Document - Israël et territoires palestiniens occupés. Les autorités doivent prendre des mesures de toute urgence afin de répondre aux préoccupations du Comité contre la torture
AMNISTÍA
INTERNACIONAL
Declaración pública
15 de mayo de
2009
Israel y los
Territorios Ocupados: Son necesarias medidas urgentes para resolver
los motivos de preocupación del Comité contra la Tortura de la
ONU
Las observaciones finales que hoy, 15 de mayo, ha publicado
el Comité contra la Tortura de la ONU muestran una preocupante
falta de avances en los siete años transcurridos desde que el
Comité examinara por última vez el cumplimiento por parte de Israel
de sus obligaciones como Estado Parte en la Convención contra la
Tortura y otras Penas o Tratos Crueles, Inhumanos o
Degradantes.
Todas las
recomendaciones publicadas por el Comité en noviembre de 2001 y las
preocupaciones expresadas entonces continúan vigentes. Además, el
Comité ha expresado hoy su preocupación por varias cuestiones
más.
Los motivos de
preocupación sin resolver que ya se plantearon en aquella ocasión y
que el Comité reiteró hoy son la ausencia en la legislación israelí
del delito de tortura tal como lo define el artículo 1 de la
Convención contra la Tortura; el hecho de que la “necesidad” siga
siendo una justificación posible para la tortura; el hecho de que
ni una sola de las más de 600 denuncias de malos tratos a manos del
Servicio General de Seguridad de Israel (SGS o GSS por sus siglas
en hebreo) ha acabado en un procesamiento, ni siquiera en una
investigación penal, y la falta de un mecanismo de investigación
independiente; la admisibilidad de las pruebas obtenidas
probablemente bajo tortura; el uso de la detención administrativa y
en régimen de incomunicación y la demolición “punitiva” de
viviendas.
Nuevos motivos de preocupación planteados por el
Comité:
- La exclusión de
los detenidos por motivos de “seguridad” de los requisitos de la
Ley de Procedimiento Penal (Interrogatorio de
Sospechosos), que
exige que se graben en vídeo todas las fases del interrogatorio de
un sospechoso. Dado que los detenidos por motivos de “seguridad”
son prácticamente en su totalidad palestinos y, en algunos casos,
ciudadanos de otros Estados considerados “enemigos”, y que
precisamente los detenidos por motivos de “seguridad” son los que
corren más peligro de sufrir torturas o malos tratos durante los
interrogatorios, en la práctica esta exclusión es discriminatoria y
priva de protección a quienes más deberían beneficiarse de la
disposición.
- El hecho de que
las leyes israelíes no hayan incorporado el principio de no
devolución (non-refoulement), así como la expulsión sumaria de solicitantes de asilo
sin el debido proceso.
- El
interrogatorio de menores palestinos detenidos sin estar presente
un abogado o un familiar, y su detención en cárceles en el interior
de Israel, lo que impide o dificulta las visitas familiares, ya que
en algunos casos las autoridades israelíes niegan los permisos de
entrada a Israel a sus padres y familiares.
- El impacto del
bloqueo israelí de Gaza, especialmente las restricciones a la
entrada de ayuda humanitaria en Gaza y las limitaciones de la
libertad de circulación de los habitantes de Gaza.
- La falta de
investigaciones sobre las denuncias de tortura y malos tratos de
detenidos palestinos a manos de las fuerzas de seguridad que actúan
bajo las órdenes de la Autoridad Nacional Palestina en Cisjordania
y de la administración de hecho de Hamás en la Franja de
Gaza.
- El uso de
fósforo blanco por parte de las fuerzas israelíes durante la
operación “Plomo Fundido” (entre el 27 de diciembre de 2008 y el 18
de enero de 2009) en zonas densamente pobladas de Gaza, y el
sufrimiento y la muerte infligidos por estas armas a personas que
no podían recibir el tratamiento necesario en los hospitales de
Gaza al no conocer los médicos el armamento usado y utilizarse los
centros médicos “como cuarteles generales, centros de mando y
escondites para los ataques de Hamás”.
Amnistía
Internacional comparte los motivos de preocupación del Comité y
pide a las autoridades israelíes que tomen medidas inmediatas para
aplicar sus recomendaciones. La organización señala que el Comité
ha dado el inusual paso de dirigir una recomendación a la Autoridad
Nacional Palestina y a la administración de hecho de Hamás en la
Franja de Gaza. Aunque desde el punto de vista procedimental el
Comité no ha seguido su práctica habitual de embarcarse en la
revisión de un informe preparado por las autoridades en cuestión,
no obstante ha sugerido la necesidad de encontrar una forma de
interactuar con las autoridades palestinas
pertinentes.
Al mismo tiempo, a
Amnistía Internacional le preocupa que el Comité se equivoque al
afirmar que los centros médicos de Gaza se han utilizado como
cuarteles generales, centros de mando y escondites para los ataques
de Hamás como posible motivo por el cual las víctimas de los
ataques con fósforo blanco no pudieran recibir el tratamiento
necesario en los hospitales de Gaza. Toda la información que pudo
obtener Amnistía Internacional de pacientes y doctores encargados
de las unidades de quemados de los hospitales de Gaza durante sus
investigaciones sobre el terreno apuntaba a que la razón de que las
víctimas no recibieran el tratamiento adecuado fue que ni los
médicos ni el personal sabían que las quemaduras habían sido
ocasionadas por fósforo blanco, dado que ninguno había tratado
quemaduras producidas por esta sustancia y que el ejército y las
autoridades israelíes siempre negaron que sus fuerzas hubieran
utilizado fósforo blanco en Gaza. Amnistía Internacional no
encontró indicios de que ni Hamás ni otros extremistas armados
hubieran utilizado de hecho los hospitales como escondite ni para
lanzar ataques, y hasta la fecha las autoridades israelíes no han
aportado indicios que prueben tales acusaciones. De probarse éstas,
tales prácticas de Hamás u otros grupos armados, constituirían una
grave violación del derecho internacional humanitario, pero
seguirían sin tener nada que ver con la negación de las autoridades
israelíes del uso de fósforo blanco, que impidió que los médicos
prestaran el tratamiento necesario a las víctimas de ataques con
esta sustancia.
Amnistía
Internacional ha pedido y continúa pidiendo una investigación
internacional independiente e imparcial sobre todas las denuncias
de violaciones del derecho internacional humanitario y de los
derechos humanos perpetradas por todas las partes, tanto israelíes
y como palestinos, y considera fundamental que el Comité sea
escrupuloso en sus conclusiones para no perjudicar cualquier
investigación que se lleve a cabo.
Información complementaria
El Comité contra
la Tortura de la ONU es el órgano de expertos creado por la
Convención contra la Tortura de la ONU para examinar el
cumplimiento del tratado por parte de los Estados. Lo integran 10
expertos independientes e imparciales elegidos por los Estados
Partes en el tratado. Los gobiernos deben remitirle informes
periódicos y el Comité a su vez formula recomendaciones para
favorecer la aplicación del tratado por el Estado
Parte.
Amnistía
Internacional informó al Comité contra la Tortura de que Israel no
aplicaba la Convención en los Territorios Palestinos Ocupados y que
se estaban intensificando las medidas que equivalían a tratos o
penas crueles, inhumanos o degradantes contra palestinos con
prácticas como la detención administrativa indefinida sin juicio,
la detención prolongada en régimen de incomunicación, la demolición
de viviendas, las graves restricciones de la libertad de
circulación y la negación del tratamiento médico necesario. El
informe también se ocupaba de la devolución de solicitantes de
asilo y otros migrantes a países donde podían verse expuestos a
tortura. Además, se preparó una actualización que se ocupaba de las
violaciones perpetradas en Gaza durante los 22 días de la operación
militar “Plomo Fundido”. A las sesiones celebradas en Ginebra los
días 5 y 6 de junio asistieron delegados de Amnistía Internacional.
La organización también facilitó información al Comité contra la
Tortura en su periodo de sesiones sobre la aplicación de la
Convención contra la Tortura por parte de Nicaragua.