Document - Belize: Fear of Flogging: Estevan Sho
PÚBLICOÍndice AI: AMR 16/05/00/s
AU 298/0026 de septiembre del 2000
Temor de flagelación
BELICEEstevan Sho (de 23 años de edad)
Según los informes, un recluso de la prisión de Hattieville va a recibir diez latigazos. Ese tipo de castigo corporal contraviene la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, de la que Belice es Estado parte.
Los informes indican que Estevan Sho ha sido condenado a recibir diez latigazos con un látigo de tamarindo como castigo por escaparse recientemente de la prisión. Este preso se fugó el 7 de septiembre, y fue capturado el 15 del mismo mes. El 18 de septiembre, una junta de jueces de inspección dictaminó que debía ser flagelado como castigo por su fuga. Según los informes, la condena aún no ha sido ejecutada, y se ejecutará cuando lo decidan las autoridades de la prisión tras consultar con el ministro de Asuntos Penitenciarios, el honorable Dickie Bradley.
INFORMACIÓN GENERAL
El artículo 52 del reglamento penitenciario de Belice, elaborado en 1957, permite a los jueces recomendar un castigo corporal contra los presos como sanción para varios delitos específicos. Desde 1975 hasta este año no se había vuelto a utilizar esa práctica. Sin embargo, desde principios del 2000 al menos tres reclusos han sido flagelados; el último hasta la fecha ha sido Herman Lanza, flagelado el 24 de agosto por un presunto ataque a otro preso. En julio de este año, las autoridades de Belice ampliaron el número de delitos que se pueden sancionar con castigos corporales e incluyeron la posesión de armas o el intento de fuga por parte de los reclusos.
Amnistía Internacional considera que el castigo corporal no sirve a ningún propósito penal justificable y embrutece a cuantos participan en su proceso. El castigo corporal contraviene directamente el artículo 5 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que dice: «Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes». También contraviene el artículo 7 de la constitución de Belice y las normas internacionales de derechos humanos.
ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen telegramas, télex, fax, cartas urgentes o cartas por vía aérea en inglés o en su propio idioma:
-expresando preocupación por los informes que indican que Estevan Sho va a ser flagelado y por el resurgir de la utilización de los castigos corporales;
-declarando que consideran que la flagelación es una pena cruel, inhumana y degradante, contraria al artículo 5 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y a la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes;
-expresando preocupación porque, al permitir que en las prisiones se impongan e inflijan castigos corporales, Belice está violando los derechos reconocidos por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
LLAMAMIENTOS A:
Ministro de Urbanismo, Renovación Urbana e Interior
Honorable Dickie BRADLEY
East Block
Belmopan, BELICE
Fax: + 501 8 23 390
Primer Ministro
Prime Minister Said MUSA
Office of the Prime Minister
New Administrative Building
Belmopan, BELICE
Fax: + 501 8 20071 (haciendo constar: «for the attention of the Prime Minister»)
Fiscal General
Mr. Godfrey Smith
Attorney General's Chambers
c/o Prime Minister's Office
New Administration Building
Belmopan, BELICE
Fax: + 501 8 20071
COPIAS DE SUS LLAMAMIENTOS A:
Defensor del Pueblo
Paul Rodriguez
56 Regent Street
Belize City, BELICE
Periódicos
Amandala
Amandala Press
3304 Partridge St.
PO Box 15
Belize City, BELICE
Fax: + 501 2 75 934 (atención: el equipo de Acciones Urgentes nos ha comunicado que este número parece no estar funcionando actualmente)
The Belize Times
PO Box 506
3, Queen St.
Belize City, BELICE
Fax: + 501 2 31 940
y a los representantes diplomáticos de Belice acreditados en su país.
ENVÍEN SUS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de su Sección si van a enviarlos después del 7 de noviembre del 2000.