Document - USA: Supreme Court should call government to account over Guantánamo detentions
AMNISTÍA INTERNACIONAL
Declaración pública
Índice AI: AMR 51/188/2007 (Público)
Servicio de Noticias: 233/07
4 de diciembre de 2007
http://web.amnesty.org/library/Index/ESLAMR511882007
Estados Unidos: La Corte Suprema debe pedir al gobierno que rinda cuentas por las detenciones de Guantánamo
Mañana, 5 de diciembre, la Corte Suprema de Estados Unidos escuchará, en relación con las detenciones de Guantánamo, los argumentos orales sobre si la Ley de Comisiones Militares de 2006 ha privado ilegalmente a los tribunales estadounidenses de competencia para estudiar las peticiones de hábeas corpus presentadas por “combatientes enemigos” extranjeros recluidos bajo custodia de Estados Unidos.
El hábeas corpus es un procedimiento fundamental garantizado por el derecho internacional con el cual los detenidos pueden impugnar la legalidad y las condiciones de su detención ante un tribunal independiente e imparcial. También promueve la rendición de cuentas por parte del Estado al proporcionar un control judicial independiente de los abusos cometidos por los poderes ejecutivo o legislativo.
La vista de mañana supone un momento crucial para los derechos humanos y para el Estado de derecho. De hecho, las cuestiones presentadas ante la Corte Suprema van más allá de los derechos de los detenidos, para llegar al concepto mismo de la rendición de cuentas gubernamental.
Con los tribunales estadounidenses apartados en la práctica de su papel de control independiente de los actos del ejecutivo, los últimos seis años han sido escenario de una sucesión de abusos: desde transferencias secretas de detenidos hasta detenciones arbitrarias, tratos crueles y procedimientos judiciales injustos, pasando por los delitos internacionales de tortura y desaparición forzada. Guantánamo ha sido un elemento fundamental de este régimen de detenciones ilegales.
El hábeas corpus no es una mera sutileza técnica: es una salvaguardia fundamental contra los abusos del gobierno. Hace ya tiempo que debería haberse restaurado plenamente para todos los detenidos.
El gobierno eligió la bahía de Guantánamo como lugar para mantener recluidos a los individuos detenidos en el contexto de la “guerra contra el terror” porque creía que, con la jurisprudencia existente en Estados Unidos, los tribunales no podrían examinar las peticiones de hábeas corpus presentadas en favor de ciudadanos extranjeros capturados fuera de Estados Unidos y recluidos en un territorio que, en última instancia, forma parte de Cuba. Seis años después, y ahora con la ayuda de la Ley de Comisiones Militares, esta detención ejecutiva ilegal permanece básicamente intacta.
La zona “sin derechos” que Estados Unidos ha tratado de crear en Guantánamo pide a gritos un examen judicial completo y efectivo y la restauración del proceso debido. Todo lo que no sea eso supondrá un incumplimiento de las obligaciones jurídicas internacionales contraídas por Estados Unidos.
Esta es la tercera vez que la Corte Suprema de Estados Unidos estudia aspectos del régimen de Guantánamo: los dos casos anteriores fueron Rasul v. Bush, en 2004, y Hamdan v. Rumsfeld, en 2006. Aunque estas dos resoluciones fueron contrarias al gobierno en varios aspectos, éste las ha interpretado de un modo que favorece a su objetivo de evitar o demorar el examen judicial y viola los derechos internacionalmente reconocidos de los detenidos.
Se espera que la Corte Suprema anuncie su resolución sobre la causa Boumediene v. Bush en la primera mitad de2008. Para entonces, las detenciones de Guantánamo habrán entrado ya de lleno en su séptimo año.
Información complementaria
Dentro de toda esta controversia legal se encuentran los Tribunales de Revisión del Estatuto de Combatiente, un órgano ejecutivo creado por el gobierno dos años y medio después del comienzo de las detenciones de Guantánamo para determinar si era “adecuada” la reclusión de los detenidos como “combatientes enemigos”. El sistema consiste en tribunales compuestos por tres oficiales del ejército que, para tomar su decisión, pueden tener en cuenta cualquier información, incluida la obtenida mediante tortura o malos tratos. El detenido, aislado de hecho del mundo exterior, no tiene acceso a un abogado ni a la información clasificada utilizada contra él. La revisión judicial se limita a una sola Corte de Apelaciones federal y a una evaluación de las decisiones del Tribunal de Revisión sobre “lo adecuado de la detención”. El gobierno sostiene que este sistema es un sustituto adecuado del hábeas corpus.
Amnistía Internacional considera que la ausencia del debido proceso convierte en arbitraria la reclusión de todos los detenidos de Guantánamo, y hace de ella una violación del derecho internacional de los derechos humanos, aplicable en todo momento, incluso en tiempos de emergencia o guerra, se defina ésta como se defina. Los detenidos tienen derecho a impugnar la legalidad de su detención ante un tribunal independiente e imparcial y tienen derecho a una reparación, que puede ser la liberación o el inicio de procedimientos judiciales. Una revisión administrativa tardía, injusta y truncada seguida de una revisión judicial limitada no cumple ni mucho menos las obligaciones internacionales contraídas por Estados Unidos. Además, casi seis años después de la llegada de los primeros detenidos a la base de Guantánamo, la Corte de Apelaciones todavía no ha revisado ni uno solo de los casos.
Entre los defectos fundamentales de los Tribunales de Revisión del Estatuto de Combatiente se encuentran su falta de independencia, su falta de competencia para ordenar un remedio, la negación de asistencia letrada al detenido –que no dispone de ningún medio real para rebatir los argumentos del gobierno en su contra–, el uso de información obtenida por medios ilegales como la tortura o los malos tratos, y la falta de transparencia del sistema en sí, que puede ocultar los motivos de estas detenciones ilegales. Además, este sistema –reservado para ciudadanos extranjeros– es discriminatorio, y por tanto viola el derecho internacional.
El sistema de los Tribunales de Revisión del Estatuto de Combatiente se ha convertido en parte del empeño constante del gobierno de lograr un poder sin obstáculos en la “guerra contra el terror”. Este empeño ha provocado que se violen los derechos de toda una clase de detenidos, los calificados de “combatientes enemigos”, una categoría no contemplada por el derecho internacional, al menos no con las consecuencias que unilateralmente le ha atribuido Estados Unidos.
Existen indicios de que los Tribunales de Revisión del Estatuto de Combatiente han sido manipulados para servir al objetivo del gobierno de evitar el examen judicial. Esto forma parte de una práctica más amplia de explotación o manipulación por parte del gobierno de los casos individuales de detenidos en la “guerra contra el terror”, una práctica que se hace especialmente evidente en los momentos de intervención judicial.
Si desean más información, consulten USA: No substitute for habeas corpus: six years without judicial review in Guantánamo, de noviembre de 2007 http://web.amnesty.org/library/Index/ENGAMR511632007. Es un documento que acompaña al informe de amicus curiae (“amigo de la corte”) presentado conjuntamente ante la Corte Suprema de Estados Unidos por Amnistía Internacional y otras tres organizaciones internacionales.
Las organizaciones en cuestión son la Federación Internacional de los Derechos Humanos, el Instituto de Derechos Humanos de la Asociación Internacional de Abogados, y la Asociación de Derecho Internacional. Pueden encontrar el informe de amicus curiae en: http://www.mayerbrown.com/public_docs/probono_Amnesty_International.pdf
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