Document - Action on HIV/AIDS and Human Rights


11 de mayo de 2006Público


Amnistía Internacional


Acción sobre el VIH/sida y los derechos humanos



Las violaciones de derechos humanos alimentan la pandemia del VIH/sida. Esta relación se reconoció de forma explícita en la Declaración de Compromiso en la Lucha contra el VIH/sidaque en el año 2001 hizo pública la Asamblea General de Naciones Unidas al término de su vigésimo sexto período extraordinario de sesiones:


[Reconociendo que] la plena realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales para todos es un elemento esencial de la respuesta mundial a la pandemia del VIH/sida, incluso en las esferas de la prevención, la atención, el apoyo y el tratamiento, y que reduce la vulnerabilidad al VIH/sida y evita el estigma y la discriminación conexa de las personas que viven con el VIH/sida o con riesgo de contraerlo; [...]


Tras 25 años de epidemia, cada día se producen 14.000 nuevas infecciones y 8.000 muertes. Los Estados no están cumpliendo los objetivos que se fijaron de prevención, atención y tratamiento. En la reunión de la Asamblea General de la ONU en junio de 2006, Amnistía Internacional (AI) pedirá a los Estados que renueven su compromiso de atajar el VIH/sida utilizando un marco de actuación basado en los derechos. La organización pedirá a los gobiernos que elaboren y apliquen respuestas al VIH/sida de acuerdo con la orientación resumida en las Directrices Internacionales de la ONU sobre el VIH/sida y los Derechos Humanos, aprobadas por la segunda consulta internacional sobre el VIH/sida y los derechos humanos.


Los gobiernos deben:


1. Cumplir el compromiso internacional sobre el derecho a la salud

Todas las personas tienen el derecho al más alto nivel posible de salud física y mental. Este derecho incluye el acceso oportuno y adecuado a servicios de atención a la salud. Incluye también el acceso a los factores subyacentes que determinan la salud, como el acceso a agua segura, alimentos, nutrición, vivienda y educación e información relacionadas con la salud, incluida la salud sexual y reproductiva.


Según el derecho internacional, todos los Estados miembros de la ONU, particularmente los que cuentan con recursos para prestar ayuda a otros, están obligados a actuar de forma conjunta y por separado para conseguir de forma progresiva la plena realización del derecho a la salud.


Para cumplir estas responsabilidades, los Estados miembros deben:

· Contribuir suficientemente a fondos internacionales multilaterales;

· Desarrollar programas de educación y diálogo públicos al objeto de ayudar a superar el estigma, la discriminación, la información errónea y la negación;

· Desarrollar planes nacionales de acción en los que se definan las responsabilidades institucionales por la respuesta que se dé al VIH/sida, establecer mecanismos claros de participación, y asegurar la rendición de cuentas por la implementación de programas sobre el VIH/sida;

· Promulgar políticas y leyes que prohíban la discriminación y promuevan la igualdad de acceso a la prevención, atención y tratamiento;

· Desarrollar la infraestructura que facilite la prevención, atención y tratamiento, incluida la formación de proveedores de atención a la salud, hospitales y clínicas, dependencias para la realización de pruebas, suministros de agua limpia y saneamiento.


2. Eliminar las limitaciones económicas que inhiben la prevención del VIH/sida

La Constitución de la Organización Mundial de la Salud y la Declaración Universal de Derechos Humanos afirman que los Estados tienen la obligación de respetar, proteger y realizar los derechos relacionados con la salud. Los Estados no deben socavar ni impedir el acceso a la prevención, atención y tratamiento del VIH/sida, y deben apoyarlo a nivel nacional o en otros países.


Los gobiernos no deben establecer condiciones económicas que nieguen a las personas el acceso a información, bienes y servicios que salvan vidas, como preservativos y medidas para la limitación de daños. Tampoco deben los gobiernos discriminar a las personas en razón de su edad, estado civil, ocupación, orientación o expresión sexual, identidad o expresión de género, o discapacidad.


3. Asegurar el acceso a tratamiento

El VIH/sida afecta de forma desproporcionada a las personas con menos capacidad para reclamar sus derechos humanos: las personas económicamente más desfavorecidas, las menos educadas y las marginadas de la sociedad. La discriminación y el estigma alimentan la pandemia en todas sus fases, desde la prevención y el tratamiento a la atención y apoyo a quienes viven con el VIH/sida o quienes se ven afectados por la enfermedad, como los huérfanos, las viudas, ancianos y quienes les prestan atención.


Los gobiernos deben asegurar igual acceso a tratamientos relacionados con el VIH, incluidos los medicamentos antiretrovirales, lo cual puede incluir la eliminación de barreras como las que suponen los gastos relacionados con el acceso a la atención a la salud, incluidos los gastos de transporte y las cuotas de usuarios, que disuaden de acceder a las personas económicamente desfavorecidas a la atención a la salud que precisan.


4. Asegurar el acceso a información

Todas las personas tienen derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones. Los Estados tienen el deber positivo de proporcionar información sobre todos los aspectos del VIH/sida, incluida la información sobre la prevención y tratamiento de la enfermedad. Los Estados tienen también la obligación de corregir la información errónea que estigmatice a personas que viven con el VIH/sida o en peligro de padecerlo, o que socave información precisa sobre prevención, tratamiento y atención.


La información debe ser exacta, accesible a las personas a las que va dirigida y abordar expresamente en qué modo puede prevenirse la transmisión. Esto incluye el derecho a la información sobre prácticas sexuales seguras; acceso a información sobre el uso de condones y otros métodos de barrera; y educación relacionada con la salud e información sobre la sexualidad, incluida la orientación sexual, salud sexual, y reproducción y salud reproductiva. Asimismo, los gobiernos deben garantizar que los usuarios de narcóticos inyectables y sus parejas sexuales disponen de acceso a información sobre dónde y cómo obtener agujas estériles y otras estrategias para la limitación de daños.


Amnistía Internacional insta en especial a los gobiernos a que se aseguren de que las adolescentes y las mujeres disponen de los conocimientos y de los medios para prevenir la infección del VIH a través de la difusión activa de información básica de salud sobre el VIH/sida y otras infecciones de transmisión sexual; la promoción de la igualdad de las mujeres; y un compromiso de abordar de forma efectiva la violencia contra las mujeres. La información debe incrementar la autonomía sexual de las mujeres, capacitarlas para negociar relaciones sexuales seguras y aumentar su comprensión sobre las violaciones de derechos humanos que ponen a las mujeres en mayor peligro de contraer el VIH/sida.


5. Garantizar los derechos sexuales y reproductivos

Las personas deben poder decidir libremente sobre las cuestiones que afectan a su sexualidad, sin ninguna discriminación, coerción ni violencia. La salud sexual tiene una función indispensable que desempeñar en la lucha contra la intolerancia, la desigualdad de género y el VIH/sida, y los Estados deben proteger y promover la salud sexual como elemento integral del derecho de toda persona al más alto nivel posible de salud física y mental.


Los gobiernos deben revisar e implementar legislación que garantice a todos los individuos el control sobre su vida sexual y reproductiva y sobre el disfrute de sus derechos sexuales. Esto incluye el derecho de todas las personas a decidir libremente ser o no sexualmente activas; a decidir libremente mantener relaciones sexuales de mutuo acuerdo; a procurarse una vida sexual satisfactoria, segura y placentera; y a decidir libre y responsablemente el número de hijos, el espaciamiento de los nacimientos y el momento en que desean tener hijos.


6. Salvaguardar los derechos de las mujeres y acabar con la violencia contra las mujeres

Los gobiernos tienen que asegurar que las mujeres pueden protegerse contra la infección del VIH mediante la reducción de los factores que conducen al mayor riesgo de las mujeres a verse infectadas. La violencia contra las mujeres es un factor de riesgo en la infección del VIH y la posibilidad de violencia se acentúa cuando las mujeres revelan el resultado positivo de una prueba de VIH a sus parejas o esposos. Las desigualdades económicas y la falta de autonomía sexual de las mujeres son también factores de riesgo que hay que atajar.


Los gobiernos deben ejercer la diligencia debida para prevenir, investigar y sancionar todas las formas de violencia contra las mujeres. Los Estados deben apoyar el desarrollo de métodos de prevención específicos para las mujeres y asegurar que las mujeres tienen acceso a programas sobre VIH/sida relacionados con la mujer, incluidos programas de prevención de la transmisión de madre a hijo.


Cuando las mujeres hayan sido infectadas con el VIH/sida se les debe proporcionar acceso a servicios de tratamiento, atención y apoyo adecuados y sin discriminación.


7. Asegurar la participación de personas que viven con VIH/sida

Todas las personas tienen derecho a participar de forma activa, libre y significativa en la vida pública y ha de ser en interés del propio gobierno el asegurar consultas amplias e inclusivas en respuesta al VIH/sida en todas sus comunidades.


Debe instarse especialmente a los gobiernos a que apoyen activamente el principio de una mayor participación de las personas que viven con el VIH en el desarrollo e implementación de los programas relacionados con el VIH/sida, incluida la educación, el trabajo sectorial, la prevención y la provisión de servicios. La participación de personas que viven con el VIH/sida en aspectos de elaboración y aplicación de políticas relativas al VIH es crucial para un combate fructífero de la pandemia.


8. Compartir equitativamente los beneficios del progreso científico

Todas las personas tienen el derecho a disfrutar de los beneficios del progreso científico y sus aplicaciones, incluido el acceso equitativo a tratamiento –como medicamentos antiretrovirales y tratamiento para infecciones oportunistas– independientemente del lugar en que vivan, su género o posición económica. Esto incluye también el desarrollo ulterior y distribución de una metodología de prevención específica para la mujer, como microbicidas, y el acceso a bienes que salvan vidas y que prevendrán la transmisión adicional del VIH/sida.


El derecho a disfrutar de los beneficios del progreso científico exige que la prevención, tratamiento, atención y apoyo relativo al VIH/sida se basen en análisis y pruebas fiables. Los gobiernos deben asegurar que los enfoques de prevención se fundamentan en información completa, factual e imparcial sobre la prevención del VIH.

9. Afirmar el derecho a la intimidad y la confidencialidad

El derecho a la intimidad, incluida la confidencialidad, de los historiales médicos de los pacientes y la condición de portador del VIH es esencial para que las personas se decidan a someterse a pruebas y tratamientos relacionados con el VIH. Este factor es de especial importancia dado el alto índice de estigmatización y discriminación relacionado con el VIH/sida que prevalece en países de todo el mundo.


Los gobiernos deben asegurar que todas las pruebas se realizan previo consentimiento plenamente informado, incluido el asesoramiento confidencial anterior y posterior a las pruebas realizado según las normas que se establecen en las Directrices Internacionales de la ONU sobre el VIH/sida y los Derechos Humanosde la ONU.


Los gobiernos deben garantizar que las pruebas sobre el VIH están a disposición de toda la población, incluidas las mujeres no embarazadas y los hombres, y que esas pruebas están vinculadas a la adecuada provisión de tratamiento, atención y apoyo. Esto debe incluir consideración específica del impacto sobre las mujeres que pueden estar en peligro de ser objeto de violencia cuando revelan su condición de seropositivas.


10. Asegurar el seguimiento y evaluación de soluciones de derechos humanos basadas en pruebas

El seguimiento y la evaluación de los compromisos gubernamentales sobre el VIH/sida y los derechos humanos en la prevención, tratamiento, atención y apoyo de quienes están infectados por el VIH/sida es clave en la erradicación de la pandemia. Un seguimiento y evaluación adecuados de la situación de los derechos humanos y la salud pública en relación con el VIH/sida es vital en la articulación de respuestas a la pandemia a partir de pruebas.


Los Estados deben informar periódicamente y evaluar los progresos que realizan en la implementación y cumplimiento de los compromisos contraídos y de los objetivos establecidos en la lucha contra el VIH/sida, así como en lo relacionado con sus obligaciones en materia de derechos humanos. Los gobiernos deben asegurar, que el seguimiento de todos los objetivos es inclusivo, participativo y se implementa a través de procesos de rendición de cuentas a las comunidades más afectadas por el VIH/sida, incluyendo a través de la provisión de recursos adecuados a la sociedad civil.********



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