Document - Iran: Further information on incommunicado detention/fear of torture/medical concern, prisoner of conscience. New concern: fear of flogging
Público Índice AI: MDE 13/125/2006
8 de noviembre de 2006
Más información (actualización núm. 2) sobre AU 163/06 (MDE 13/063/2006, de 8 de junio de 2006) y su actualización (MDE 13/105/2006, de 19 de septiembre de 2006) - Detención en régimen de incomunicación / temor de tortura / preocupación médica / preso de conciencia y nuevo motivo de preocupación: temor de flagelación
IRÁN Abbas Lisani (o Leysanli), de 38 años, activista
Su familia
Abbas Lisani, destacado activista de los derechos de los azerbaiyanos iraníes, quedó en libertad bajo fianza el 26 de septiembre de 2006. Sin embargo, el 31 de octubre fue detenido de nuevo por las fuerzas de seguridad, aparentemente sin orden judicial, lo que constituye una violación de la legislación iraní. Su detención parece estar relacionada con una de las diversas condenas de prisión a que se enfrenta actualmente por su participación en reuniones anuales y otras manifestaciones de los azerbaiyanos iraníes. Se cree que se encuentra recluido en la Sección 7 de la prisión de Tabriz, en el noroeste de Irán. Amnistía Internacional lo considera preso de conciencia, recluido por el ejercicio pacífico de su derecho a la libertad de expresión y asociación.
Según informes, durante su reclusión anterior Abbas Lisani sufrió hostigamiento y amenazas de compañeros de celda. Al parecer tiene problemas de estómago y de riñón y dolor de costillas, debido presuntamente a torturas sufridas en encarcelamientos anteriores. Se ignora si actualmente tiene acceso a los debidos servicios médicos. Desde el día de su detencion no ha tenido, al parecer, acceso a su abogado, y a su esposa sólo se le ha permitido visitarlo una vez. Según los informes, también se ha amenazado a ésta con la detención por la actividad que desarrolla en favor de Abbas Lisani.
El 27 de septiembre, un día después de que Abbas Lisani quedará en libertad, la Sección 105 del Tribunal General de Ardebil lo condenó a 10 meses de cárcel y a recibir 50 latigazos por haber participado en una manifestación el 27 de mayo de 2006 en Ardebil, así como a seis meses más de cárcel por haber participado en la destrucción de bienes públicos y estatales al pedir a la gente que participara en la manifestación en la que se causaron tales daños. Abbas Lisani presentó por escrito un recurso de apelación contra la condena, con fecha de 26 de octubre de 2006. Afirmó que la manifestación no había sido ilegal, y que él jamás había pedido a nadie que causara daños, sino que más bien había intentado calmar los ánimos. Dijo que las autoridades habían hecho caso omiso de un vídeo de la manifestación y otras pruebas de lo que decía. Cinco días después de presentar la apelación fue detenido de nuevo. Su familia recibió posteriormente una copia de la sentencia de la Sala 1 del Tribunal de Apelación de Ardebil, según la cual se había aumentado la condena de cárcel de 10 meses a un año, con lo que el periodo de prisión ascendía a 18 meses en total. Al parecer, en la sentencia se confirman los 50 latigazos y se indica, además, que a esta pena han de sumarse tres años de exilio forzoso en la ciudad de Tabas, situada en la provincia de Yazd, en el centro del país.
Amnistía Internacional teme que el proceso ante el Tribunal de Apelación de Ardebil no haya supuesto una auténtica revisión de los hechos y de los procedimientos de la causa contra Abbas Lisani. Según informes, en una declaración a la Agencia de Noticias de los Trabajadores Iraníes, el abogado de Abbas Lisani dijo: "esta sentencia no tiene precedente en la historia judicial de la República Islámica de Irán, o al menos yo no conozco un caso igual [...] Si el tribunal de primera instancia no ha impuesto [tal] condena a mi cliente, ¿cómo puede el Tribunal de Apelación añadirla? [...] Creo que esta sentencia es arbitraria y voy a protestar contra ella ante el Tribunal Supremo". Amnistía Internacional ha pedido aclaraciones sobre la vista del recurso de apelación de Abbas Lisani, señalando que el artículo 4.2 de la Ley de Apelaciones contra Sentencias Judiciales dispone que en las causas penales el tribunal de apelación no puede aumentar la condena impuesta por el tribunal de primera instancia a menos que sea el fiscal el que haya presentado la apelación con objeto de solicitar tal aumento.
En agosto de 2006, Abbas Lisani fue condenado en un nuevo juicio ante el Tribunal Revolucionario de Kalayber a un año de prisión por "difundir propaganda en contra el gobierno". Esta condena está pendiente de apelación en la actualidad. Según la sentencia, entre los fundamentos del cargo figuran actos como haber participado en 2003 en una reunión organizada todos los años, animar a otros a participar, leer poemas y otros escritos azerbaiyanos en la reunión, publicar y distribuir un calendario "en turco", enviar por Internet mensajes al extranjero, hacer llamadas a partidarios suyos en el extranjero e intentar promover el nacionalismo y la independencia azerbaiyanos iraníes. La condena de un año de prisión en el exilio en Masjed-e Soleyman, provincia de Juzestán, en el suroeste de Irán, que le había sido impuesta anteriormente por estos cargos se anuló después por considerar que el Tribunal Revolucionario de Ardebil no tenía jurisdicción sobre el asunto, el cual se envió para un nuevo juicio a Kalayber.
El 17 de agosto de 2005, Abbas Lisani fue condenado a un año de prisión por la Sección 1 del Tribunal Revolucionario de Kalayber por "propaganda contra el sistema" en relación con su participación en la reunión anual en 2005. Esta condena también está pendiente de apelación. Por otro lado, Abbas Lisani ha sido acusado también de asistir a una reunión conmemorativa el Día de la Constitución en el mausoleo de Baghir Khan en agosto de 2005, pero no se sabe si esta causa se ha visto ya.
ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen llamamientos, de manera que lleguen lo antes posible, en farsi, en inglés, en árabe, en francés o en su propio idioma:
- expresando preocupación por el hecho de que Abbas Lisani haya sido detenido de nuevo a fin de cumplir una condena de 18 meses de prisión por su participación pacífica en una manifestación en Ardebil el 27 de mayo de 2006, señalando la postura personal de Abbas Lisani en contra de la violencia, cuyo uso asegura que no propugnó en absoluto durante la manifestación;
- manifestando que, por consiguiente, Amnistía Internacional cree que Abbas Lisani es preso de conciencia y debe ser puesto en libertad de inmediato y sin condiciones;
- pidiendo a las autoridades que ofrezcan aclaraciones sobre el proceso ante el Tribunal de Apelación de Ardebil, dada, en particular, la rapidez de la revisión y que el artículo 4.2 de la Ley de Apelaciones contra Sentencias Judiciales sólo permite aumentar la condena cuando ha sido el fiscal el que ha presentado la apelación;
- expresando preocupación por la posibilidad de que el proceso no fuera una auténtica revisión de los hechos y de los procedimientos de la causa contra Abbas Lisani;
- instando a que se le conmute de inmediato la pena de flagelación, que constituye tortura;
- pidiendo a las autoridades que permitan a Abbas Lisani el acceso inmediato y sin condiciones a su abogado, acceso periódico a su familia y acceso a los servicios médicos que pueda necesitar;
- expresando preocupación por la seguridad de Abbas Lisani y pidiendo a las autoridades que le ofrezcan protección contra la violencia de otros presos;
- expresando preocupación por la situación de la familia de Abbas Lisani, algunos miembros de la cual ha sufrido, según informes, hostigamiento e intimidación de las autoridades, que les han amenazado incluso con la detención.
LLAMAMIENTOS A:
Líder de la República Islámica
His Excellency Ayatollah Sayed ‘Ali Khamenei, The Office of the Supreme Leader
Shoahada Street, Qom, Irán
Correo-E: info@leader.iro istiftaa@wilayah.org
Fax: +98 251 774 2228 (indiquen: "FAO the Office of His Excellency, Ayatollah al Udhma Khamenei")
Tratamiento: Your Excellency / Excelencia
Presidente de la Magistratura
His Excellency Ayatollah Mahmoud Hashemi Shahroudi
Ministry of Justice, Park-e Shahr, Tehran, Irán
Correo-E: Envíen los mensajes a través del formulario de respuesta del sito web en farsi http://www.iranjudiciary.org/contactus-feedback-fa.html
(El texto del formulario significa:
1ª línea: nombre, 2ª línea: dirección de correo electrónico, 3ª línea: asunto
Escriban su mensaje en el recuadro siguiente.)
Tratamiento: Your Excellency / Excelencia
COPIA A: los representantes diplomáticos de Irán acreditados en su país.
ENVÍEN LOS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de su Sección si van a enviarlos después del20 de diciembre de 2006.
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