La protección y el acceso a la justicia de las sobrevivientes de violencia sexual siguieron siendo inadecuados. Prosiguieron las devoluciones a Irak. Se expresó preocupación por las condiciones en los centros de acogida para menores de edad no acompañados que solicitaban asilo.
Durante todo el año, las autoridades llevaron a cabo devoluciones a Bagdad de iraquíes cuya solicitud de asilo había sido rechazada, en contravención de las directrices del ACNUR, la agencia de la ONU para los refugiados. En algunos casos lo hicieron en vuelos chárter organizados conjuntamente con otros Estados europeos.
En abril, el Comité de la ONU para la Eliminación de la Discriminación Racial expresó su preocupación por las condiciones imperantes en los centros noruegos de acogida y de detención para solicitantes de asilo, incluidos los centros destinados a solicitantes rechazados y a menores de edad no acompañados, y pidió al gobierno que las modificara para que estuvieran en consonancia con las normas internacionales de derechos humanos.
Top of pageLas mujeres no estaban debidamente protegidas frente a la violencia en la legislación ni en la práctica. Aunque el número de violaciones denunciadas a la policía aumentó, más del 80 por ciento de los casos se cerraron antes de llegar a los tribunales. La definición de violación contenida en el Código Penal Civil General seguía asociando la culpabilidad del agresor a la capacidad de demostrar que el acto sexual se había forzado mediante violencia física.
En noviembre, el Comité de Derechos Humanos de la ONU expresó su preocupación por la incidencia de la violencia basada en el género, incluida la violación, y pidió garantías a las autoridades de que se investigaría y procesaría a los presuntos agresores y, si resultaban culpables, se los castigaría.
Top of pageEn abril, el Tribunal Supremo confirmó la sentencia dictada contra Mirsad Repak, ciudadano noruego por naturalización que había servido en las Fuerzas de Defensa Croatas y al que se había declarado culpable de “privación de libertad” durante la guerra de Bosnia y Herzegovina. En su decisión, el Tribunal Supremo elevó la pena a ocho años de cárcel debido a la gravedad extrema del delito.
En mayo, un ciudadano ruandés de 45 años fue detenido y acusado de participar en el genocidio de Ruanda en abril de 1994. El Servicio Nacional de Investigaciones Criminales llevaba investigando el caso desde 2008, a raíz de una orden de detención internacional cursada por las autoridades ruandesas. El individuo continuaba bajo custodia al concluir el año. Se esperaba que en 2012 se decidiera si debía ser juzgado en Noruega.
El 24 de noviembre, el Tribunal Supremo resolvió que un ciudadano ruandés de 58 años podía ser extraditado de Noruega a Ruanda para enfrentarse a cargos de participación en el genocidio de 1994.
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