Document - BIÉLORUSSIE / OUZBÉKISTAN. Les derniers pays qui procèdent à des exécutions
AMNISTÍA INTERNACIONAL
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Índice AI: EUR 04/007/2004 (Público)
Servicio de Noticias: 225/04
http://web.amnesty.org/library/Index/ESLEUR040072004
Fecha de embargo: 00:01horas GMT del 4 de octubre de 2004
“Bielorrusia y Uzbekistán: Los últimos verdugos”
Resumen
Bielorrusia y Uzbekistán son los últimos países de la ex Unión Soviética que siguen aplicando y ejecutando la pena de muerte. El sistema de justicia penal de ambos países tiene carencias y fallos lo que favorece la comisión de errores judiciales. Amnistía Internacional recibe habitualmente denuncias fidedignas de ambos países sobre juicios injustos y sobre tortura y malos tratos infligidos con frecuencia para obtener “confesiones”. A los presos condenados a muerte y a sus familiares no se les informa con antelación de la fecha prevista para la ejecución, privándoles de la última oportunidad de despedirse, y además, a los familiares no se les hace entrega del cadáver del preso ejecutado para que se encarguen de su entierro ni se les comunica el lugar donde ha sido inhumado.
Aunque en un primer momento todos los nuevos Estados independientes que surgieron tras el desmoronamiento de la Unión Soviética en 1991 mantuvieron la pena de muerte en sus ordenamientos jurídicos, nueve ya la han abolido. Con la suspensión de las ejecuciones decretada por Kazajistán en diciembre de 2003 y la suspensión tanto de las ejecuciones como de la aplicación de la pena de muerte en Tayikistán desde abril de 2004, actualmente son cuatro los países que han ordenado la suspensión de esta pena en su territorio. La Federación Rusa es el único Estado de los 45 que integran el Consejo de Europa que no ha cumplido aún su promesa de abolir la pena de muerte, promesa que realizó en el momento de su adhesión a la organización en 1996.
Muchos países de la región han expulsado a personas a países donde luego fueron condenadas a muerte, a menudo en juicios sin las debidas garantías en los que se presentaron denuncias de tortura. Las expulsiones documentadas por Amnistía Internacional se llevaron a cabo en incumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud de tratados internacionales por los Estados que facilitaron esas expulsiones.
SITUACIÓN ACTUAL DE LAS REPÚBLICAS DE LA EX UNIÓN SOVIÉTICA EN MATERIA DE PENA DE MUERTE
Países que mantienen la pena de muerte en sus ordenamientos jurídicos y la aplican
Bielorrusia mantiene la pena capital para 12 delitos cometidos en tiempo de paz y para 2 en tiempo de guerra. Las autoridades no han hecho públicas estadísticas completas relativas a las condenas de muerte impuestas y ejecuciones practicadas en el país. Según información de dominio público, el número de condenas de muerte está decreciendo desde 1999. Mientras que en el periodo comprendido entre 1991 y 1999 el número de personas condenadas a muerte al año oscilaba entre 20 y 47, en 1999 esta cifra descendió a 13, y en los años siguientes, hasta 2003, osciló entre 4 y 7. El 11 de marzo de 2004, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales varios artículos del Código Penal vigente y resolvió que las circunstancias del momento permitían que el jefe de Estado y el Parlamento decretasen la abolición de la pena capital, o como primer paso, su suspensión.
Amnistía Internacional pide a las autoridades de Bielorrusia que se apoyen en esta resolución del Tribunal Constitucional, que ha marcado un hito en la historia judicial, para avanzar con prontitud en el camino de la abolición, y decreten como mínimo una suspensión de las condenas de muerte y de las ejecuciones en espera de que se lleve a cabo una revisión integral de la política seguida por el país en esta materia.
Uzbekistán mantiene la pena capital para los delitos de "homicidio premeditado con agravantes" y de "terrorismo". Las autoridades persisten en su renuencia a hacer públicas estadísticas completas que incluyan datos relativos al número de condenas de muerte impuestas y de ejecuciones consumadas. En 2001, el presidente Karimov declaró públicamente que en Uzbekistán se venía ejecutando a unas 100 personas todos los años. Según grupos locales dedicados a la defensa de los derechos humanos, el número de ejecutados anualmente ronda los 200.
En muchos casos, Uzbekistán incumplió las obligaciones que había contraído como Estado Parte en el Primer Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Así, ejecutó al menos a 14 condenados a muerte, pese a las peticiones efectuadas por el Comité de Derechos Humanos de la ONU para que se suspendiesen las ejecuciones. En todos estos casos se habían presentado al Comité denuncias de violaciones graves de derechos humanos, entre otras, de torturas para obtener “confesiones”.
Suspensión de las ejecuciones únicamente
En Abjasia, la República Moldava del Dniester (RMD) y Nagorno Karabaj, regiones que forman parte de Georgia, Moldavia y Azerbaiyán respectivamente cuya independencia no ha sido reconocida por la comunidad internacional, se cree que en la práctica existe una suspensión de hecho de las ejecuciones. Kazajistán ordenó la suspensión de las ejecuciones en 2003 y Kirguistán lo hizo en 1998.
Suspensión de la pena capital y las ejecuciones
Al adquirir la condición de miembro del Consejo de Europa en 1996, la Federación Rusa se comprometió a abolir la pena de muerte en el plazo de tres años a partir de su adhesión a la organización. Sin embargo, sigue siendo el único Estado miembro del Consejo de Europa que aún no la ha abolido.
Se cree que en Osetia del Sur, región que forma parte de Georgia y cuya independencia no ha sido reconocida por la comunidad internacional, rige una suspensión de hecho de la aplicación de la pena capital y de las ejecuciones. Tayikistán ordenó una suspensión de esta índole en 2004.
Países abolicionistas en tiempo de paz
En 1999, Letonia votó a favor de la ratificación del Protocolo núm. 6 al Convenio Europeo Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales y de esta forma la pena capital quedó abolida en su legislación para todos los delitos cometidos en tiempo de paz.
Países abolicionistas en tiempo de paz y en tiempo de guerra
Armenia, Azerbaiyán, Estonia, Georgia, Lituania, Moldavia, Turkmenistán y Ucrania.
SISTEMAS QUE PROPICIAN LOS ERRORES JUDICIALES
Los sistemas de justicia penal de los dos últimos Estados verdugos de la región, Bielorrusia y Uzbekistán, han sido criticados reiteradamente por organizaciones de ámbito local e internacional. Amnistía Internacional ha documentado decenas de casos en los que se han violado normas internacionales en juicios por delitos punibles con la muerte. Entre otras violaciones, se pueden citar juicios celebrados sin las debidas garantías, el empleo de tortura y malos tratos para obtener "confesiones" y una corrupción generalizada que socava la independencia del poder judicial.
A Amnistía Internacional le preocupa el hecho de que en numerosas ocasiones los gobiernos hayan hecho caso omiso de intervenciones y pronunciamientos del Comité de Derechos Humanos de la ONU sobre casos particulares. Al menos siete presos condenados a muerte han sido ejecutados en Tayikistán y otros 14 en Uzbekistán pese a las intervenciones del Comité de Derechos Humanos de la ONU en su favor.
Kazajistán es el único país de la ex Unión Soviética que no ha ratificado el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP). Los Estados Partes en el PIDCP se han comprometido a garantizar que la imposición de la pena de muerte no contraviene “las disposiciones del presente Pacto”, disposiciones que, entre otros, prohíben la tortura y las penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
SECRETISMO
En Bielorrusia y Uzbekistán las autoridades se niegan a comunicar a las familias de los condenados a muerte la fecha fijada para su ejecución con lo que se les priva de la posibilidad de dar el último adiós a sus seres queridos. Tras la ejecución tampoco les comunican el lugar de sepultura.
En el informe presentado por Theo van Boven, relator especial de las Naciones Unidas sobre la cuestión de la tortura, en febrero de 2003 tras visitar Uzbekistán, éste declaró que el absoluto secreto mantenido en torno a la fecha de la ejecución, la ausencia de notificación oficial antes y después de la ejecución y la negativa a entregar el cadáver son considerados actos intencionados, realizados con plena conciencia del desconcierto, temor y angustia que provoca a los familiares el desconocer la suerte de sus seres queridos. Además, calificó el trato dispensado a los familiares de malintencionado y constitutivo de trato cruel e inhumano.
Los presos condenados a muerte en estos dos países viven con el temor constante de poder ser ejecutados en cualquier momento. Conforme al derecho de ambos Estados, la ejecución puede consumarse desde el momento en que el presidente deniega la concesión del indulto al preso. Ahora bien, ni los abogados del preso, ni los familiares ni tan siquiera los propios presos son informados de la fecha prevista para el examen de la petición de indulto o de su resultado.
CONDICIONES DE RECLUSIÓN DE LOS PRESOS CONDENADOS A MUERTE
Conforme a la información disponible, los presos condenados a muerte en Bielorrusia y Uzbekistán se encuentran recluidos en condiciones que incumplen normas internacionales de derechos humanos, como las Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos y los Principios básicos para el tratamiento de los reclusos, ambos de la ONU. Se cree que las condiciones en que se hallan recluidos estos presos en los países de la región que han suspendido las ejecuciones también distan mucho de cumplir lo dispuesto por el derecho internacional.
Dmitry Kharkhal permaneció recluido durante más de un año en Bielorrusia como condenado a muerte antes de que se le conmutara la pena por otra de 15 años de prisión. Ha denunciado que los guardias de la prisión solían golpearle en la cabeza, la espalda, el estómago y los genitales, y según informes, los guardias lo obligaban a decir "muchas gracias" después de cada paliza. Su abogado ha denunciado el hecho de que los guardias sacaran en ocasiones al preso de la celda, lo obligaran a caminar en cuclillas hasta el baño y una vez allí no le permitieran bañarse. Dmitry Kharkhal ha denunciado además que se le prohibió leer libros y que la dirección de la prisión no hacía llegar a su destino todas las cartas que escribía, incluidas las cartas a su madre y quejas dirigidas a las autoridades gubernamentales. Según informes, las autoridades no investigaron sus denuncias de malos tratos y reclusión en condiciones infrahumanas.
Amnistía Internacional ha recibido información de distintas fuentes según la cual en Uzbekistán los funcionarios de prisiones suelen golpear a los presos condenados a muerte, que permanecen recluidos en celdas de reducidas dimensiones. Estas celdas habitualmente las ocupan dos presos, que duermen en literas de madera. Según los informes, en cada celda hay un cazo o un agujero debajo de una de las literas que hace las veces de retrete, y una tubería de agua potable. La luz natural es escasa o inexistente. Un abogado ha denunciado que las celdas están alumbradas con luz artificial tenue durante las 24 horas del día. Al parecer, no corre el aire y no funciona ningún sistema de ventilación. Las familias de los presos han rebatido la afirmación de las autoridades de que los presos disponen diariamente de 30 minutos para hacer ejercicio físico en el exterior, y aseguran que en ningún momento se les permite salir. Según declaró Zhasur Madrakhimov, preso condenado a muerte y ejecutado en marzo de 2004, a los condenados a muerte se les permite darse una ducha de tres a cuatro minutos cada 15 días. La alimentación que reciben estos presos es insuficiente y poco nutritiva, y a las familias no se les permite llevarles comida.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y OPINIÓN PÚBLICA
Las autoridades de Bielorrusia y Uzbekistán aluden con frecuencia a la opinión pública como argumento fundamental para justificar su renuencia a decretar la suspensión o la abolición de la pena capital.
Al mismo tiempo, ambos gobiernos siguen sin hacer pública información vital sobre la aplicación de la pena de muerte en su territorio, impidiendo así que exista un debate público informado al respecto.
En diciembre de 2003, las autoridades de Uzbekistán impidieron que se celebrase la conferencia "Pena de muerte: análisis, tendencias y realidad" preparada por la organización no gubernamental con sede en el país Madres contra la Pena de Muerte y la Tortura en Uzbekistán. La conferencia tenía como finalidad abrir un debate público sobre la pena de muerte y crear una plataforma para el diálogo con las autoridades. Los activistas detractores de la pena capital y los familiares de presos condenados a muerte que luchan por salvar la vida de sus seres queridos han sufrido acoso e intimidación en Uzbekistán.
Amnistía Internacional considera que los gobiernos deben guiar a la opinión pública en cuestiones que conciernen a los derechos humanos y la política penal. Históricamente los Estados han acabado aboliendo la pena capital, pese a que la mayor parte de la opinión pública estuviese a favor de mantenerla en el ordenamiento jurídico nacional. Ahora bien, una vez abolida esta pena, no suele haber protestas públicas y casi nunca vuelve a instaurarse.
PERSONAS EXPULSADAS A PAÍSES DONDE SON EJECUTADAS
Muchos gobiernos de la región han facilitado expulsiones de presuntos delincuentes a países donde posteriormente fueron condenados a muerte, a menudo tras juicios injustos en los que se presentaron denuncias de torturas.
Kirguistán ha expulsado a personas a China y Uzbekistán, donde están expuestas a ser ejecutadas, pese a que había suspendido las ejecuciones en honor a su promesa de proteger los derechos humanos. Pese a sus obligaciones como Estado miembro del Consejo de Europa y las dimanantes de otros tratados, la Federación Rusa expulsó a personas a países donde fueron posteriormente condenadas a muerte. Kazajistán, Tayikistán, Turkmenistán, Ucrania y posiblemente más países de la región también han facilitado la expulsión de personas que fueron condenadas a muerte a su llegada al país de retorno, a menudo en juicios plagados de infracciones graves de las normas de justicia procesal, como el hecho de torturarlos para obligarlos a "confesar".
El principio jurídico internacional de no devolución prohíbe a todos los Estados devolver a personas a un país donde su vida corre peligro o donde puedan sufrir tortura.
RECOMENDACIONES
A las autoridades de Bielorrusia y Uzbekistán
La adopción de inmediato de medidas destinadas a abolir la pena de muerte, empezando por suspender sin demora todas las condenas de muerte y ejecuciones.
La conmutación de todas las condenas de muerte pendientes de ejecutarse por condenas de prisión.
La asunción de liderazgo a la hora de preparar a la opinión pública para la abolición de la pena capital y la publicación de estadísticas y de todos los procedimientos relacionados con la pena de muerte que puedan contribuir a conformar un debate público serio.
La adecuación de las condiciones de reclusión de los presos condenados a muerte a las normas internacionales.
La adecuación del ordenamiento jurídico nacional a las obligaciones contraídas por el país como Estado Parte en tratados internacionales de derechos humanos, en concreto, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en la Convención de la ONU contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, y la puesta en práctica de las recomendaciones formuladas por el Comité de Derechos Humanos y el Comité contra la Tortura, ambos de la ONU.
A las autoridades de Kazajistán, Kirguistán y las autoridades de facto de Abjasia, la República Moldava del Dniester (RMD) y Nagorno Karabaj
El avance desde la actual suspensión de las ejecuciones hacia la abolición total de la pena capital.
La conmutación de todas las condenas de muerte pendientes de ejecutarse por condenas de prisión.
La publicación de estadísticas anuales completas sobre la aplicación de la pena de muerte y las conmutaciones de condenas de muerte.
A las autoridades de la Federación Rusa
La ratificación del Protocolo núm. 6 al Convenio Europeo de Derechos Humanos.
A las autoridades de Letonia
La abolición total de la pena de muerte, haciéndola desaparecer del ordenamiento jurídico nacional.
La ratificación del Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte y del Protocolo núm. 13 al Convenio Europeo de Derechos Humanos.
A todos los países de la región
Garantías de que no se expulsa o devuelve a ninguna persona a un país donde corra peligro de sufrir violaciones graves de los derechos humanos, incluidas torturas y la aplicación de la pena de muerte.
A la comunidad internacional
Presión sobre los gobiernos de la región examinados en el informe de AI Bielorrusia y Uzbekistán: Los últimos verdugos para que pongan en marcha las recomendaciones expuestas supra.
Garantías de que estos motivos de preocupación se abordan en todos los debates destinados a evaluar el compromiso con los derechos humanos.
Encontrarán más información sobre este tema en el informe de Amnistía Internacional Belarus and Uzbekistan: the last executioners. The trend towards abolition in the former Soviet space, disponible en inglés en: <http://web.amnesty.org/library/index/engeur040022004>.
Documento público
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Si desean más información, pónganse en contacto con la oficina de prensa de Amnistía Internacional en Londres, Reino Unido, en el número + 44 20 7413 5566 o visiten <http://news.amnesty.org>. Para los documentos y comunicados de prensa traducidos al español consulten <http://web.amnesty.org/library/eslindex>.********