Sentencia del Tribunal Europeo condena las devoluciones automáticas e indiscriminadas de Italia a Grecia

El 21 de octubre de 2014, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos dio a conocer la sentencia de su Gran Sala en el caso Sharifi y otros v. Italia y Grecia (solicitud núm. 16643/09). La sentencia subraya que los Estados miembros de la Unión Europea (UE) no pueden hacer caso omiso de sus obligaciones contraídas en virtud del Convenio Europeo de Derechos Humanos, ni eludirlas, al aplicar la legislación de la UE o acuerdos bilaterales destinados a devolver a solicitantes de asilo a otro país de la UE.

Elegir un idioma para ver el informe

Descargar PDF