Documento - Guatemala.Ni protección ni justicia: Homicidios de mujeres


Guatemala

Ni protección ni justicia:

Homicidios de mujeres (actualización)


Sobre las 9:30 de la noche del 27 de julio de 2005, cuatro hombres obligaron a Cristina Hernández(1), estudiante universitaria de 20 años, a entrar en un automóvil gris delante de su domicilio. Los vecinos presenciaron el secuestro y avisaron de inmediato a su padre, quien contó más tarde:


Le pedí prestado a un vecino su automóvil y mi hijo y yo intentamos perseguirles en el vehículo. Luego fui a la comisaría de policía de San Juan y pedí a la policía que trataran de detener su automóvil. Les pedí que colocaran controles en las carreteras para detenerlos y atraparlos. Más tarde, después de buscar durante dos horas por todas partes, volví a la comisaría para ver si tenían alguna noticia [...] afirmaron que, como no había presentado una denuncia, no habían hecho nada. Entonces mi cuñado fue al departamento de homicidios y allí le dijeron que no se podía hacer nada. Le dijeron que muchas jóvenes se escapan con sus novios y que, por tanto, no podían iniciar la búsqueda hasta que pasaran 24 horas.(2)


A la mañana siguiente se encontró el cadáver de la muchacha. La habían disparado cuatro veces y la habían mordido en todo el cuerpo. En lugar de someterlas a un examen forense, devolvieron a los familiares todas las prendas de ropa que llevaba, salvo una. Cuando los familiares llevaron la ropa al Ministerio Público para facilitar la investigación, según los informes, les dijeron que la quemaran o botaran. Poco después del asesinato de Cristina, temiendo por su seguridad, los familiares se ocultaron y, en el momento de redactar este informe, siguen ocultos. Casi un año después y a pesar de la existencia de pistas fundamentales, como la presencia de testigos y la existencia de un posible sospechoso, no se han llevado a cabo más investigaciones. Los homicidas continúan en libertad.


En junio de 2005, Amnistía Internacional publicó un informe, Ni protección ni justicia: Homicidios de mujeres en Guatemala(3), para poner de relieve el asesinato de mujeres y niñas en Guatemala y el hecho de que el Estado no ejerza la diligencia debida para prevenir, investigar y castigar estos crímenes. En el informe se examinaba la brutalidad extrema de los homicidios, que suelen caracterizarse también por la violencia sexual, así como las graves y persistentes deficiencias en cada una de las etapas del proceso de investigación. Se analizaban también la discriminación sobre la cual se fundamenta la violencia de género que sufren las mujeres en la sociedad guatemalteca, así como algunas de las leyes y prácticas judiciales y de investigación que perpetúan dicha discriminación.

La organización formuló 14 recomendaciones clave al presidente Óscar Berger y a otras instituciones del Estado, pidiéndoles que realizaran acciones inmediatas en cinco áreas fundamentales:

§ Realización de investigaciones inmediatas, coordinadas, completas y efectivas de todos los casos de secuestro y asesinato de mujeres y niñas, garantizando el cumplimiento de las normas internacionales, en especial respecto a las autopsias y a la investigación del lugar donde se ha cometido el delito

§ Establecimiento de mecanismos de búsqueda urgente para los casos en que se informa de la desaparición de mujeres y niñas, así como de un sistema de compilación exhaustiva de datos sobre las mujeres cuya desaparición se ha denunciado

§ Incorporación de una perspectiva de género al análisis y tratamiento de la violencia contra las mujeres en las prácticas policiales y judiciales, incluyendo el establecimiento de directrices y procedimientos estándar que abarquen todas las etapas de las investigaciones criminales

§ Promoción de una campaña de tolerancia cero respecto a los actos de violencia contra las mujeres, así como sobre el enjuiciamiento de los responsables, incluidos miembros de las fuerzas de seguridad y agentes no estatales

§ Eliminación de las leyes discriminatorias en consonancia con los normas internacionales sobre la violencia contra las mujeres


Aunque el gobierno ha empezado a adoptar medidas para abordar algunas de estas cuestiones, dichas medidas han sido limitadas e insuficientes para tratar de forma efectiva la magnitud y la gravedad del problema.


En este informe se examinan los avances producidos durante el año pasado y se formulan una serie de recomendaciones sobre las cuestiones que requieren una atención urgente.


Aumento de los homicidios

Desde 2001, más de 2.200 mujeres y niñas han sido asesinadas en Guatemala y la tasa de asesinatos va en aumento.(4) Según las estadísticas de la policía, entre el 1 de enero y el 5 de mayo de 2006 se dio muerte a 229 mujeres y niñas. (5) Muchos de los asesinatos se han caracterizado por una brutalidad excepcional y numerosas víctimas han sido objeto de violencia sexual, mutilación y descuartizamiento.(6) A pesar de la considerable preocupación que han suscitado estos hechos a escala nacional e internacional, que se ha reflejado en sendas visitas de la relatora especial de las Naciones Unidas sobre la violencia contra la mujer y de la relatora especial de la Comisión Interamericana sobre los derechos de la mujer y en sus posteriores recomendaciones, en Guatemala se sigue asesinando mujeres y niñas con impunidad. (7) A junio de 2006, de los más de 600 casos de mujeres cuyo asesinato se denunció en 2005, Amnistía Internacional tiene noticia de que sólo en dos se produjeron sentencias condenatorias.


El familiar de una mujer asesinada sostiene un cartel durante una manifestación celebrada el 25 de noviembre de 2005 en la ciudad de Guatemala: 1.897 mujeres asesinadas en Guatemala de enero de 2001 a julio de 2005 © BBC This World


El alarmante número de homicidios y la falta de una reacción efectiva del gobierno han llamado también la atención de la comunidad internacional y dieron lugar a manifestaciones en toda América Latina y a sesiones del Parlamento Europeo y del Congreso de Estados Unidos.(8) Últimamente, en concreto el 8 de mayo de 2006, 110 miembros del Congreso de Estados Unidos firmaron una carta en la que instaban al Departamento de Estado estadounidense a que pidiera al gobierno guatemalteco que emprendiera acciones inmediatas y efectivas para abordar los homicidios de mujeres y a que facilitara asistencia técnica para promover la investigación, el enjuiciamiento y el castigo adecuado de estos crímenes. Se expresó también la preocupación sobre la tendencia de las autoridades a culpar a las víctimas en lugar de asignar recursos para la investigación y el enjuiciamiento de los autores de los homicidios.


El 2 de junio de 2006, en sus observaciones finales sobre el sexto informe periódico de Guatemala, el Comité de la ONU para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) expresó su preocupación sobre las medidas insuficientes adoptadas por las autoridades guatemaltecas para poner fin a los homicidios:

"Preocupa profundamente al Comité el persistente aumento del número de casos de desaparición, violación, tortura y asesinato de mujeres, la arraigada cultura de impunidad para ese tipo de delitos y el aspecto de género que caracteriza a los delitos cometidos, que suponen violaciones graves y sistemáticas de los derechos humanos de la mujer. Le preocupa el escaso empeño demostrado en realizar investigaciones a fondo, la ausencia de medidas para la protección de los testigos, las víctimas y sus familiares y la falta de información y de datos sobre los casos, las causas de la violencia y el perfil de las víctimas".

Instaba al gobierno guatemalteco:

"a que adopte sin demora todas las medidas necesarias para poner fin a los asesinatos y las desapariciones de mujeres y a la impunidad de los perpetradores".

Observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer: Guatemala (CEDAW/C/GUA/CO/6).


Al igual que en algunos otros países centroamericanos, en Guatemala se registra un elevado nivel de delitos violentos. Las autoridades estatales han sido objeto de críticas por lo que muchas personas consideran un fracaso a la hora de controlar el aumento vertiginoso de la violencia y proporcionar seguridad pública. El porcentaje de asesinatos de hombres y mujeres ha seguido aumentando, habiendo sido un 23 por ciento más en 2005 (5.338 asesinatos) que en 2004 (4.346), según las estadísticas de la policía; las cifras correspondientes a 2005 son las más elevadas desde el final del conflicto armado interno de Guatemala (1960 -1996). Este hecho sitúa a Guatemala entre los países latinoamericanos con un porcentaje más alto de asesinatos, con aproximadamente 44 asesinatos por 100.000 habitantes.(9)


El número exacto de mujeres asesinadas sigue siendo controvertido, ya que el Ministerio Público, la Policía Nacional Civil (PNC) y el Organismo Judicial proporcionan y mencionan estadísticas diferentes.(10) Por tanto, continúa siendo extremadamente difícil tener una perspectiva global de las estadísticas sobre el número de mujeres asesinadas y sobre la identidad de los autores. Según la unidad de la policía encargada de la investigación de los asesinatos de mujeres en el departamento de Guatemala, durante 2005 se registraron hasta un total de 665 asesinatos de mujeres en todo el país –– 246 asesinatos solo en el departamento de Guatemala– lo que supone un aumento del 26 por ciento respecto a 2004 (527). (11)


Alrededor de 4.800 hombres fueron asesinados en Guatemala en 2005. Al parecer, estos casos no se investigan tampoco de forma efectiva y, según noticias de prensa, sólo un 4 por ciento terminan en condenas penales.(12) Muchos de los motivos de preocupación expresados en este informe se aplican por igual a hombres y mujeres en lo que se refiere a la falta de investigaciones adecuadas de los asesinatos. Sin embargo, a diferencia de lo que ocurre con los asesinatos de hombres, en el caso de las mujeres, el género es un factor determinante en la motivación del crimen, en el modo como se las mata (las mujeres suelen ser objeto de una brutalidad excepcional antes de ser asesinadas, incluidas violaciones, mutilaciones y descuartizamientos) y en el modo como reaccionan las autoridades



Es difícil tener una imagen clara de la amplitud de la violencia perpetrada contra las mujeres o sacar conclusiones sobre la identidad o los motivos de los autores, debido a la deficiencia de las investigaciones y a la ausencia de documentación relativa a la violencia de género sufrida por la víctima antes de ser asesinada. Dada la carencia de investigaciones exhaustivas, varias organizaciones no gubernamentales y otros grupos han presentado sus propias investigaciones y análisis sobre las razones que se encuentran tras los homicidios.(13)


Según una investigación realizada por la Procuradoría de Derechos Humanos, en la mayoría de los casos de hombres asesinados (80 por ciento) el crimen se perpetra con armas de fuego, sin contacto físico íntimo entre la víctima y el autor. En el caso de las mujeres, sin embargo, el 69 por ciento son asesinadas con un arma de fuego y en el 31 por ciento de los casos los agresores emplean la violencia física directa (navajas, objetos contundentes y estrangulación).(14) Muchas víctimas son violadas, torturadas o mutiladas antes de ser asesinadas. Según la Procuradoría de Derechos Humanos, "la diferencia es que a las mujeres se les hace sufrir más antes de la muerte".(15)


Continúa la impunidad de los homicidios

A Claudina la mató una cosa: la impunidad […]. Su asesino sabía que la probabilidad de que lo encontraran era muy remota.

Padre de Claudina Velásquez Paíz, estudiante de derecho de 19 años asesinada el 13 de agosto de 2005.


La "impunidad" es un problema que los familiares suelen mencionar como uno de los principales factores que han contribuido a la muerte de sus seres queridos. El hecho de que las autoridades no identifiquen, detengan y pongan a disposición judicial a los responsables de los homicidios de mujeres y niñas hace pensar a éstos que no tendrán que responder por sus actos.

Fotografías de mujeres asesinadas en Guatemala publicadas en un diario © BBC This World

Las autoridades judiciales no recopilan estadísticas por separado del número de condenas en los casos de mujeres y niñas asesinadas, lo que dificulta hacerse una idea exacta del número de sentencias condenatorias a escala nacional en los casos de mujeres asesinadas y si el número está aumentando. Amnistía Internacional tiene noticia de que en 2005(16) se consiguieron declaraciones de culpabilidad en 15 de los casos de mujeres asesinadas entre 2002 y 2004. En el momento de redactar este informe, sólo dos casos de los homicidios ocurridos en 2005 habían comportado condenas.(17) Como observó la Procuradoría de Derechos Humanos, no se llevaron a cabo detenciones en el 97 por ciento de los casos,(18) y en más del 70 por ciento no se habían realizado investigaciones y se desconocía el motivo del homicidio.(19) La falta de pruebas materiales o científicas que corroboren el testimonio de los testigos comporta que, en el supuesto de que los casos lleguen a los tribunales, los presuntos autores son absueltos a menudo por falta de pruebas.


En los casos seguidos por Amnistía Internacional, sólo ha habido dos condenas. En el caso de la violación y el asesinato de Oliberta Elizabeth Calel Gómez, el 2 de abril de 2005 el ex agente de policía Bartolomé Teni Cu fue condenado a 60 años, 50 años por el asesinato y 10 por la violación. La amiga que estaba con ella en el momento de suceder los hechos, que consiguió escapar, pudo testificar contra él. En el caso de Andrea Fabiola Contreras Bacaro, de 17 años, que había sido violada y asesinada en junio de 2004 en Jocotenango, Sacatepéquez, y a la que habían grabado en una pierna la palabra "venganza", Otto René Argueta fue condenado a 35 años en febrero de 2005.

Las estadísticas oficiales siguen enmascarando el bajo índice de enjuiciamientos. Aunque en el informe anual del Ministerio Público se cataloga como "resueltos" casi el 42 por ciento de los casos en los que intervino la Fiscalía General de Delitos contra la Vida durante 2005, sólo en el 3,8 por ciento de estos casos se presentó una acusación formal y sólo en el 1 por ciento tuvo lugar una vista judicial. La mayoría de los casos catalogados como "resueltos" (23,8 por ciento) se archivaron (casos en los que el Ministerio Público desistió de interponer acciones judiciales por una presunta falta de colaboración de los testigos o de los familiares, a petición de los familiares de las víctimas, o por falta de pruebas), el 8,4 por ciento se "desestimaron" (desestimaciones y actos conclusorios), el 2,6 por ciento terminaron con la absolución de los presuntos autores y el 2 por ciento se cerraron de forma provisional.(20)


Investigaciones deficientes

En Guatemala persisten serias deficiencias en la organización y el funcionamiento del sistema judicial, que obedecen a un inadecuado marco normativo y a ciertas prácticas que impiden una administración de justicia independiente, imparcial, efectiva y respetuosa de los derechos humanos.(21)


En numerosos casos sigue siendo evidente que no se llevan a cabo las investigaciones más básicas, que no se investiga debidamente el lugar de los hechos y que no se protegen las posibles pruebas. A Francisca López, de 13 años, la mataron a navajazos el 2 de noviembre de 2005 en la ciudad de Guatemala. Su ropa manchada de sangre, que quizá contuviera pruebas sobre la identidad de los agresores, fue devuelta a sus familiares y enterrada con el cadáver.


El gran número de casos, la falta de equipo y la constante y grave escasez de investigadores policiales(22) comportan que en la mayoría de los casos la investigación inicial, en especial el modo como se investiga el lugar de los hechos y otras importantes pruebas, sea deficiente. Como señaló a Amnistía Internacional un agente de la Unidad de Homicidios contra Mujeres: "No contamos con los medios para realizar nuestro trabajo".(23) En muchas ocasiones, las entrevistas no tienen lugar hasta meses después de la comisión del delito, cuando los testigos o los familiares no se muestran ya dispuestos a hablar o cooperar, a menudo porque han sido amenazados.


Según la Unidad de Homicidios contra Mujeres de la policía, a finales de 2005 habían archivado 100 de un total de 224 casos de asesinatos de mujeres y niñas, por presunta falta de pruebas, porque los familiares no querían que se realizaran investigaciones o porque los testigos no se mostraban ya dispuestos a hablar por miedo a represalias.


A menudo se destruyen o se estropean pruebas cruciales en el lugar de los hechos © BBC This World

s20 La falta de coordinación en las funciones respectivas de los investigadores policiales y de los fiscales del Ministerio Público comporta que muchos casos no superen la etapa de la investigación inicial.(24) Como observó la Comisión Internacional de Juristas: "Una de las principales falencias en la investigación criminal se debe a la falta de coordinación interinstitucional entre el MP y la Policía Nacional Civil (PNC)".(25)En el caso de Cristina Hernández, la agente de policía encargada de la investigación señaló a Amnistía Internacional que desde los días que siguieron al asesinato el 27 de julio de 2005 no había realizado más investigaciones –pese a la existencia de pistas cruciales– porque no había recibido instrucciones del Ministerio Público.(26) Casi un año después del secuestro y asesinato de Cristina, al parecer el Ministerio Público no ha pedido todavía a la policía que registre el domicilio de uno de los presuntos autores ni ha citado a los testigos para que faciliten información con el fin de hacer un retrato robot de los individuos considerados responsables del secuestro y del posterior asesinato.

En el caso de una trabajadora del sexo apodada "la mudita", identificada después como Silvia Patricia Madrid, de 25 años, cuyo cadáver se encontró tirado al lado de una carretera el 22 de febrero de 2006, la investigación efectuada por el fiscal auxiliar encargado del caso se limitó a establecer la identidad de la víctima. No se siguieron otras vías de investigación básicas, como recabar información de los testigos en el hotel donde trabajaba.


En abril de 2006, dadas las deficiencias crónicas en la investigación de los casos de mujeres y niñas asesinadas, la Procuradoría de Derechos Humanos presentó una propuesta al Ministerio Público y al Organismo Judicial que le permitiría supervisar la investigación de dichos casos en toda Guatemala.(27) Amnistía Internacional tiene entendido que ni el Ministerio Público ni el Organismo Judicial han respondido todavía de manera formal a la petición de la Procuradoría de Derechos Humanos.


En algunos casos se ha denunciado también la complicidad de los investigadores policiales en la ocultación de los crímenes y en la "pérdida" de pruebas importantes.

El 22 de marzo de 2005 fue asesinada una trabajadora del sexo de 22 años, "Perla", en un hotel del barrio rojo de la ciudad de Guatemala, en Cerrito del Carmen. Según los informes, su hermana, también trabajadora del sexo, que había presenciado el asesinato, informó al Ministerio Público que dos policías de civil habían disparado contra su hermana. Agentes de policía uniformados que acudieron al hotel retiraron presuntamente los casquillos de bala y dijeron al propietario que limpiara las manchas de sangre. Según los informes, los casquillos no se presentaron nunca como parte de la investigación.


Aunque en algunos casos los familiares pueden intervenir como partes junto al fiscal del Estado (querellantes adhesivos), la gran mayoría de los familiares no se pueden permitir pagar a un abogado para que les ayude en el complejo proceso de convertirse en partes de una investigación.(28) En los casos en que los familiares no ejercen presión sobre las autoridades para que investiguen porque tienen demasiado miedo a que se investigue de manera activa o porque la víctima no ha sido identificada, las investigaciones no suelen avanzar. En raras ocasiones se cumple la obligación de investigar y de perseguir judicialmente de oficio todoslos casos de asesinato. Por ejemplo, en el caso de Cristina Hernández, de 20 años, asesinada el 27 de julio de 2005, se informó a Amnistía Internacional de que el Ministerio Público no estaba investigando de forma activa el caso, al parecer porque el padre no se muestra ya dispuesto a colaborar. Tras el asesinato de Cristina Hernández en julio de 2005, sus familiares se ocultaron porque temían por su seguridad después de haber sido intimidados.

En el caso de Claudina Velásquez, estudiante de derecho de 19 años, su cuerpo sin vida se encontró el 13 de agosto de 2005. La habían disparado y se encontraron rastros de semen en el cadáver. Se tuvo noticia de graves deficiencias sobre la efectividad de la investigación. Por ejemplo, no se efectuaron pruebas a los principales sospechosos para cerciorarse si habían disparado un arma de fuego. Desde la muerte de su hija, el padre de Claudina había visitado en repetidas ocasiones el Ministerio Público, había sugerido vías de investigación y había realizado incluso investigaciones independientes. En noviembre de 2005, admitiendo las deficiencias en la investigación del caso, el jefe de la Fiscalía General de Delitos contra la Vida se hizo cargo de la investigación. Desde entonces se han reiniciado las investigaciones de manera efectiva, incluido el envío a España de muestras de sangre de los cinco presuntos responsables para que se efectúen análisis de ADN. Aunque la reactivación de las investigaciones constituye un paso positivo, es probable que se hayan perdido pruebas cruciales.


Claudina Velásquez, estudiante universitaria de 19 años, poco antes de su asesinato. @ Particular


De forma similar, en el caso de María Isabel Franco, violada y brutalmente asesinada en diciembre de 2001, sólo después de que el caso fuera objeto de una considerable atención internacional y se emitiera un documental por televisión, el fiscal aceptó en febrero de 2006 que se compilara una lista de pistas –que tienen que investigarse todavía– y que se localizara al principal sospechoso. Según los informes, dos de los principales sospechosos no han respondido de forma sistemática a las citaciones en las que se les pedía que testificaran y se les considera fugitivos. Según los familiares y una ONG que presta su apoyo en el caso, no se ha hecho nada para localizarlos.

Negligencia del Estado en la prevención de los asesinatos

La reacción de las autoridades policiales a los informes de mujeres y niñas desparecidas, incluidos casos en los que hay testigos de su secuestro, sigue siendo inadecuada. Amnistía Internacional recibió numerosos informes de casos en los que las autoridades policiales no habían cumplido su deber de emprender acciones urgentes para impedir que sufrieran daños las mujeres y niñas consideradas en inminente peligro. Amnistía Internacional considera que el hecho de que el Estado no reaccione de forma apropiada y efectiva a las llamadas de emergencia o a los informes sobre mujeres desaparecidas pone en entredicho su responsabilidad en su posterior asesinato. El Estado debe mejorar la capacidad de los agentes para responder a estas llamadas, y los que no cumplan sus obligaciones deben rendir cuentas de forma efectiva.


Aunque se informó a Amnistía Internacional que en la Comisión para el Abordaje del Femicidio se estaba debatiendo la creación de una base de información en la que se registrarían los datos de los casos de mujeres y niñas desparecidas y se cruzarían con los de los cuerpos sin vida encontrados, en el momento de elaborar este informe no existía dicho mecanismo. De los 176 homicidios de mujeres registrados entre el 1 de enero y el 26 de marzo de 2006, no se había identificado al 24 por ciento de las víctimas en los informes sobre las autopsias. Según los informes, en un aparente esfuerzo para mejorar la capacidad de identificar a las mujeres muertas como consecuencia de la violencia doméstica, la Oficina de Atención a la Victima ha empezado a tomar las huellas dactilares de las mujeres que presentan denuncias por actos de violencia doméstica.


En el caso de Cristina Hernández (véase la primera página), la policía no respondió a las súplicas desesperadas de sus familiares, a pesar de que algunos vecinos presenciaron su secuestro. De forma similar, unos vecinos presenciaron también el secuestro de Paola Ninet Gil Escobar, estudiante de 19 años, perpetrado por cuatro hombres que iban en un automóvil de color verde sin matrícula y con los cristales ahumados, cerca de su domicilio en el municipio de Amatitlán, en los alrededores de la ciudad de Guatemala, el 28 de marzo de 2006. Sus padres llamaron a la policía de inmediato, cuando el vehículo bajaba la colina lentamente en dirección a la carretera principal, pero, según los informes, les dijeron que la policía no podía actuar si no facilitaban más detalles. A la mañana siguiente se encontró el cuerpo sin vida de su hija en un río próximo a Amatitlán, con la cabeza cubierta con una bolsa negra y las manos atadas. Según los informes, la habían violado y estrangulado.


Los agentes de policía tienen la obligación de actuar de inmediato para localizar a las mujeres cuya desaparición se ha denunciado o responder a las llamadas de emergencia cuando los testigos denuncian el secuestro de alguien. Amnistía Internacional no tiene noticia de que en los casos mencionados anteriormente se hayan impuesto medidas disciplinarias a los que agentes que han hecho caso omiso de las denuncias de secuestro.


La continua falta de medidas de protección efectivas comporta que en muchos casos las víctimas de violencia de género, sus familiares y los testigos tengan demasiado miedo a prestar testimonio. Tanto la Policía Nacional Civil como el Ministerio Público han mencionado el miedo a las represalias y la falta de protección como una de las principales razones por las que se archivaron las investigaciones. Como subrayó el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales:"No existe una política criminal institucionalizada de protección a las victimas y demás sujetos procesales, lo cual incide directamente en la retractación o abandono durante el juicio o debate". (29)


El asesinato de Clara Fabiola García, de 26 años, testigo del asesinato de dos hermanas, Ana Berta, de 15, y Elsa Mariela Loarcha Hernández, de 18, el 7 de agosto de 2003 en la ciudad de Guatemala, atestigua que las autoridades no garantizan la seguridad efectiva de los testigos. El testimonio de Clara Fabiola fue clave para conseguir que el miembro de una banda, Óscar Gabriel Morales, apodado "Small", fuera condenado a 100 años de cárcel en febrero de 2005. Al imponérsele la condena, según los informes, "Small" amenazó a Clara Fabiola García con que pagaría por haber testificado en su contra. El 4 de julio de 2005, en la ciudad de Chimaltenango, dispararon contra ella y su tía, Clara Luz García, de 60 años, quien murió en el acto. Clara Fabiola García murió después en el hospital. Como es costumbre en Guatemala, tras la condena de "Small", se le retiró la protección que estaba recibiendo como parte del programa de protección de testigos del Ministerio Público, pese a la evidencia de que seguía corriendo grave peligro de ser objeto de una venganza violenta.


Invisibilidad de la violencia de género


El hecho de no tener en cuenta la violencia de género sufrida por las víctimas ha contribuido a la respuesta inadecuada del Estado. Aunque la Policía Nacional Civil recopila estadísticas sobre las denuncias de violación, no se recoge información sobre si la víctima sufrió violencia sexual antes de ser asesinada, excepto en los casos en que la causa de la muerte fue la propia violación (lo que ocurrió en un caso durante 2005). Las estadísticas señalan también que se denuncia poco la violencia contra las mujeres en el ámbito familiar, factor importante que contribuye al asesinato de mujeres. Entre enero y junio de 2005, se registraron en Guatemala 1.142 casos de violencia contra las mujeres en el ámbito familiar, pero sólo en dos asesinatos de mujeres durante 2005 se describió el motivo como violencia contra las mujeres en el ámbito familiar.


Aunque los informes de las autopsias pueden incluir información sobre si la víctima había sufrido violencia sexual antes de ser asesinada, esta información desparece en las estadísticas oficiales del Servicio de Investigación Forense. Las estadísticas oficiales se centran en la causa de la muerte y omiten los datos sobre violencia sexual, mutilación y descuartizamiento, lo que comporta la invisibilidad de la naturaleza, el historial y las dimensiones de la violencia de género sufrida por muchas víctimas. Por ejemplo, en el caso de una mujer que haya sido violada y torturada y haya muerto por una herida de bala en la cabeza, se registrarán estos datos en el informe de la autopsia, un documento redactado a mano por un médico forense. Sin embargo, cuando estos datos se remitan a esferas superiores con el fin de incluirlos en estadísticas nacionales o departamentales más amplias sobre hombres y mujeres víctimas de homicidios, la muerte de la mujer será una más de las calificadas simplemente como "muerte por herida de bala".


A propósito de la medida en que la naturaleza y la magnitud de la violencia de género se reflejan en los documentos oficiales, la Procuradoría de Derechos Humanos observó: "El tema apenas se está introduciendo en las instituciones del Estado, es impostergable que se haga de una manera más agresiva ya que si no se tiene una perspectiva de género la investigación del homicidio de una mujer se haya contaminada. Es determinante para las preguntas que se hacen a los testigos, a los familiares, en la manera cómo se realiza la investigación general y en la posición en la que se ubica a la víctima – como víctima y no como instigadora de su propio homicidio".(30)


Según la información obtenida por Amnistía Internacional, los especialistas en medicina legal no reciben formación sobre cómo documentar la violencia sexual y no es habitual que los expertos forenses se remitan a las normas internacionales sobre la práctica de investigaciones forenses, que incluye información específica no sólo sobre la realización de investigaciones forenses efectivas, sino también sobre el modo de detectar e investigar casos de violencia sexual.(31)


- Persistencia de legislación discriminatoria


Aunque se han registrado algunos avances en las reformas jurídicas que tienen en cuenta las cuestiones de género, la persistencia de legislación discriminatoria sigue comportando que no se detecten muchas formas de violencia de género contra las mujeres, en especial la violencia contra las mujeres en el ámbito familiar y el acoso sexual. Esta persistencia perpetúa también la violencia contra las mujeres y fomenta un clima de impunidad para los delitos cometidos contra mujeres y niñas.


El 8 de marzo de 2006, tres comisiones del Congreso emitieron de forma conjunta una opinión favorable sobre el borrador de una enmienda en la que se propone la reforma del Código Penal guatemalteco en relación con la violencia contra las mujeres.(32) La opinión incluye la propuesta de penalizar la violencia contra las mujeres en el ámbito familiar (violencia intrafamiliar), eliminar la disposición legal según la cual mantener relaciones sexuales con una menor sólo es delito si la víctima es considerada una "mujer honesta",(33) abolir el artículo 200 –que suspende la responsabilidad penal por actos de violación y otros delitos de violencia sexual en el caso de que el autor se case con la víctima si esta es mayor de 12 años– y ampliar la definición de violación, incluyendo como delito la violación conyugal.


Amnistía Internacional acoge positivamente estas propuestas como un paso crucial para la eliminación de la legislación discriminatoria contra las mujeres. Sin embargo, a la organización le preocupa que, cuatro años después de que se presentara ante el Congreso la propuesta inicial de reformas y tras dos opiniones anteriores favorables, la aprobación de estas reformas puede seguir estancada en el Congreso si no se aplican el impulso y la voluntad política necesaria. (34) Aunque algunos diputados y la Comisión de la Mujer del Congreso han demostrado voluntad política para eliminar la legislación discriminatoria, el Congreso en su conjunto no ha promulgado hasta ahora leyes para eliminar dicha legislación.(35) Como observó el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer al considerar el sexto informe periódico de Guatemala:"La aplicación de medidas legales para proteger los derechos de la mujer y su empoderamiento no sería fácil, ya que una gran parte del Congreso, dominado por hombres, se había mostrado reacio a aprobar proyectos legislativos a este respecto [y] el desequilibrio existente entre los tres poderes del Estado, que tiene como consecuencia la resistencia a aprobar y reformar leyes destinadas a proteger los derechos humanos de la mujer". (36)


Además, otras propuestas claves no se incluyen en la opinión, como la de penalizar el acoso sexual.(37) Por otro lado, aunque en la reciente opinión de la comisión del Congreso se propone la modificación del artículo 106 del Código Penal, sigue en pie la disposición que permite a la víctima perdonar al autor en casos no perseguibles de oficio, como casos de violación y otros delitos sexuales, lo que hace a las víctimas vulnerables a las presiones para que no presenten denuncias.(38)


En diciembre de 2005 se suspendió temporalmente el artículo 200 del Código Penal, después de que la Procuradoría de Derechos Humanos impugnara su constitucionalidad. Mientras no se adopte una decisión definitiva sobre la validez legal de este artículo, en los casos de violación de menores demás de 12 años de edad, no se puede suspender la responsabilidad penal cuando el violador se case con la víctima de la violación. (39) Sin embargo, en los casos ocurridos antes de diciembre de 2005, el artículo 200 sigue en vigor.


Obligaciones para con las víctimas y sus familiares


- Culpabilización de la víctima

El investigador dijo que creían que Claudina era una cualquiera porque llevaba sandalias y un anillo en el ombligo. El padre de Claudina Velásquez Paíz.


El continuo sufrimiento de centenares de familiares que tratan de que se haga justicia con las mujeres y niñas que han sido brutalmente asesinadas se ve agravado por la indiferencia y la discriminación de que son objeto cuando buscan la ayuda de las autoridades. Reviste especial importancia la tendencia a desacreditar a las víctimas culpabilizándolas de su muerte por su comportamiento o trayectoria vital. Amnistía Internacional considera que este sufrimiento causado a los familiares equivale a menudo a tratos crueles, inhumanos y degradantes.(40) En mayo de 2006, el Comité contra la Tortura hizo públicas sus observaciones finales tras analizar el cuarto informe periódico de Guatemala. Expresó su honda preocupación sobre "el aumento del número de casos de asesinatos brutales de mujeres, a menudo acompañados de violencias sexuales, mutilaciones y torturas. El hecho de que esos actos no se investiguen exacerba el sufrimiento de los familiares que reclaman justicia; además, los familiares se quejan de que las autoridades cometan discriminaciones de género durante la investigación y el proceso judicial."(41)

Estas actitudes se evidencian en las declaraciones públicas formuladas por altos cargos oficiales. El 5 de mayo de 2006, por ejemplo, el director de la policía afirmó públicamente que, para impedir el asesinato de mujeres, es necesario "pedirles que no se involucren en las maras y evitar la violencia intrafamiliar, lo cual no podemos hacer los policías" y atribuyó más del 60 por ciento de los casos a estas causas.(42) La percepción de que las mujeres son las culpables de sus muertes influye en el posterior proceso judicial y de investigación y atribuye la responsabilidad de impedir la violencia contra las mujeres en las propias mujeres en lugar de en las autoridades oficiales responsables de prevenir la violencia contra ellas. Amnistía Internacional no tiene conocimiento de que se hayan adoptado medidas para cambiar la percepción de que muchas mujeres son en el fondo culpables de su propia muerte, ni para sancionar a los funcionarios que hacen semejantes declaraciones.


Un ejemplo del modo como los funcionarios tratan a los familiares es el caso de Rosa Franco, madre de María Isabel Franco, secuestrada y asesinada en diciembre de 2001.


La última vez que fui a la fiscalía 5 de Mixco (en agosto) fue la última vez, ya no me da ganas de ir. La auxiliar fiscal quien fue la que levantó el cadáver de mi hija […] me dijo que a tu hija la mataron porque ella era una cualquiera, una prostituta […] ella se empezó reírse de mí y yo me empecé a llorar y la jefa de ella no dijo nada.

Conversación de Rosa Franco con Amnistía internacional, abril de 2006.


Familiares de varias víctimas se han quejado de que los investigadores del Estado se han apresurado a catalogar a sus familiares como miembros de bandas, prostitutas o personas involucradas en el tráfico de drogas y, al hacerlo, relacionan sus muertes con un presunto comportamiento estereotipado. Varios familiares se han quejado también de que han tenido que demostrar que su familiar era una persona "respetable" o que no había estado implicada en ningún delito antes de que las autoridades tomaran en serio su denuncia.


La lucha por que se haga justicia

El miedo a las represalias disuade a muchos familiares de intentar que se haga justicia por el asesinato de sus seres queridos. Sin embargo, con el apoyo de ONG de mujeres, algunos familiares han hecho oír cada vez más su voz en el intento de obtener justicia.

Manifestación de mujeres contra el asesinato de mujeres y niñas celebrada en junio de 2005 en la ciudad de Guatemala. © Carlos Reyes-Manzo/Andes Press Agency

El 25 de noviembre de 2005, Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, numerosos familiares participaron en una manifestación en la que se pedía a las autoridades que pusieran fin a la impunidad de la que gozan los responsables de actos de violencia contra las mujeres. Después de la manifestación, según los informes, varios familiares fueron amenazados en una aparente represalia por haber pedido públicamente que se investigara la violencia contra las mujeres. Los familiares de Cristina Hernández participaron en la manifestación portando una pancarta con una foto de Cristina y aparecieron en los medios de comunicación. El 7 de diciembre de 2005, individuos sin identificar fueron al lugar de trabajo del padre de Cristina y le aseguraron que tenían que entregarle un paquete procedente de Miami y que necesitaban la dirección de su domicilio, pero se negaron a identificarse. En llamadas posteriores a las empresas de mensajería se llegó a la conclusión de que no existía tal paquete.

Las organizaciones de mujeres que ayudan a los familiares de las víctimas de asesinato, proporcionan asesoramiento jurídico en casos de violencia sexual o han condenado los homicidios de mujeres han sido objeto también de amenazas y ataques. El 5 de junio de 2006, por ejemplo, entraron en las oficinas del Sector de Mujeres, grupo de organizaciones no gubernamentales de mujeres y de la Unión Nacional de Mujeres Guatemaltecas.(43) Era la tercera vez que entraban en las oficinas del Sector de Mujeres. Robaron teléfonos móviles y una máquina de fax y registraron los archivos que contenían informaci

'f3n confidencial sobre su trabajo. Las organizaciones locales de derechos humanos creen que el robo guardaba relación con el papel destacado desempeñado por el Sector de Mujeres en la petición de erradicar la violencia contra las mujeres en Guatemala.

Desde la publicación del informe Ni protección ni justicia, Rosa Franco, madre de María Isabel Franco, ha informado de que ha sido objeto de más actos de acoso e intimidación, como visitas de hombres sin identificar a su domicilio y a su lugar de trabajo y llamadas anónimas en las que el comunicante le decía que ella y sus hijos iban a morir. En febrero de 2006, después de repetidas peticiones, incluida la de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, se situó a un agente de policía delante de su casa, durante el día, de lunes a viernes.

María Elena Peralta, hermana de Nancy Peralta, ha sido también objeto de acoso como consecuencia de sus acciones para llamar la atención no sólo sobre el caso de su hermana, sino también sobre el calvario de otras mujeres asesinadas en Guatemala. A su regreso de un viaje realizado en marzo de 2006 a los Países Bajos para captar apoyos, sus familiares recibieron numerosas llamadas telefónicas en su domicilio.

Conclusión

Se han levantado expectativas una y otra vez, pero en raras ocasiones han ido acompañadas de resultados. Reinan la inseguridad y desigualdad, y un historial de oportunidades fallidas ha generado desencanto en una población ansiosa de cambios.


Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos tras su visita a Guatemala, 27 de mayo de 2006.(44)

Hace varios años la ONU y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, entre otros organismos, formularon por primera vez recomendaciones a las autoridades guatemaltecas para abordar los graves defectos y deficiencias en relación con el homicidio de mujeres y niñas. Amnistía Internacional coincide con otros expertos nacionales e internacionales en que las medidas adoptadas desde entonces por las autoridades oficiales han sido totalmente insuficientes para abordar la magnitud del problema.

Aunque se emprendieron iniciativas el año pasado, éstas no han tenido todavía una verdadera repercusión en el número de mujeres asesinadas ni en la capacidad de la policía y de los fiscales para investigar y llevar ante la justicia de forma efectiva a los responsables. A pesar del aumento de los recursos técnicos para investigar el lugar de los hechos, la calidad de las investigaciones, incluida la recolección y conservación de pruebas forenses, sigue siendo lamentablemente inadecuada, y se han recibido numerosos informes según los cuales las pruebas se pierden o resultan dañadas y no se siguen las pistas.

El 25 de noviembre de 2005, el gobierno anunció la creación de la Comisión para el Abordaje del Femicidio, cuyo objetivo es elaborar un diagnóstico de la situación desde una perspectiva oficial y mejorar la coordinación entre las instituciones del Estado responsables de prevenir, investigar y perseguir judicialmente los homicidios de mujeres y niñas.

Aunque hay que considerar como un paso positivo la creación de la comisión, no existe la certeza de que otro órgano institucional mejorará la actuación del gobierno y superará los problemas de duplicación e incompetencia oficial.

El nivel de coordinación y cooperación, en especial entre la Policía Nacional Civil y el Ministerio Público, continúa siendo muy deficiente. Los datos contradictorios e incompletos sobre los homicidios de mujeres y niñas, incluida la invisibilidad casi total de la violencia de género en los informes y análisis oficiales, sigue impidiendo a las autoridades determinar el alcance de la violencia sufrida por las víctimas y si se debe a motivos de género. Amnistía Internacional considera que la recolección y utilización de estos datos son un requisito necesario para la elaboración de políticas adecuadas dirigidas a combatir la violencia de género.

La persistente vulnerabilidad de las mujeres y las niñas cuya desaparición se ha denunciado es también un síntoma de que no se reconocen los homicidios como un problema de seguridad pública y de que no se adoptan medidas para garantizar una intervención inmediata en los casos en que mujeres y niñas se encuentran en un inminente peligro. A pesar de las recomendaciones formuladas por Amnistía Internacional y otras organizaciones, no se ha creado todavía un mecanismo de búsqueda urgente ni un sistema de recolección de datos de las mujeres y niñas cuya desaparición se ha denunciado.

Aunque algunos altos cargos oficiales han reconocido públicamente la gravedad de los homicidios, a Amnistía Internacional le preocupa que algunos funcionarios, incluidos los de mayor rango de la Policía Nacional Civil, sigan culpando a las víctimas y que hayan hecho también generalizaciones injustas e infundadas sobre su identidad. Estas actitudes, junto con la ausencia de auténticas sanciones a los funcionarios que no emprenden acciones para impedir la violencia contra las mujeres, continúa perpetuando la idea de que las mujeres y las niñas víctimas de actos de violencia tienen la culpa de su propia muerte y de que la violencia contra ellas es aceptable en lugar de una violación de sus derechos humanos fundamentales. Además, la impunidad generalizada, incluido el bajo índice de condenas, da a entender a las autores que los delitos contra las mujeres quedan impunes.

Recomendaciones

Amnistía Internacional proporciona la siguiente serie de recomendaciones para complementar y reforzar las formuladas con anterioridad y las de otros expertos nacionales e internacionales. Las instituciones estatales pertinentes deben coordinar sus acciones para garantizar que se aplican plenamente y se evalúan de forma adecuada respecto a calendarios y parámetros previamente acordados.

Tolerancia cero

§ El gobierno guatemalteco debe afirmar que la violencia de género es inaceptable y que no se tolerará. Se debe tratar de la manera adecuada a los funcionarios que formulen declaraciones públicas desacreditando la gravedad de los delitos cometidos contra las mujeres.

§ El hecho de obstaculizar las investigaciones o de no tomar medidas inmediatas para impedir que sufran daños las mujeres y niñas consideradas en inminente peligro debe ser objeto de medidas disciplinarias.

§ Deben investigarse a fondo los actos de acoso e intimidación contra los familiares de las mujeres y las niñas asesinadas, los testigos o los miembros de organizaciones que los apoyan y ponerse a disposición judicial a los autores.


Nivel de coordinación y calidad de las investigaciones

§ Se deben coordinar plenamente las iniciativas en marcha para mejorar la calidad de las investigaciones criminales y la coordinación y la cooperación entre los organismos del Estado, así como facilitarles el apoyo político y los recursos suficientes.

§ El Ministerio Público y el Organismo Judicial deben firmar sin más dilaciones el acuerdo –en consonancia con el artículo 275 de la Constitución Guatemalteca– para otorgar a la Procuradoría de Derechos Humanos la facultad de fiscalizar las investigaciones de los casos de mujeres y niñas asesinadas efectuadas por el Ministerio Público.

§ Se deben reforzar la cooperación y la coordinación entre los investigadores de la policía y los fiscales con el fin de garantizar la investigación inmediata, coordinada y efectiva de todos los casos de secuestro y asesinato de mujeres y niñas.

§ Se debe fortalecer el Programa de Protección de Testigos del Ministerio Público para garantizar la seguridad de los testigos y de los familiares. El programa debe aplicarse también durante el periodo posterior a una declaración de culpabilidad, cuando hay personas que corren peligro todavía de sufrir actos de venganza violentos.

§ Se necesita adoptar medidas para garantizar la independencia del recién creado Instituto Nacional Forense y la disponibilidad de recursos humanos y económicos adecuados para este organismo.


Mujeres y niñas desaparecidas

§ Se debe crear sin más dilación un mecanismo de búsqueda urgente de las mujeres y niñas desaparecidas.


Perspectiva de género

§ Todos los investigadores de la policía, los agentes encargados de la investigación del lugar de los hechos y los expertos forenses deben recibir formación intensiva y continuada sobre técnicas de investigación, en especial sobre la recolección y conservación de pruebas forenses en relación con la violencia de género. Dicha formación debe tener como referencia las normas y los conocimientos internacionales, incluidas técnicas de detección, documentación e investigación de casos de violencia de género.


Legislación discriminatoria

§ El Congreso debe aprobar sin más dilación el proyecto de ley para penalizar el acoso sexual y el proyecto de ley (núm. 2360) en el que se propone la abolición de algunas disposiciones discriminatorias y la penalización de otros actos de violencia contra las mujeres.

§ Se debe reformar el artículo 106 del Código Penal que permite el perdón de las víctimas en ciertos delitos para que no sea aplicable a casos de violación, violencia contra las mujeres en el ámbito familiar y otros delitos sexuales.

§ La Corte Constitucional debe eliminar de forma permanente el artículo 200 del Código Penal guatemalteco en consonancia con sus obligaciones internacionales relativas a la violencia contra las mujeres y con el artículo 46 de la Constitución Guatemalteca, en el que se establece que los tratados internacionales de derechos humanos tienen prioridad sobre el derecho interno.


Recolección de datos sobre la violencia contra las mujeres


§ Se deben facilitar los recursos necesarios con el fin de poner en marcha un sistema estandarizado de recolección de datos y de compilación de estadísticas sobre la violencia contra las mujeres y las niñas para su utilización por los órganos del sector de la ley y la justicia y por otros organismos pertinentes. Este sistema no debe garantizar sólo la recolección de datos, sino también su compilación sistemática, su amplia difusión y su utilización para informar la planificación y las políticas selectivas del gobierno. Dicho sistema debe utilizarse también para estimar la repercusión de cualquier medida adoptada por el gobierno para abordar la violencia contra las mujeres y las niñas.


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(1) Se ha cambiado el nombre para proteger la identidad de los familiares.


(2) Entrevista con el padre de Cristina Hernández, documental de BBC This World, Killer’s Paradise.


(3) Índice AI: AMR 34/017/2005, véase http://web.amnesty.org/library/index/eslAMR340172005?open&of=esl-gtm.


(4) Según la Procuradoría de Derechos Humanos (PDH), mientras que los homicidios de hombres aumentaron un 45 por ciento entre 2002 y 2005, los de mujeres se incrementaron en un 63 por ciento durante el mismo periodo. Informe de muertes violentas de mujeres, PDH, 2005.


(5) La organización de mujeres Sobrevivientes eleva la cifra a 243 basándose en noticias de prensa y visitas al depósito central de cadáveres de la ciudad capital.


(6) El 24 de junio de 2005, por ejemplo, se encontró el cadáver de Marta Olga Caseros Batres en la zona 6 de la ciudad de Guatemala. La habían decapitado y habían descuartizado el cuerpo con un machete. El 6 de noviembre de 2005, en la ciudad de Guatemala, se encontraron los miembros descuartizados de una mujer sin identificar en tres bolsas de basura. La habían decapitado y habían cortado el cuerpo en 19 pedazos. El 1 de diciembre de 2005 se encontró a otra mujer decapitada en un túnel de la ciudad de Guatemala.


(7) La relatora especial de las Naciones Unidas sobre la violencia contra la mujer, Yakin Ertürk, vistió Guatemala en febrero de 2004 y formuló sus observaciones y recomendaciones posteriores en febrero de 2005 (véase E/CN.4/2005/72/Add.3). La relatora especial de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre los derechos de la mujer visitó Guatemala en septiembre de 2004 y formuló recomendaciones tras su visita (véase www.cidh.org/women/20.04.htm).


(8) Véase Resolución del Parlamento Europeo sobre Guatemala, P6_TA-PROV(2005)0304, 7 de julio de 2005, en www.acnur.org/biblioteca/pdf/3643.pdf. En abril de 2006, el Parlamento Europeo celebró una sesión sobre los homicidios de mujeres en Guatemala y México. En octubre de 2005, se celebró en el Congreso de Estados Unidos una sesión sobre los homicidios de mujeres en Guatemala en la que hablaron la relatora especial de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre los derechos de la mujer y representantes guatemaltecos. En noviembre de 2005 se celebraron manifestaciones simultáneas en nueve países latinoamericanos para pedir el fin de los homicidios.


(9) Sobre una población de 12 millones, dato del Informe sobre Desarrollo Humano 2005 del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo. Página 258, disponible en http://hdr.undp.org/reports/global/2005/espanol/


(10) Dadas las deficiencias en la recopilación y gestión de datos, las cifras facilitadas en este informe no deben considerarse definitivas. Aunque diferentes organismos oficiales y organizaciones no gubernamentales proporcionan estadísticas distintas, todas ellas indican que ha aumentado el número de mujeres asesinadas desde la publicación de la informe Ni protección ni justicia.


(11) Incluso las estadísticas de la propia unidad difieren en cuanto a los asesinatos de mujeres y niñas durante 2005. En abril de 2006 se informó a Amnistía Internacional que durante 2005 se había asesinado a 552 mujeres. Sin embargo, en un documento anterior se afirmaba que la cifra se elevaba a 665 asesinatos, de los que 195 habían sido casos considerados muertes "no violentas". Entre estas muertes "no violentas" figuraban 54 casos en los que la causa de la muerte se desconocía y 39 en los que la muerte se ha había producido por ahogamiento por inmersión. En las noticias de prensa, citando fuentes de la Policía Nacional Civil, se ha informado sistemáticamente de 640 casos de mujeres asesinadas durante 2005.


(12) Prensa Libre, Jueces y fiscales se inculpan por la falta de fallos condenatorios, 3 de marzo de 2006.


(13) Véase, por ejemplo, Femicidio en Guatemala: crímenes contra la humanidad, Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG), noviembre de 2005, pp. 67-90. (Véase www.congreso.gob.gt/uploadimg/documentos/n1652.pdf); Análisis del Feminicidio en Guatemala. Comisión de la Mujer del Congreso de la República. Abril de 2006; Asesinatos de mujeres: Expresión del Feminicidio en Guatemala, CALDH, diciembre de 2005; Identificación de patrones existentes en el asesinato de mujeres en Guatemala y similitudes con los crímenes del pasado, Sobrevivientes, diciembre de 2005 [www.sobrevivientes.org]).


(14) Informe de muertes violentas de mujeres 2005. Procuradoría de Derechos Humanos.


(15) Entrevista con Sergio Morales, procurador de Derechos Humanos de Guatemala, Violencia se ensaña con mujeres en Guatemala, La Nación, San José, Costa Rica, 4 de abril de 2006.


(16) La Fiscalía Especial de Delitos contra la Vida informó a Amnistía Internacional que durante 2005 había conseguido 11 condenas en casos de mujeres asesinadas. Los otros cuatro casos sucedieron fuera del departamento de Guatemala.


(17) Los casos de María A. López Camas y Suly Niseyda Leonardo y de María C. Menchu Tacan.


(18) Dato aparecido en la prensa: La Nación, Violencia se ensaña con mujeres en Guatemala, 2 de abril de 2006.


(19) Véase La Nación, Violencia se ensaña con mujeres en Guatemala, 2 de abril de 2006, y Feminicidio en Guatemala. Crímenes contra la Humanidad, noviembre de 2005, p. 97.


(20) Véase Memoria de Labores 2005. Ministerio Público, www.mp.lex.gob.gt/memorias


(21) La Justicia en Guatemala: Un Largo Camino por Recorrer. Comisión Internacional de Juristas (CIJ), diciembre de 2005, p. 79, véase www.icj.org/IMG/pdf/Informe_CIJ_Guatemala.pdf


(22) Véase Policía Nacional Civil busca investigadores, El Periódico, 6 de enero de 2006.


(23) Entrevista con la Unidad de Homicidios contra Mujeres de la PNC, 6 de abril de 2006.


(24) En el artículo 107 del Código de Procedimiento Penal se estable que el MINISTERIO PÚBLICO es el encargado de dirigir las investigaciones criminales. Los investigadores de la PNC están obligados a presentar al MINISTERIO PÚBLICO dos informes, uno después de 24 horas y otro después de 72.


(25) Op. cit; CIJ, p. 47.


(26) Según los informes, en uno de los informes policiales iniciales presentados al Ministerio Público por la investigadora policial se indicaba que se debía efectuar un registro de los bienes de un hombre que había acosado anteriormente a Cristina y que había dos testigos que habían sido agredidos, al parecer por los mismos individuos que habían secuestrado a Cristina, pero que no habían podido ayudar en la elaboración de un retrato robot de los presuntos autores. Entrevista telefónica con la investigadora policial, 16 de mayo de 2006.


(27) La Procuradoría de Derechos Humanos había solicitado anteriormente que la Corte Constitucional dictara una resolución que le permitiera supervisar la investigación de los casos en el ámbito del Ministerio Público; sin embargo, la Corte Constitucional respondió que no era necesario porque, según el artículo 275 de la Constitución de Guatemala, está facultada ya para hacerlo.


(28) En el artículo 116 del Código Penal guatemalteco se concede a los familiares el derecho a proponer vías de investigación, participar en los procedimientos, solicitar la realización de ciertas pruebas o exámenes y pedir la intervención de un juez si no están de acuerdo con la decisión del fiscal de no seguir una vía de investigación concreta.


(29) Violencia contra las mujeres. Tratamiento por parte de la justicia penal de Guatemala. IECCP, 2005.


(30) Entrevista con los Procuradoría de Derechos Humanos, 5 de abril de 2006.


(31) Entrevista con el director de la morgue central, 5 de abril de 2006.


(32) Proyecto de ley nº 2630, véase www.congreso.gob.gt/gt/ver_iniciativa.asp?id=348


(33) El artículo 180 se aplica a los artículos 176 y 177 (estupro), en los que se afirma que la honestidad de la mujer o, en este caso, de la menor es un requisito básico para establecer la existencia de un delito.


(34) El proyecto de ley se presentó por primera vez en marzo de 2002.


(35) Por ejemplo, el 25 de noviembre, Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, a iniciativa de la Comisión de la Mujer del Congreso, el Congreso de Guatemala aprobó la resolución 20-2005, en la que se comprometía a adoptar medidas para erradicar la violencia contra las mujeres en Guatemala y en especial a promulgar leyes contra la legislación discriminatoria.


(36) Véanse www.un.org/News/Press/docs//2006/wom1559.doc.htm y www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/cedaw35/cc/Guatemala_rev.pdf


(37) En 2002 se envió al Congreso un anteproyecto de ley sobre el acoso sexual en el lugar de trabajo.


(38) En el proyecto de modificación solo se propone la eliminación de esta disposición en los casos en que no haya medidas sustitutivas, el delito sea inconmutable y se perpetre contra menores o personas con trastornos mentales.


(39) En el momento de redactar este informe, Amnistía Internacional tiene noticia de que el Ministerio Público no ha respondido todavía a la petición de la Corte Constitucional para que se celebre una vista en la que el Ministerio Público dé su opinión sobre el recurso de apelación.


(40) Véase A Summary of Amnesty International’s Concerns with regard to the Guatemalan Government’s implementation of the United Nations Convention against Torture and Other Cruel, Inhuman and Degrading Treatment or Punishment. Índice AI: AMR 34/013/2006.


(41) Véase CAT/C/GTM/CO/4, 18 de mayo de 2006, http://66.102.9.104/search?q=cache:pONdi4tAkbwJ:www.ohchr.org/english/bodies/cat/docs/AdvanceVersions/CAT.C.GTM.CO.4.pdf+CAT/C/GTM/CO/4&hl=en&ct=clnk&cd=2&client=opera.


(42) Nueve capturas por 90 feminicidios, Siglo XXI, 5 de mayo de 2006.


(43) Véase Acción Urgente, Índice AI: AMR 34/017/2006, 8 de junio de 2006.


(44) www.unhchr.ch/huricane/huricane.nsf/view01/C7F2A41A172BC438C125717D0056605A?opendocument

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