Información general
Amnistía Internacional hace campaña para que todos los países establezcan un sistema efectivo de justicia internacional, de ámbito mundial y también en cada país, que sirva para disuadir a quienes pretendan cometer los peores crímenes conocidos por la humanidad:
- genocidio
- crímenes de lesa humanidad
- crímenes de guerra
- tortura
- ejecuciones extrajudiciales
- desapariciones forzadas
- la justicia: investigando todos los crímenes de este tipo y, si existen pruebas admisibles suficientes, procesando a las personas sospechosas en juicios justos sin recurrir a la pena de muerte, la tortura o los malos tratos; extraditando a dichas personas a Estados que tengan la capacidad y la voluntad de enjuiciarlas; o entregándolas a un tribunal penal internacional;
- la verdad: determinando y reconociendo los hechos que rodean la comisión de los crímenes; y
- la plena reparación: tomando medidas efectivas para dar respuesta al sufrimiento causado por los crímenes a las víctimas y a sus familias y ayudándolas a rehacer sus vidas.
Si no lo hacen, las autoridades de otros países –en virtud del principio de jurisdicción universal–, la Corte Penal Internacional u otros tribunales internacionales o internacionalizados deberán intervenir para investigar y juzgar los crímenes en nombre de la comunidad internacional con el fin de garantizar que no haya impunidad.
Por tanto, Amnistía Internacional trabaja para alcanzar los siguientes objetivos:
- Los gobiernos de todo el mundo deben reformar sus respectivas legislaciones nacionales con el fin de garantizar que sus sistemas judiciales tienen capacidad para investigar y enjuiciar crímenes de genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra, tortura, ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas, cuando se producen;
- Los gobiernos de los países en los que se han cometido tales delitos deben poner en marcha planes de acción integrales y de larga duración destinados a garantizar que se imparte justicia en los tribunales nacionales, a proporcionar reparaciones plenas y efectivas a las víctimas y a determinar la verdad sobre los crímenes;
- Todos los gobiernos deben promulgar y aplicar leyes que prevean el principio de jurisdicción universal de los tribunales nacionales sobre tales delitos. Estas leyes habrán de permitir a los tribunales nacionales investigar y enjuiciar crímenes contra el derecho internacional y conceder reparaciones a las víctimas con independencia de la nacionalidad de éstas o de los responsables y del lugar en el que se haya perpetrado el delito;
- Todos los Estados deben ratificar el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y su Acuerdo sobre los Privilegios e Inmunidades a fin de que la Corte tenga la jurisdicción más amplia posible para investigar y juzgar los crímenes cuando las autoridades nacionales no puedan o no quieran hacerlo;
- La comunidad internacional debe asegurarse de que los tribunales internacionales e internacionalizados pueden investigar y enjuiciar los delitos de forma efectiva en situaciones en que las autoridades nacionales carecen verdaderamente de la capacidad o la voluntad necesarias para ello y la Corte Penal Internacional no tiene jurisdicción o ha decidido no ejercerla;
- La Corte Penal Internacional y otros tribunales penales internacionales o internacionalizados deben investigar y enjuiciar los delitos de conformidad con las más estrictas normas de justicia internacional y actuar de catalizadores de la justicia nacional encargándose de la investigación y el enjuiciamiento de los delitos que los tribunales nacionales no están en situación de abordar.
- Todos los gobiernos y organizaciones intergubernamentales deben apoyar a la Corte Penal Internacional y a otros tribunales internacionales e internacionalizados y cooperar plenamente con ellos.
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