Documento - COREA DEL NORTE. "Desaparición" / Temor de tortura / Temor de pena de muerte

KOREA (DEM.PEOPLE'S REP.OF) COREA DEL NORTE. "Desaparición" / Temor de tortura / Temor de pena de muerte

PÚBLICO Índice AI: ASA 24/003/2005
15 de septiembre de 2005

AU 240/05 ""Desaparición" / Temor de tortura / Temor de pena de muerte

COREA DEL NORTE Kang Gun, de 36 años

Kang Gun huyó de Corea del Norte en 2000 y se hizo ciudadano surcoreano. Se cree que en marzo de 2005 fue secuestrado en China por agentes norcoreanos y llevado a Corea del Norte. Al parecer ahora está recluido en una cárcel del Departamento de Seguridad Nacional de la capital, Pyongyang. Allí corre grave peligro de ser torturado o ejecutado.

Cuando fue secuestrado, Kang Gun ayudaba a llegar hasta Corea del Sur a norcoreanos que habían huido a China por la crisis de alimentos de Corea del Norte. Cuando las autoridades chinas devuelven a los norcoreanos, lo cual ya ha sucedido en cientos de ocasiones, éstos se exponen a ser detenidos, interrogados, torturados y maltratados y luego condenados a hasta tres años de cárcel en condiciones atroces. Kang Gun se había ido a la ciudad de Longjing, en la provincia de Jilin, al parecer tras recibir el soplo de uno de sus contactos norcoreanos. Allí parece que fue secuestrado por los agentes norcoreanos, que lo llevaron al Corea del Norte y lo trasladaron a Pyongyang más o menos en mayo.

En febrero de 2004, Kang había pasado a una cadena de televisión japonesa imágenes tomadas en secreto de la vida en el kwalliso (campo de trabajo para presos políticos) de Yodok, situado en la provincia de Hamkyung. La cadena emitió las imágenes y se sospecha que éste fue en parte el motivo por el que los agentes norcoreanos lo secuestraron.

Al parecer, Kang fue en su día funcionario de nivel medio del Departamento de Seguridad Nacional norcoreano, y por este motivo habrá sido tratado de forma especialmente dura tras su devolución a Corea del Norte.

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
La grave falta de alimentos en Corea del Norte ha obligado a decenas de miles de personas a cruzar la frontera con las provincias nororientales de China, entre ellas Jilin, donde fue secuestrado Kang Gun. Muchas de estas personas permanecen "ilegalmente" en las zonas fronterizas, viviendo en condiciones atroces: no reciben apoyo ni protección del Estado y están expuestas a la explotación física, psicológica y sexual. Los norcoreanos que cruzan "ilegalmente" o ayudan a otros a cruzar las fronteras del país se exponen a duros castigos, como ser torturados y maltratados durante largas horas en los interrogatorios.

Según los informes, además de Kang Gun, al menos cinco personas originarias de Corea del Norte con ciudadanía surcoreana han sido secuestradas por agentes de Corea del Norte en China. Se sospecha que en realidad son más, ya que al parecer hay otras personas que han sido secuestradas en China y otros países por agentes secretos norcoreanos. El gobierno chino no reconoce oficialmente estos secuestros, sino que da cuenta de ellos como "regresos voluntarios" o "secuestros en territorio norcoreano".

Según las leyes de Corea del Norte, cualquier persona que cruce ilegalmente "una frontera de la República" se expone a una condena de hasta tres años en un kwalliso. Esta ley vulnera claramente el artículo 12.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el que Corea del Norte es Estado Parte, según el cual "toda persona tendrá derecho a salir libremente de cualquier país, incluso del propio".

El ciudadano norcoreano Park Yong-chol fue devuelto por China en secreto en octubre de 2004. Desde entonces no se ha sabido nada más de él y corre grave peligro de ser torturado y tal vez ejecutado (para más detalles, consulten AU 343/04, ASA 24/007/2004, del 23 de diciembre de 2004). Tres miembros de una familia de Corea del Norte que habían sido devueltos por China en agosto de 2003 fueron torturados y más tarde condenados a penas de prisión de entre 5 a 10 años en un kwalliso. No se ha sabido nada de ellos desde octubre de 2004 (para más detalles, véase AU 311/04, ASA 24/002/2004, del 19 de noviembre de 2004).

ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen sus llamamientos para que lleguen lo antes posible, en inglés o en su propio idioma:
- instando a las autoridades norcoreanas a que informen públicamente del paradero de Kang Gun;
- instándoles a que se aseguren de que no es encarcelado ni maltratado únicamente por salir de Corea del Norte;
- si está detenido, pidiendo que sea puesto en libertad inmediata e incondicional, salvo que esté acusado de algún delito común reconocible;
- pidiendo a las autoridades que garanticen que no será torturado ni maltratado;
- instando a las autoridades a que se aseguren de que todos los detenidos reciben un trato humano y que investiguen sin demora y de forma imparcial todas las denuncias de torturas y otros abusos contra los derechos humanos, y pongan a los responsables en manos de la justicia.

LLAMAMIENTOS A:

Presidente
Chairman Kim Jong-il
National Defence Commission
Pyongyang
Corea del Norte
Tratamiento Dear Chairman / Señor Presidente

COPIAS DE SUS LLAMAMIENTOS A:

Embajador ante la ONU (Nueva York)
Ambassador Park Gil-yeon
Office of the Permanent Mission of North Korea (DPRK) to UN
820 Second Avenue, 13th Floor
New York, N.Y. 10017, Estados Unidos
Fax: +1 212 972 3154
Tratamiento Dear Ambassador / Señor Embajador

Ministro de Unificación
Mr CHUNG Dong-young
Minister of Unification
Ministry of Unification
Central Government Complex
77-6 Sejong-no 1-ga, Jongno-gu
Seoul 110-760, Corea del Sur
Fax: +82 2 720 2432
Correo-E: www.unikorea.go.kr
Tratamiento: Dear Minister / Señor Ministro

y a los representantes diplomáticos de Corea del Norte acreditados en su país.

ENVÍEN SUS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de su Sección si van a enviarlos después del 27 de octubre de 2005.
********



Amnistía Internacional, Secretariado Internacional, 1 Easton Street, WC1X 0DW, Londres, Reino Unido. Traducción: Editorial de Amnistía Internacional, EDAI.