Al reformar su Código Penal en junio de 2010 , España no ajustó la definición de la tortura formulada en el artículo 174 de dicho Código a la que figura en el artículo 1 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes. Durante el examen se recomendó que abordara esta deficiencia. Amnistía Internacional lamenta que España haya rechazado estas recomendaciones.