Document - Japan: Deportation of Filipino couple from Japan is a violation of human rights
AMNISTÍA INTERNACIONAL
Declaración pública
Índice AI: ASA 22/004/2009
5 de marzo de 2009
Japón violará los derechos humanos si expulsa a una pareja filipina
Amnistía Internacional ha pedido hoy al gobierno de Japón que detenga el procedimiento de expulsión de Arlan y Sarah Calderon, para que la pareja pueda quedarse en el país junto con su hija de 13 años, Noriko Calderon.
Noriko Calderon, que nació en Japón y habla sólo japonés, ha sido informada por el Ministerio de Justicia de que debe escoger entre volver con sus padres a Filipinas o quedarse en Japón en virtud de un permiso especial de este Ministerio. Sin embargo, el gobierno va a expulsar a sus padres por estar en situación irregular. Noriko ha manifestado públicamente que desea seguir viviendo en el país.
“Japón debe cumplir con sus obligaciones internacionales y considerar ante todo el interés de la niña al tomar cualquier medida, y es evidente que expulsar a sus padres va en contra de él“, ha manifestado Roseann Rife, directora adjunta del Programa para Asia y Oceanía de Amnistía Internacional.
El artículo 9 de la Convención sobre los Derechos del Niño, en la que Japón es Estado Parte, dispone: “Los Estados Partes velarán por que el niño no sea separado de sus padres contra la voluntad de éstos, excepto cuando, a reserva de revisión judicial, las autoridades competentes determinen, de conformidad con la ley y los procedimientos aplicables, que tal separación es necesaria en el interés superior del niño”.
Japón ha intentado eludir esta obligación declarando que considera tal disposición inaplicable en el caso de los menores separados de sus padres a causa de su expulsión de acuerdo con su legislación sobre inmigración.
Amnistía Internacional cree que esta interpretación es inaceptable. “El principio del interés superior del niño es un elemento esencial de la Convención sobre los Derechos del Niño y no puede ignorarse sin más –ha explicado Rosean Rife--. Instamos a Japón a que cumpla con sus obligaciones internacionales y a que atienda al sentido común y a los principios básicos de humanidad y permita a esta familia vivir unida en Japón.”
Información complementaria
En 2004, en sus observaciones finales sobre Japón, el Comité de los Derechos del Niño señaló que su legislación interna no reflejaba plenamente los principios y disposiciones de la Convención y discriminaba a los hijos de trabajadores migrantes.
Documento público
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