Documento - SRI LANKA. Malos tratos / Temor de tortura / Preocupación médica / Detención arbitraria











PÚBLICO Índice AI: ASA 37/018/2008

25 de abril de 2008


AU 110/08 Malos tratos / Temor de tortura / Preocupación médica / Detención arbitraria

SRI LANKA Vadivel Jasikaran, escritor y editor

Valarmathi Jasikaran, su esposa

E
l escritor y editor Vadivel Jasikaran y su esposa Valarmathi Jasikaran llevan desde el 6 de marzo recluidos sin cargos por el Departamento de Investigación Terrorista de la policía en la capital, Colombo, y corren peligro de sufrir torturas u otros malos tratos. Fuentes locales informan que Valarmathi Jasikaran no ha recibido la atención médica regular que necesita tras una operación de estómago.


El Departamento de Investigación Terrorista detuvo a Vadivel y a Valarmathi Jasikaran el 6 de marzo y, según los informes, facilitó a sus familiares documentos en los que se afirmaba que el motivo de la detención eran “actividades terroristas”. Sin embargo, no hay ninguna orden de detención contra ellos y no han sido puestos a disposición judicial. Según los informes, justo antes de su detención a Valarmathi Jasikaran se le habían presentado complicaciones (frecuentes vómitos) a causa de la operación de estómago que había sufrido meses antes, y hay testigos que afirman que no pudo entrar por su propio pie al furgón del Departamento de Investigación Terrorista. Al parecer, bajo custodia sólo ha podido ver una vez al médico y no está recibiendo la atención médica regular que necesita, como análisis y exámenes regulares de su estado para determinar si necesita otro tratamiento.


Vadivel Jasikaran presenta lesiones en las manos y los brazos cuyo origen no se ha explicado y se teme que haya sido maltratado.


Probablemente Vadivel y Valarmathi Jasikaran están recluidos en virtud del Reglamento de Emergencia (Prevención del Terrorismo y de Actividades Terroristas Específicas) número 7 de 2006, incompatible con el derecho y las normas internacionales de derechos humanos y que se ha utilizado para intimidar y hostigar a opositores políticos. Dicho Reglamento de Emergencia, dictado por el presidente, introduce delitos de “terrorismo” vagamente definidos que, entre otras cosas, se han utilizado para silenciar a los medios de comunicación críticos y que en general violan la libertad de expresión en Sri Lanka, con detenciones sin cargos ni juicio que pueden durar hasta 18 meses. Tal detención es claramente arbitraria y viola el artículo 9.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el que Sri Lanka es Estado Parte.

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

Amnistía Internacional está alarmada por la serie de ataques y otras violaciones de derechos humanos que se están produciendo recientemente contra los trabajadores de los medios de comunicación, una constante señalada en su reciente informe Sri Lanka: Silencing Dissent (Índice AI: ASA 37/001/2008, febrero de 2008). Periodistas y otros trabajadores de los medios de comunicación han pasado también detenidos largos periodos sin cargos en diversas ocasiones recientes (véase AU 88/08, ASA 37/016/2008, del 4 de abril de 2008). En octubre de 2007, Manfred Nowak, relator especial de las Naciones Unidas sobre la cuestión de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, declaró tras una visita a Sri Lanka: “En virtud del Reglamento de Emergencia, la mayoría de las salvaguardias contra la tortura [...] o bien no son de aplicación o bien simplemente se ignoran, lo que conduce a una situación en la cual la tortura se convierte en una práctica habitual en el marco de las operaciones antiterroristas. La no aplicación de importantes salvaguardias legales en el marco de las medidas antiterroristas, unida a prolongados periodos de detención policial deja la puerta abierta al abuso.”


ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen llamamientos, de manera que lleguen lo antes posible, en inglés o en su propio idioma:

- pidiendo a las autoridades que pongan en libertad a Vadivel Jasikaran y a su esposa Valarmathi inmediatamente, salvo que vayan a ser acusados de algún delito común reconocible y un tribunal independiente dicte su prisión preventiva, ya que están recluidos sin cargos y sin orden de detención por el Departamento de Investigación Terrorista de Colombo;

- expresando su preocupación por los informes según los cuales Valarmathi Jasikaran no ha recibido el tratamiento médico que necesita para su estómago;

- pidiendo a las autoridades que se aseguren de que Vadivel Jasikaran y su esposa Valarmathi no son torturados ni maltratados, y que les permiten acceder inmediatamente y sin restricciones a sus familiares, el abogado que elijan, un tribunal independiente y el tratamiento médico especializado que necesiten;

- instando a las autoridades a que abran una investigación independiente sobre los informes según los cuales Vadivel Jasikaran ha sido maltratado bajo custodia policial y se aseguren de que, si esto se confirma, los autores serán puestos a disposición judicial;

- pidiendo a las autoridades que pongan fin de inmediato a todas las torturas y malos tratos y cumplan plenamente la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, en la que Sri Lanka es Estado Parte.


LLAMAMIENTOS A:

Presidente

His Excellency the President Mahinda Rajapaksa

Presidential Secretariat

Colombo 1

Sri Lanka

Fax: + 94 11 2446657

Tratamiento: Your Excellency / Excelencia


Jefe del Tribunal Supremo

Hon. Sarath N. Silva

Chief Justice

Supreme Court of Sri Lanka

Superior Courts Complex

Colombo 12

Sri Lanka

Fax: + 94 1 435446

Tratamiento: Dear Chief Justice / Señor Presidente del Tribunal Supremo

COPIAS A:

Inspector General de la Policía

Mr. Victor Perera

Inspector General of Police

Sri Lanka Police

Headquarters

101/1 Kew Road

Colombo 2

Sri Lanka

Correo e: igp@police.lk, police@police.lk

Tratamiento: Dear Inspector General / Señor Inspector General


Y a los representantes diplomáticos de Sri Lanka acreditados en su país.


ENVÍEN LOS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de su Sección si van a enviarlos después del 6 de junio de 2008.