Un tribunal militar de apelación en Egipto no rectifica injusticia

Miembros de la  Hermandad Musulmana se manifiestan en Alejandría, Egipto, 9 de marzo de 2008.

Miembros de la Hermandad Musulmana se manifiestan en Alejandría, Egipto, 9 de marzo de 2008.

© AP/PA Photo


19 noviembre 2009

Amnistía Internacional condena el hecho de que un tribunal militar de apelación de Egipto no haya anulado las condenas impuestas en juicios injustos a varios dirigentes de la organización prohibida Hermandad Musulmana y pide a las autoridades que dejen de juzgar a civiles ante tribunales militares.

“Está claro que, al confirmar las condenas de hasta siete años de prisión impuestas a 18 miembros de la Hermandad Musulmana, todos ellos civiles, el Tribunal Militar Supremo de Apelaciones ha decidido no reparar la injusticia cometida en un juicio que careció de las debidas garantías”, ha manifestado Malcolm Smart, director del Programa para Oriente Medio y el Norte de África de Amnistía Internacional.

La decisión del tribunal de apelación, tomada el martes, 17 de noviembre de 2009, supone que los cinco hombres que continúan recluidos –los demás quedaron el libertad en julio por orden de un tribunal administrativo– deben cumplir ahora el resto de sus condenas de prisión. Entre ellos figura Khairat al-Shatir, tercero de los principales dirigentes de la Hermandad Musulmana, que fue condenado a siete años de cárcel.

El 17 de noviembre, el Tribunal Militar Supremo de Apelaciones rechazó los recursos presentados por los 18 acusados tras haber sido declarados culpables y condenados a prisión el 15 de febrero de 2008 en un juicio injusto ante el Tribunal Militar Supremo de Haikstip, en el norte de El Cairo. Junto con ellos fueron juzgados in absentia siete acusados más aún no detenidos, a los que se impusieron penas de hasta 10 años de prisión.

“Juzgar a civiles ante tribunales militares, cuyos jueces son miembros en ejercicio del ejército, constituye un incumplimiento de las normas internacionales sobre juicios justos y es de por sí una injusticia, con independencia de que se respete o no el derecho de apelación de los acusados.”

Un total de 25 acusados fueron condenados por cargos de terrorismo y blanqueo de dinero en relación con su pertenencia a la Hermandad Musulmana. Otros 15 fueron absueltos. Todos negaron las acusaciones. El juicio había comenzado el 26 de abril de 2007, tras ordenar el presidente Mubarak en febrero de 2007 que se celebrara ante un tribunal militar. Previamente, un tribunal civil había desestimado los cargos contra 17 de los acusados.

Las autoridades impidieron la asistencia a las sesiones judiciales de observadores internacionales enviados por Amnistía Internacional y otras organizaciones.

El fallo del Tribunal Militar Supremo de Apelaciones se ha dictado un mes después de que un destacado experto en derechos humanos y contraterrorismo de la ONU, Martin Scheinin, publicara un condenatorio informe en el que se pedía a las autoridades egipcias que no juzgaran a civiles ante tribunales militares.

También en el seno de la ONU, el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria determinó en 2008 que la reclusión de 26 miembros de la Hermandad Musulmana detenidos entre diciembre de 2006 y enero de 2007 era arbitraria e instó a las autoridades egipcias a dejarlos en libertad. De los 26, 14 figuran entre los acusados cuyos recursos de apelación se rechazaron el pasado martes.

Amnistía Internacional ha pedido reiteradamente al gobierno egipcio que deje de juzgar a civiles ante tribunales militares. Los procedimientos seguidos en los juicios militares violan el derecho a una vista justa y pública ante un tribunal competente, independiente e imparcial, establecido por la ley.

En los juicios ante tribunales militares, el derecho de apelación ante una instancia superior está limitado a las vistas ante el Tribunal Militar Supremo de Apelaciones, que se compone exclusivamente de militares y sólo examina la aplicación de la ley, su interpretación y cuestiones de procedimiento, no las pruebas propiamente dichas ni los hechos en que están basados los cargos.

“Todas las personas que se encuentran encarceladas como consecuencia de este juicio y este proceso de apelación injustos deben ser puestas en libertad si no se procede de inmediato a juzgarlas de nuevo ante un tribunal civil que cumpla las normas internacionales sobre juicios justos”, ha señalado Malcolm Smart.