Document - Francia: Preocupación de Amnistía Internacional por la ley de “retención de seguridad”

Francia: Preocupación de Amnistía Internacional por la ley de “retención de seguridad”

AMNISTÍA INTERNACIONAL

Declaración pública
Índice AI: EUR 21/002/2008

8 de febrero de 2008



Francia: Preocupación de Amnistía Internacional por la ley de “retención de seguridad”



A Amnistía Internacional le preocupan mucho algunas disposiciones de la ley sobre “retención de seguridad”aprobada por el Parlamento el 7 de febrero, que permite que personas que han cumplido su condena por ciertos delitos sean recluidas en “retención de seguridad” por periodos de un año renovables indefinidamente, si se consideran peligrosas y presentan un elevado índice de reincidencia.

En la práctica, esta ley permite que la condena de privación de libertad impuesta por un juez se prorrogue indefinidamente basándose en la futura peligrosidad del delincuente o en su índice de reincidencia. Amnistía Internacional considera que tal disposición incumple las obligaciones de Francia, en virtud de las normas internacionales de derechos humanos, de respetar el derecho a la libertad, la prohibición de la detención arbitraria y la presunción de inocencia. La ley, que de hecho prorroga la condena con carácter retroactivo e indefinido, es fuente de incertidumbre legal y sustituye la presunción de inocencia por presunción de culpabilidad. Al hacerlo, también vulnera el artículo 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que afirman que nadie debe ser condenado a una pena mayor que la aplicable en el momento de la comisión del delito (principio de no retroactividad de la sanción penal).

El argumento del gobierno de que la ley no impone un nuevo castigo, sino que guarda relación con la imposición de la detención preventiva, no es convincente, ya que el efecto de su aplicación será privar de libertad prolongada e indefinidamente, en una forma de confinamiento similar al de un preso, a una persona que ya ha sido condenada y ha cumplido su pena. La Comisión Nacional Consultiva de los Derechos Humanos, en nota del 17 de enero de 2008, señaló: “Una medida que restringe la libertad como la retención de seguridad propuesta, que prevé el confinamiento en un régimen similar al de un preso, debe considerarse una sanción”.

Además, la ley permite que la imposición de la “retención de seguridad” se base en vagos criterios de “peligrosidad” y “elevado riesgo de reincidencia”, ninguno de los cuales se define adecuadamente en el texto.

Amnistía Internacional considera que los elementos de esta ley no se ajusta a las obligaciones de Francia, en virtud del derecho internacional de los derechos humanos, de respetar los derechos de toda persona a no ser detenida arbitrariamente y a la presunción de inocencia, ni con la exigencia de no retroactividad de las sanciones penales. La organización pide que los artículos que vulneran estos principios sean revocados.

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