Document - Royaume-Uni. La Cour d'appel met fin à la persécution de M.
AMNISTÍA INTERNACIONAL
COMUNICADO DE PRENSA
Índice AI: EUR 45/013/2004 (Público)
Servicio de Noticias: 064/04
18 de marzo de 2004
http://web.amnesty.org/library/Index/ESLEUR450132004
Reino Unido: Tribunal de Apelación pone fin
a la persecución de “M”
En el día de hoy, el Tribunal de Apelación de Inglaterra y Gales denegó a las autoridades británicas la autorización para apelar contra la decisión adoptada la semana pasada por la Comisión Especial de Apelaciones sobre Inmigración, que había resuelto que «no se habían establecido» suficientes motivos para detener a un ciudadano libio (conocido como “M”) en calidad de «presunto terrorista internacional».
No obstante, en un pasaje desconcertante del fallo, el Tribunal mantiene que, aunque los procedimientos de la Comisión Especial de Apelaciones sobre Inmigración no son ideales, «es posible […] garantizar que los detenidos obtengan justicia».
Amnistía Internacional refuta categóricamente esta conclusión. Los procedimientos en materia de internamiento establecidos en aplicación de las disposiciones de la Ley sobre Antiterrorismo, Delincuencia y Seguridad de 2001 suponen una desviación fundamental de los principios del Estado de derecho.
En aplicación de la Ley sobre Antiterrorismo, Delincuencia y Seguridad, el Reino Unido ha creado de hecho para los ciudadanos extranjeros un sistema de justicia penal en la sombra que no cumple con las normas internacionales de justicia procesal. El sistema hace posible la detención por tiempo indefinido de un individuo fundada en «pruebas» secretas y permite el uso de «pruebas» obtenidas mediante tortura.
«Permite, en la práctica, que se trate a los ciudadanos extranjeros como si hubieran sido “acusados formalmente” de un delito común, “declarados culpables” sin haber sido sometidos a juicio y “condenados” a una pena de prisión de duración indefinida. Esta situación no puede considerarse justa desde ningún punto de vista.»
«Hoy, el Tribunal de Apelación ha puesto fin a la persecución de “M”. No obstante, el Tribunal ha hecho observaciones que de hecho refrendan y legitiman el internamiento y los procedimientos de la Comisión Especial de Apelaciones sobre Inmigración establecidos en aplicación de la Ley sobre Antiterrorismo, Delincuencia y Seguridad.»
«No debemos olvidar que, en aplicación de esta normativa, 13 personas siguen internadas sin cargos ni juicio sobre la base principal de pruebas secretas», dice Amnistía Internacional.
Información general
Tras el fallo emitido la semana pasada por la Comisión Especial de Apelaciones sobre Inmigración, Amnistía Internacional vio con preocupación que la decisión de las autoridades británicas de impugnar tal fallo constituía un acto de persecución. La organización de derechos humanos ha instado al gobierno y al poder judicial a que permitan que la decisión siga en pie. La organización considera que, al solicitar autorización al Tribunal de Apelación para interponer un recurso contra el fallo de la Comisión Especial de Apelaciones sobre Inmigración, el gobierno británico ha cambiado las reglas del juego. «La apelación contra la decisión de la Comisión equivale a apelar contra una absolución.»
En diciembre de 2003, el Comité de Consejeros Privados, al que se había encargado revisar la Ley sobre Antiterrorismo, Delincuencia y Seguridad, recomendó la revocación urgente del poder que confiere esta ley para detener a ciudadanos extranjeros durante periodos potencialmente indefinidos.
Amnistía Internacional se opone a las disposiciones sobre la detención establecidas en la Sección 4 de la Ley sobre Antiterrorismo, Delincuencia y Seguridad, en la que se autoriza al poder ejecutivo a ordenar la detención sin cargos ni juicio de una persona durante un periodo no especificado y potencialmente indefinido, principalmente sobre la base de información secreta que la persona afectada nunca ha visto u oído y, en consecuencia, no puede impugnar.
La organización exhorta al gobierno del Reino Unido a devolver la libertad a todas las personas detenidas en aplicación de la Ley sobre Antiterrorismo, Delincuencia y Seguridad a menos que se las vaya a acusar formalmente de un delito común reconocible y someter a juicio ante un tribunal independiente e imparcial cuyos procedimientos ofrezcan las debidas garantías de justicia procesal.
Documento público
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