Documento - ESTADOS UNIDOS . Carta abierta a los senadores estadounidenses previa a la votación de la candidatura de Alberto Gonzales para el cargo de fiscal general
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Público |
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Amnistía Internacional
ESTADOS UNIDOS
Carta abierta a los senadores estadounidenses previa a la votación de la candidatura de Alberto Gonzales para el cargo de fiscal general
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31 de enero de 2005 |
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Índice AI: AMR 51/031/2005 |
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http://web.amnesty.org/library/Index/ESLAMR510312005
Estimado senador:
La candidatura de Alberto Gonzales al cargo de fiscal general ha llamado una vez más la atención pública sobre la postura de Estados Unidos acerca de la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes. Esta candidatura constituye una buena oportunidad para que se realice un escrutinio muy necesario, y asimismo para que el gobierno estadounidense demuestre que cumplirá con sus obligaciones internacionales en esta cuestión fundamental para los derechos humanos. Según lo expuesto a continuación, Amnistía Internacional insta al Senado estadounidense a no someter a votación la candidatura de Alberto Gonzales en este momento, al menos hasta que el señor Gonzales no responda plenamente y sin ambigüedades a las cuestiones pendientes sobre la tortura y los malos tratos.
Tras haber visto las fotos de Abu Ghraib, haber leído las palabras contenidas en documentos gubernamentales anteriormente secretos, y haber escuchado las persistentes denuncias de abusos contra detenidos bajo custodia estadounidense en Afganistán, Guantánamo, Irak y lugares secretos en otros países, el mundo espera ver qué acciones emprenderá Estados Unidos para garantizar el resarcimiento, la rendición de cuentas y la no repetición. Esas acciones son cruciales, al igual que lo es el compromiso de llevarlas a cabo de la persona designada para convertirse en la cabeza de los órganos de cumplimiento de la ley del país. El respeto por los derechos humanos y el Estado de derecho debe ocupar un lugar central en el esfuerzo legítimo de todo gobierno por garantizar el cumplimiento de la ley y la seguridad pública, tal y como viene establecido en la Estrategia de Seguridad Nacional y la Estrategia para Combatir el Terrorismo. De lo contrario, sólo se puede agravar el daño ya ocasionado.
Amnistía Internacional acoge con satisfacción el énfasis que pusieron los miembros del Comité Judicial del Senado en la cuestión de la tortura y los malos tratos durante su sesión de preguntas a Alberto Gonzales. La organización aplaude el carácter abierto de este procedimiento, que incluye la publicación de las repuestas por escrito del candidato. La lucha global contra la tortura y otras violaciones de los derechos humanos se beneficiaría sin duda de este ejemplo si se aplicara de manera más extensa y se sometiera en todo el mundo a los funcionarios gubernamentales a escrutinios similares.
En la votación del Comité Judicial para aprobar que la candidatura de Alberto Gonzales pase a ser plenamente considerada por el Senado ha quedado patente una división según las distintas afiliaciones políticas. Amnistía Internacional sostiene que los derechos humanos fundamentales deben trascender las políticas partidistas. La organización considera que lo reñido de la votación indica el grado de preocupación que sigue existiendo en el Congreso sobre la cuestión de la tortura y los malos tratos y sobre el historial y la postura del candidato a este respecto.
Amnistía Internacional cree que esta preocupación está justificada por las ambigüedades y evasivas de las respuestas de Alberto Gonzales a los senadores. Por ejemplo, resulta inquietante su falta de disposición a describir siquiera como tortura técnicas de interrogatorio tan duras como la de mantener a una persona sumergida en agua hasta que crea que se va a ahogar: está claro que una práctica así constituye tortura. También resultó preocupante el grado en que el señor Gonzales se basó en declaraciones presidenciales más que en su propia postura sobre la prohibición internacional inequívoca de la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes. El fiscal general debe estar dispuesto a afirmar la prohibición incondicional de la tortura, incluso cuando exista un conflicto con la interpretación de la legislación nacional o con otras opiniones de su gobierno. No hay lugar para equívocos. La tortura y los malos tratos están prohibidos en todo momento y todo lugar, en tiempo de guerra y tiempo de paz, contra los ciudadanos del propio país y contra los de otros países, en el propio territorio soberano o en el territorio soberano de otra nación. Cualquier excepción a esta norma, no digamos una formulada por un país tan poderoso como los Estados Unidos de América, daría lugar a que se deshiciera el pacto global que reconoce que la tortura y los malos tratos nunca son aceptables. Si se deshiciera ese pacto, el peligro nos acecharía a todos. Además de exponerse a responsabilidad penal, los instigadores quedarían moralmente desacreditados.
El 26 de junio de 2003, el presidente George W. Bush anunció al mundo: "Estados Unidos está comprometido con la eliminación mundial de la tortura y estamos liderando esta lucha de modo ejemplar." En el momento en que el presidente hizo esta declaración, el ahora tristemente célebre memorándum del Departamento de Justicia del 1 de agosto de 2002 dirigido a Alberto Gonzales venía siendo desde hacía casi un año la postura del gobierno estadounidense al respecto, aunque de forma secreta, y continuaría siéndolo durante un año más. El memorándum facilitaba consejos sobre cómo los interrogadores estadounidenses podían eludir la responsabilidad penal por tortura, cómo se podía limitar la definición de tortura, cómo los funcionarios gubernamentales podían esquivar su responsabilidad por infligir trato cruel, inhumano o degradante sin que llegase a constituir tortura, y cómo el presidente podía hacer caso omiso de las prohibiciones internacionales o nacionales de la tortura. A pesar del reciente repudio de este memorándum de agosto 2002 por el Departamento de Justicia, la relación de Alberto Gonzales con la producción del mismo sigue siendo motivo de preocupación, al igual que lo son sus evasivas respuestas a las preguntas de los senadores en relación con el memorándum.
En sus respuestas, Alberto Gonzales se basa en el hecho de que la copia filtrada de un memorándum de fecha 25 de enero de 2002 –en el que aconsejaba al presidente que el rechazo de las disposiciones para la protección de detenidos previstos en los Convenios de Ginebra disminuiría la probabilidad de que agentes estatales estadounidenses fueran procesados por crímenes de guerra– era un borrador y no representaba el consejo que finalmente dio al presidente. Amnistía Internacional considera que, como parte de su obligación de facilitar toda la información, debería hacer público la totalidad del contenido de la versión final de ese memorándum. Es más, la organización opina que Alberto Gonzales debería hacer públicas todas las pruebas documentales relacionadas con sus actuaciones como asesor de la Casa Blanca en materia de política y prácticas de detención e interrogatorio.
Amnistía Internacional insta al Senado estadounidense a no someter a votación la candidatura de Alberto Gonzales para el cargo de fiscal general mientras no proporcione la mencionada información y aclaración. En particular, la organización insta a que se le pida a Alberto Gonzales que facilite respuestas claras y sin ambigüedades a las siguientes preguntas:
· ¿Está conforme con la prohibición absoluta establecida por el derecho internacional consuetudinario y convencional, no sólo de la tortura sino también de toda clase de tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, vinculante para todos los países, en cualquier circunstancia?
· ¿Está conforme con la prohibición absoluta de tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, independientemente de la nacionalidad del detenido, el lugar en que los detenidos permanecen recluidos o la autoridad implicada en la detención?
· ¿Reconoce la prohibición absoluta de la devolución(non-refoulement) de personas a lugares donde pudieran enfrentarse al riesgo de ser torturadas o sometidas a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes?
· ¿Reconoce que el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos ( PIDCP), en el cual Estados Unidos es Estado parte, prohíbe la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes en cualesquiera circunstancias, incluso "en situaciones excepcionales que pongan en peligro la vida de la nación"?
· ¿Reconoce que la prohibición del PIDCP se complementa con la obligación positiva impuesta por este tratado a los Estados de tratar a todos los detenidos "humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano", y que este requisito ha sido reconocido por el Comité de Derechos Humanos como una "norma fundamental de aplicación universal" y "una norma de derecho internacional general cuya aplicación no puede ser objeto de suspensión"?
· ¿Está de acuerdo en que el artículo 3 común de los Convenios de Ginebra –que prohíbe "los atentados contra la vida y la integridad corporal, especialmente el homicidio en todas sus formas, las mutilaciones, los tratos crueles, la tortura […] los atentados contra la dignidad personal, especialmente los tratos humillantes y degradantes"– es, como ha afirmado la Comisión Nacional "11-S" sobre los Ataques Terroristas contra Estados Unidos, "generalmente aceptado en todo el mundo como derecho consuetudinario internacional", y constituye un "criterio mínimo" según ha establecido la Corte Internacional de Justicia?
· ¿Reconoce que las "garantías fundamentales" del artículo 75 del Protocolo I adicional a los Convenios de Ginebra, que prohíbe la tortura, los atentados contra el pudor, y cualquier forma de tratos humillantes o degradantes, refleja el derecho internacional consuetudinario, conforme declaraciones realizadas en ocasiones anteriores por Estados Unidos?
· ¿Reconoce ahora que ningún dirigente de ningún país, ni siquiera un presidente o un comandante en jefe de fuerzas armadas, puede hacer caso omiso de la prohibición de tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes?
· ¿Está de acuerdo en que quien autorice o consienta tortura u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes debe rendir cuentas por ello, y apoyaría la investigación de cualquier persona sospechosa de estos abusos y, en el caso de darse suficientes ruebas admisibles, apoyaría su procesamiento sin tener en cuenta el cargo que pudiera ocupar en el gobierno?
En un informe de 200 páginas publicado el pasado mes de octubre con el título USA: Human dignity denied: Torture and accountability in the ‘war on terror’,Amnistía Internacional sostuvo que existe una conexión entre las deliberaciones y documentos secretos del gobierno y los abusos que han tenido lugar en la práctica. El alcance de la responsabilidad penal por estos abusos aún está por determinar y debería, desde nuestro punto de vista, someterse a una comisión especial de investigación. La respuesta escrita de Alberto Gonzales al senador Leahy indica que no ha descartado el establecimiento de una comisión de este tipo. Amnistía Internacional insta a los senadores a llevar adelante esta propuesta y a animar a Alberto Gonzales a que la apoye, tanto ahora como en el futuro.
Amnistía Internacional también insta al Senado a colaborar con el gobierno para garantizar que se retiren todas las reservas y otras condiciones limitativas vinculadas a la ratificación por los Estados Unidos del PIDCP y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, según han pedido el Comité de Derechos Humanos y el Comité contra la Tortura.
Mientras el señor Gonzales no facilite respuestas sin ambigüedades a las preguntas anteriormente citadas, Amnistía Internacional no considera que los senadores puedan tomar una decisión plenamente informada y responsable sobre su designación para el cargo de fiscal general.
Caben pocas dudas de que, en las circunstancias actuales, la confirmación de Alberto Gonzales como fiscal general transmitiría al mundo el mensaje de que el gobierno estadounidense no se disculpa ni se preocupa por la creciente percepción de que Estados Unidos es un país dispuesto a utilizar la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes. En el timón del sistema judicial de Estados Unidos no debe haber cabida para la tolerancia de la tortura y los malos tratos.
SECRETARIADO INTERNACIONAL, 1 EASTON STREET, LONDON WC1X 0DW, REINO UNIDO
Traducción de Editorial Amnistía Internacional (EDAI), España
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