Document - ÉTATS-UNIS (MISSOURI). PEINE DE MORT.











PÚBLICO Índice AI: AMR 51/125/2003/s

22 de septiembre de 2003


Más información (actualización núm. 2) sobre EXTRA 23/03 (AMR 51/063/2003/s, del 1 de mayo de 2003) y su actualización (AMR 51/067/2003/s, del 2 de mayo de 2003) – Pena de muerte


EE. UU. (Misuri) John Clayton Smith, de 41 años de edad, blanco



Está previsto que John Clayton Smith sea ejecutado en Misuri el 29 de octubre del 2003. Fue condenado a muerte en 1999 por el asesinato de su ex novia Brandie Kearnes y del padrastro de ésta, Wayne Hoewing, cometido en 1997.


En diciembre del 2000, la Corte Suprema de Misuri confirmó la condena de muerte de John Smith por cinco votos contra dos. Los dos jueces discrepantes sostenían que debía ser juzgado de nuevo porque el fiscal encargado de su acusación había representado anteriormente a Smith, y por lo tanto debería haberse retirado de este caso. En su alegato discrepante dijeron: «La opinión [mayoritaria] daña de manera fundamental la integridad de la profesión legal. No hay dudas de que el fiscal de este caso había representado a Smith en dos causas penales anteriores como abogado defensor. Es más, el fiscal (el otrora defensor de Smith) utilizó una de las dos causas anteriores para convencer al jurado de que dictara la pena de muerte contra su ex cliente. El hecho es que tuvo con Smith una relación confidencial en la que Smith se sintió alentado a contarle, como abogado, los secretos más oscuros de su vida. Este hecho, junto con el hecho de que se pedía la pena de muerte, hace inaceptable ese tipo de representación dual. Tal como reconoce la opinión principal, la conducta delictiva y antisocial previa del acusado, así como sus antecedentes generales, influyen en la decisión de la fiscalía de pedir la pena de muerte. El hecho de que el fiscal no se recusara a sí mismo como representante del Estado contra su ex cliente plantea, en un caso de pena de muerte, una seria duda sobre la integridad del sistema bajo el que fue juzgado Smith».


John Smith podría plantear éstos y otros argumentos legales ante los tribunales estatales y federales, pero ha decidido no presentar ninguna apelación contra su declaración de culpabilidad y su condena de muerte.


A John Smith se le ha diagnosticado una enfermedad mental, concretamente trastorno bipolar con rasgos psicóticos, y recibe medicación en prisión. Según sus abogados, durante su estancia en el «corredor de la muerte» ha intentado suicidarse. En agosto de 1999 fue tratado en el pabellón de condenados a muerte por un aparente intento de suicidio y fue puesto bajo vigilancia para impedir que volviera a intentar quitarse la vida. Ese mismo mes, un psiquiatra de la prisión concluyó que sufría alucinaciones y delirios. Smith afirmaba ver imágenes proyectadas en la pared y creía estar recibiendo mensajes a través de la televisión. En octubre de 1999, un médico de la prisión manifestó que John Smith daba muestras de “un pensamiento y una conducta raros y confusos, actitudes extrañas y creencias falsas”.


Cuando John Smith desistió de sus apelaciones, un tribunal estatal resolvió que estaba capacitado para hacerlo, pero sin ordenar una nueva evaluación mental para determinar si realmente tenía esa capacidad. En marzo de 2003, la Corte Suprema de Misuri confirmó esta decisión. La cuestión está actualmente pendiente ante la Corte Suprema de Estados Unidos. En repetidas resoluciones emitidas desde 1997, la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha pedido a todos los países retencionistas que no impongan ni ejecuten la pena de muerte contra cualquier persona que sufra alguna forma de trastorno mental.


INFORMACIÓN GENERAL


Unos 100 hombres y mujeres han sido ejecutados en Estados Unidos desde 1977 tras desistir de sus apelaciones en alguna fase del proceso (encontrarán una lista de unos 90 de estos individuos en Estados Unidos: La ilusión de control. «Ejecuciones consensuales», la inminente ejecución de Timothy McVeigh y la embrutecedora futilidad de la pena capital, AMR 51/053/2001/s, de abril de 2001). Aunque en ocasiones las ejecuciones de este tipo de presos se han calificado de «forma de suicidio con la ayuda del Estado», un término más exacto podría ser «homicidio con la ayuda del propio preso», ya que, si un condenado a muerte intenta realmente suicidarse, como lo han hecho con éxito más de 50 presos desde 1977, el Estado hace todos los esfuerzos posibles para impedirlo.


Estos casos demuestran que puede haber una serie de factores que contribuyen a la decisión de un preso de no seguir adelante con las apelaciones contra su condena de muerte, y entre los que se encuentran los trastornos mentales, las enfermedades físicas, los remordimientos, las bravatas, las creencias religiosas, las penosas condiciones de reclusión (que incluyen el aislamiento prolongado y la falta de contacto físico con las visitas), la sombría alternativa de una cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional, el pesimismo sobre las perspectivas de la apelación, la búsqueda de notoriedad, o sencillamente el intento del preso de conseguir una apariencia de control sobre una situación en la que, por lo demás, está indefenso.


Amnistía Internacional considera que una decisión tomada por una persona que está bajo amenaza de morir a manos de otros no puede ser consensual. Es más, este tipo de ejecución no consigue ocultar el hecho de que el Estado está llevando a cabo un homicidio premeditado, una violación de derechos humanos que es un síntoma de la cultura de la violencia, no una solución a ella. Independientemente de que el preso que «pide» ser ejecutado esté engañándose sobre el nivel de control que con ello adquiere sobre su destino (después de todo, se está limitando a ayudar a su gobierno a llevar a cabo lo que en cualquier caso éste está dispuesto a hacer), el Estado es culpable de un engaño mucho mayor. El Estado está vendiendo su propia ilusión de control, la ilusión de que, mediante el homicidio de determinadas personas a las que ha declarado culpables de asesinato, puede ofrecer una contribución constructiva a los esfuerzos por vencer a la delincuencia violenta. En realidad, lo que el Estado está haciendo es llevar a nuevas cotas, previamente calculadas, el mismo que acto que pretende condenar: el arrebatar deliberadamente una vida humana.


El fenómeno de los presos que se presentan «voluntarios» a la ejecución es uno más de los factores que contribuyen a la arbitrariedad en la aplicación de la pena de muerte. Por decirlo de otra manera: dado el índice de error reversible descubierto en los casos de pena capital, si el 100 por ciento de los individuos que han sido ejecutados tras renunciar a sus apelaciones hubieran continuado hasta agotar la vía legal, hay una probabilidad significativa de que los tribunales de apelación hubieran conmutado las condenas de muerte de algunos de ellos por penas de prisión.


Amnistía Internacional se opone a la pena de muerte en todos los casos, incondicionalmente. Hoy día, 112 países han abolido la pena de muerte en la ley o en la práctica. En contraste con esta tendencia, Estados Unidos ha dado muerte a más de 870 hombres y mujeres desde que reanudó las ejecuciones en enero de 1977.


ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen llamamientos para que lleguen lo más rápidamente posible, en inglés o en su propio idioma, con sus propias palabras y utilizando la información aquí proporcionada según estimen conveniente:


- manifestando su apoyo a los familiares y amigos de Brandie Kearnes y Wayne Hoewing, y explicando que no pretenden disculpar la manera en que murieron ni menospreciar el sufrimiento que su muerte habrá causado;

- manifestando su oposición a la ejecución de John Clayton Smith, y pidiendo al gobernador que intervenga para impedirla;

- subrayando que a John Clayton Smith se le ha diagnosticado un trastorno bipolar, y haciendo referencia a las resoluciones aprobadas por la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en las que insta a que no se utilice la pena de muerte contra personas que sufran enfermedad mental.


LLAMAMIENTOS A:


Gobernador de Misuri

Governor Bob Holden
Missouri Capitol Building, Room 216
PO Box 720, Jefferson City, MO 65102-0720, EE. UU.

Telegramas: Governor Bob Holden, Jefferson City, Missouri, EE. UU.

Fax: +1 573 751-1495

Correo-E.: mogov@mail.state.mo.us

Tratamiento: Dear Governor/Sr. Gobernador

COPIA A: los representantes diplomáticos de Estados Unidos acreditados en su país.


También pueden enviar cartas breves (de no más de 250 palabras) manifestando su preocupación a:


The News Tribune, Letters to the Editor, 210 Monroe St., Jefferson City, MO 65101, EE. UU.

Fax: +1 573 761 0235.

Correo-E.: editor@newstribune.com


ENVÍEN SUS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE.