Documento - Importante avance en la protección de los derechos de las personas objeto de trata

Amnistía Internacional

Declaración pública

Amnistía Internacional: IOR 61/003/2008 (Público)
30 de enero de 2008


Importante avance en la protección de los derechos de las personas objeto de trata



La entrada en vigor del Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la Trata de Seres Humanos el 1 de febrero de 2008 representa un importante avance en la protección de los derechos de las personas que se ven atrapadas en formas modernas esclavitud, han manifestado hoy, 30 de enero de 2008, Amnistía Internacional, Anti-Slavery International y La Strada International.

Los 14 Estados que son ya Parte en este Convenio se han comprometido a garantizar un mayor respeto y protección de los derechos de las personas objeto de trata.

Amnistía Internacional, Anti-Slavery International y La Strada International piden a los otros 33 miembros del Consejo de Europa, así como a la Unión Europea, que sigan el ejemplo de Albania, Austria, Bosnia y Herzegovina, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Francia, Georgia, Malta, Moldavia, Noruega y Rumania y ratifiquen y apliquen el Convenio sin demora.

“En Europa y a través de Europa se trafica con mujeres, hombres, niñas y niños para su explotación en diversos sectores, como el trabajo doméstico, la agricultura, la industria, la construcción, la hostelería y la prostitución forzada. Aunque no se dispone de estadísticas exactas sobre este delito global, debido en parte a su naturaleza clandestina y a las dificultades inherentes a la localización e identificación exacta de la víctimas, se calcula que afecta a millones de personas en todo el mundo”, ha manifestado Klara Skrivankova, de Anti-Slavery International.

Jill Heine, de Amnistía Internacional, ha señalado: “En el curso de la terrible experiencia a que se somete a las personas objeto de trata se viola su dignidad humana misma. En el proceso de trata es habitual que las víctimas sean sometidas a violaciones múltiples de sus derechos humanos. Muchas son secuestradas, retenidas contra su voluntad en pésimas condiciones, golpeadas y sometidas a abusos sexuales y a otras formas de tortura. Con frecuencia sufren violaciones del derecho a la integridad física y mental; a la libertad y la seguridad de la persona; a no sufrir esclavitud ni prácticas similares a la esclavitud; a no sufrir tortura ni otros tratos inhumanos o degradantes; a la vida familiar; a la libertad de circulación; a la intimidad; al más alto nivel posible de salud, y una vivienda segura”.

En vez de tratarlas como víctimas de crímenes atroces, cuando llaman la atención de las autoridades es habitual tratar a estas personas como delincuentes, como extranjeros irregulares o, en algunos casos en que las autoridades quieren ejercer presión sobre quienes trafican con ellas, como útiles instrumentos del sistema de justicia penal. Las consecuencias psicológicas, médicas y sociales de la terrible experiencia que han sufrido y las causas básicas subyacentes (como los factores de push-pull, o expulsión y atracción) raras veces se abordan. La ayuda que se ofrece a las personas objeto de trata para que se recuperen de su terrible experiencia (si es que se les ofrece) suele estar condicionada a que accedan a cooperar en los procesamientos iniciados contra los traficantes. Tal cooperación suele hacer que las personas objeto de trata y sus familias corran aún mayor peligro a manos de los traficantes.

“El acceso de las víctimas a la justicia, para que reciban resarcimiento, indemnización, restitución y rehabilitación por los abusos que han sufrido, es poco común en Europa –ha manifestado Marieke van Doorninck, de La Strada International–. Los extranjeros sin derecho a residir en el país en el que se los encuentra suelen ser expulsados si tener en cuenta el riesgo que pueden correr al regresar a su lugar de origen, como que vuelvan a ser objeto de trata o de otras formas de violencia a manos de sus traficantes o de otras personas.”

Los Estados que son Parte en el Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la Trata de Seres Humanos se han comprometido a aplicar un enfoque distinto. Han accedido a tomar individual y colectivamente medidas para penalizar la trata, así como a dar una serie de pasos mínimos que son necesarios para respetar y proteger los derechos de las personas objeto de trata. Entre tales pasos figura la necesidad de garantizar que:

  • se establece un mecanismo para la identificación exacta de las personas objeto de trata;

  • si se cree de manera razonable que una persona ha sido objeto de trata, se le concede tiempo para recupérese y se le ofrece asistencia y protección con independencia de que acceda o no a participar en los procedimientos que las autoridades decidan iniciar contra los responsables de la trata;

  • se facilita a las personas objeto de trata el acceso a medios de resarcimiento, incluida indemnización.


El próximo año, los Estados que son Parte en el Convenio elegirán a entre 10 y 15 expertos independientes para que formen el órgano encargado de ayudar a los Estados con la aplicación de este tratado. Amnistía Internacional, Anti-Slavery International y La Strada Internacional piden, por tanto, a los Estados y al Comité de Ministros del Consejo de Europa que garanticen que la presentación de candidaturas y la elección de los miembros de este órgano, conocido como GRETA, se levan a cabo en un proceso abierto, transparente y dirigido a garantizar que las personas seleccionadas son independientes y poseen la competencia necesaria, y que el nuevo órgano cuenta con los medios adecuados para desempeñar sus funciones.

Documento público

****************************************

Amnistía Internacional, Secretariado Internacional, 1 Easton St., London WC1X 0DW, Reino Unido

www.amnesty.org