 personas, así como de varias explosiones ocurridas en instalaciones petroleras en septiembre y octubre de 2005, la violencia se intensificó, y, según informes, se detuvo a centenares de personas. Se denunciaron torturas. El 24 de enero de 2006 se produjeron nuevos atentados con explosivos, en los que murieron al menos seis personas y a raíz de los cuales se practicaron de nuevo detenciones masivas. Al menos 15 hombres fueron ejecutados por su presunta participación en los atentados. Hacia el final de septiembre de 2009 se ejecutó al menos a un hombre ahwazí tras los juicios ante una sección del Tribunal Revolucionario de Ahwaz de unos 10 hombres ahwazíes, algunos de los cuales eran conocidos activistas políticos. Fueron juzgados sin las debidas garantías y no tuvieron acceso a un abogado (véase Amnistía Internacional, Irán: Riesgo de ejecución para siete hombres en Irán (Índice: MDE 13/109/2009), 21 de octubre de 2009 http://www.amnesty.org/es/library/info/MDE13/109/2009).
El padre de Mohammad Taher Batili, Hadi Mohammad Jawad Batili, ha sido detenido varias veces en Irán por sus actividades políticas y su apoyo a familias de ahwazíes detenidos o víctimas de homicidio. En 1993 fue condenado a 10 años de prisión, de los que cumplió 5, incluidos 4 meses en régimen de aislamiento, antes de ser puesto en libertad bajo fianza. Según informes, sufrió tortura y otros malos tratos durante este periodo. En 2004 le impusieron una condena condicional de tres años, y en 2005 estuvo recluido durante cuatro meses, antes de ser puesto en libertad bajo fianza. Lo citaron ante la Sección 12 del Tribunal Revolucionario de Juzestán el 9 de julio de 2009, y la causa sigue abierta.
El 27 de septiembre de 2008, seis solicitantes de asilo ahwazíes –una mujer, Ma’soumeh Ka’bi, y sus cinco hijos, de entre 4 y 14 años– fueron devueltos a Irán desde Siria. Los detuvieron nada más llegar al aeropuerto de Teherán. Los cinco niños quedaron en libertad a finales de octubre de 2008 (véase Irán: Devolución / Presos de conciencia / Temor de tortura y malos tratos (Índice: MDE 13/147/2008), 10 de octubre de 2008, http://www.amnesty.org/es/library/info/MDE13/147/2008). El 1 de enero de 2009, el Tribunal de Revolucionario de Ahwaz, provincia de Juzestán, condenó a Ma’soumeh Ka’bi a cuatro años y medio de prisión por haber salido de Irán con documentos de viaje falsos, cargo relacionado, según informes, con las actividades políticas de su esposo. Apeló contra la condena y quedó en libertad bajo fianza de unos 151.000 dólares estadounidenses. Amnistía Internacional no ha recibido información sobre el resultado de su apelación.
Aunque Líbano no es Estado Parte en la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados, de la ONU, al igual que todos los demás países está obligado a respetar el derecho internacional consuetudinario, incluido el principio de no devolución, según el cual los países no pueden devolver a ninguna personas a otros países donde esté expuesta a sufrir graves violaciones de derechos humanos, como tortura y otros malos tratos. Además, sí es Estado Parte en la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
AU: 147/10 Índice: MDE 18/005/2010 Fecha de emisión: 30 de junio de 2010
