Document - USA: Race, rights and police brutality

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

RAZA, DERECHOS Y BRUTALIDAD POLICIAL



1. UNA PREOCUPACIÓN NACIONAL CADA VEZ MAYOR


Se trata de un problema nacional que afecta a personas de todo el país. Demasiadas, sobre todo entre las minorías del país, carecen de esa confianza en la policía que es tan necesaria para la eficacia de la tarea policial, pues los residentes creen que la policía hace un uso excesivo de la fuerza y que la actuación policial es demasiado agresiva, irrespetuosa, injusta y cargada de prejuicios.


Janet Reno, fiscal general de Estados Unidos, hablando de la brutalidad policial durante un almuerzo en el National Press Club, Washington D.C., 15 de abril de 1999.



La brutalidad y el uso excesivo de la fuerza por parte de la policía ha sido uno de los temas centrales de la campaña de Amnistía Internacional sobre las violaciones de derechos humanos en Estados Unidos, que se inició en octubre de 1998. En el informe Estados Unidos de América: Derechos para todos (Índice AI: AMR 51/35/98/s), la organización documentó una constante de malos tratos policiales en todo el territorio estadounidense: palizas, disparos injustificados y uso de métodos de inmovilización peligrosos para reducir a los detenidos. Si bien quienes cometen actos de brutalidad deliberada y gratuita son una minoría entre los muchos miles de funcionarios estadounidenses encargados de hacer cumplir la ley, Amnistía Internacional observó que se hacía muy poco para vigilar o controlar a los reincidentes y para asegurarse de que las tácticas policiales en ciertas situaciones habituales reducían al mínimo el peligro de utilizar la fuerza y producir lesiones innecesariamente. El informe también señalaba que en algunas jurisdicciones o distritos policiales los abusos eran generalizados y sistemáticos, y ponía de manifiesto el desproporcionado número de integrantes de minorías raciales y étnicas que hay entre las víctimas de conductas indebidas de la policía tales como detenciones ilegales, hostigamientos, insultos y malos tratos.

En el último año, la brutalidad policial ha sido el centro de atención de la nación debido a varios casos destacados, como los disparos que causaron la muerte a un inmigrante desarmado de África Occidental, Amadou Diallo, en la ciudad de Nueva York en febrero de 1999. Cuatro policías de raza blanca de una unidad de élite que buscaban a un presunto violador dispararon 41 veces contra Diallo, que estaba en el vestíbulo del edificio de apartamentos donde vivía.(1)Este incidente no sólo puso en evidencia los métodos de la unidad (que ya habían sido objeto de denuncia en varias ocasiones), sino algo más preocupante: la tendencia de la policía a considerar injustamente como posibles delincuentes a personas de raza negra y otras minorías.


En abril de 1999, un informe provisional publicado por la fiscalía general de Nueva Jersey concluyó que los agentes de este estado habían estado dando el alto a vehículos en una importante autopista interestatal basándose en la raza de los conductores, con la esperanza de poder practicar detenciones por narcotráfico. La situación había comenzado a estudiarse tras las protestas desencadenadas por casos como el incidente de abril de 1998 en el que unos agentes situados en la autopista de peaje de Nueva Jersey dispararon e hirieron a tres hombres negros y latinos desarmados que se dirigían a unas pruebas de selección de baloncesto.(2)El informe vino a confirmar lo que durante años habían denunciado las minorías, incluidos los policías negros: que la policía estatal utilizaba «criterios raciales» en los controles de tráfico y los registros. Ese mismo mes, el Departamento de Justicia estadounidense anunció también que tenía suficientes pruebas sobre trato discriminatorio para llevar a juicio a la policía estatal de Nueva Jersey por «prácticas reiteradas» que violan los derechos civiles. Todo esto reflejaba un problema nacional más amplio. En otros estados del país, como California, Colorado, Florida, Illinois, Indiana, Maryland, Massachusetts, Pensilvania, Oklahoma, Rhode Island y Texas, se han hecho denuncias similares sobre los «criterios raciales» de la policía.(3)


Los líderes del movimiento de derechos civiles, preocupados por éste y otros casos, pidieron al gobierno federal que tomara medidas urgentes para resolver el problema del racismo en la actividad policial. El presidente Clinton y la fiscal general Janet Reno se han reunido este año en varias ocasiones con representantes de la policía y dirigentes comunitarios y han anunciado diversas iniciativas, que comentamos más adelante. La cuestión ha pasado al primer plano en el programa nacional de reforma de la policía.


En este documento se describen los cambios propuestos en el ámbito federal y local, así como los que se han producido desde la publicación de Derechos para todos. También se describen resumidamente las preocupaciones que sigue teniendo Amnistía Internacional respecto a la brutalidad policial en Estados Unidos, destacando determinadas áreas y formulando importantes recomendaciones.


2. PRINCIPALES INICIATIVAS NACIONALES Y FEDERALES


[...] Debemos seguir haciendo responder de sus actos a quienes abusan de su poder utilizando una fuerza excesiva o incluso mortal. [...] Hay quien dice que la conducta indebida de la policía es una consecuencia inevitable de la lucha contra el delito. Yo no lo creo. La socieda no tiene por qué elegir entre mantener la seguridad y tratar bien a los ciudadanos, entre hacer respetar la ley y respetar los derechos civiles. Podemos hacer ambas cosas [...]


Declaraciones del presidente Clinton en una cumbre nacional sobre brutalidad policial en junio de 1999.



El gobierno del presidente Clinton ha tomado este año varias medidas importantes para resolver el problema de la brutalidad policial, especialmente en lo que se refiere al tratamiento de las minorías raciales:


abEl 13 de marzo de 1999, en un discurso radiado sobre la mejora de la integridad policial, Clinton anunció que pediría al Congreso la aprobación de una partida suplementaria de 20 millones de dólares para la financiación federal de la formación sobre ética e integridad policial en las 30 academias regionales de «trabajo policial en la comunidad» gestionadas por el Departamento de Justicia, además de solicitar más fondos federales para que las policías locales contraten a más minorías y se proporcione más formación en este tipo de actividad policial que se desarrolla en estrecha colaboración con la comunidad.


abEn abril, la fiscal general Janet Reno se reunió con jefes de policía y dirigentes comunitarios de 20 ciudades estadounidenses y con jóvenes de zonas urbanas deprimidas para hablar sobre la forma de incrementar la confianza del público en la policía. En un discurso pronunciado el 16 de abril, Reno pidió que todos los organismos responsables de hacer cumplir la ley se aseguraran de que cuentan con «un enérgico sistema para investigar minuciosa y equitativamente las denuncias de conducta indebida», que controlaran el uso que hacen de la fuerza y que establecieran «sistemas de alerta temprana» para detectar a los agentes que se comportan de forma indebida. Reno subrayó la necesidad de que la actuación de cada departamento fuera objeto de un «examen independiente».


abEl 9 de junio, el Departamento de Justicia celebró una cumbre nacional sobre brutalidad policial, la «Conferencia sobre integridad policial», a la que asistieron dirigentes comunitarios y del movimiento de derechos civiles, así como representantes policiales. El presidente Clinton asistió a parte de esta cumbre y participó en una mesa redonda. En la reunión, Janet Reno anunció que, en los seis meses siguientes, el Departamento de Justicia recopilaría una serie de recomendaciones sobre normas y prácticas y las distribuiría ampliamente a todos los organismos del país.


abEse mismo día, el presidente Clinton dictó una orden ejecutiva para que los organismos federales encargados de hacer cumplir las leyes (incluidos los agentes de aduanas y los agentes de inmigración en los puestos fronterizos) recogieran datos sobre la raza o etnia de las personas a las que se da el alto, se registra o se detiene para determinar si la raza es un factor en estas actuaciones policiales. Clinton afirmó que esperaba que esta medida animaría a los organismos estatales y locales a hacer lo mismo.

Ha habido otras iniciativas locales y estatales. Por ejemplo, los jefes de policía de algunos de los mayores departamentos de policía de Estados Unidos han anunciado que elaborarán unas directrices nacionales sobre los controles de tráfico a fin de reducir la preocupación sobre los «criterios raciales».(4)En abril de 1999, el diputado John Conyers volvió a presentar en el Congreso la Ley de Estadísticas sobre Controles de Tráfico, que exige que la Fiscalía General recoja datos nacionales sobre controles de tráfico y analice los resultados (la ley había sido aprobada por unanimidad en 1998 por la Cámara de Representantes, la cámara baja, pero el Senado aún no la había votado). Su aprobación aún está pendiente cuando se redacta este informe.


Entretanto, algunos departamentos de policía han introducido voluntariamente sus propios sistemas de control, exigiendo a los agentes que mantengan estadísticas sobre la raza de los conductores a los que dan el alto. Treinta y tres organismos encargados de hacer cumplir la ley en California, entre ellos los departamentos de policía de San José y San Diego, han accedido a recoger estos datos, al igual que los del condado de Anne Arundel (Maryland), Filadelfia y Rhode Island. En Nueva Jersey, Connecticut y Carolina del Norte también se aprobaron leyes que declaran ilegal la aplicación de «criterios raciales» por la policía en todo el estado, y cuando se redactan estas líneas están pendientes de aprobación leyes similares en California, Illinois y Massachusetts.(5)


En junio de 1999, la ACLU publicó un informe sobre los «criterios raciales». En él se afirma que la aplicación de dichos criterios se intensificó con la «guerra contra la droga» a comienzos de la década de los ochenta y que «desde sus inicios iba dirigida contra la gente de color». En el informe se ofrecen ejemplos de todo el país y se formulan cinco recomendaciones, entre ellas que el Departamento de Justicia ponga fin al uso de los «criterios raciales» en los programas de lucha contra las drogas financiados federalmente, que el gobierno apoye plenamente la aprobación de la Ley de Estadísticas sobre Controles de Tráfico y que todos los departamentos de policía lleven a cabo voluntariamente este tipo de control estadístico.(6)


La brutalidad y el racismo policial ha ocupado un lugar importante en los programas de muchas organizaciones no gubernamentales de derechos civiles estadounidenses. El 21 de abril de 1999, la Conferencia de Líderes sobre Derechos Civiles(7)envió una carta de 16 páginas al presidente Clinton firmada por 22 organizaciones de derechos humanos radicadas en Estados Unidos, entre ellas la Sección Estadounidense de Amnistía Internacional. La carta expresaba satisfacción por el discurso presidencial de mayo de 1999 para mejorar la integridad policial y le instaba a «formular un programa de trabajo nacional que fomente la excelencia en la tarea de hacer cumplir la ley, tanto para proteger a todos los integrantes de nuestra sociedad como para que los departamentos de policía y los organismos federales encargados de esta tarea respondan de la conducta de sus agentes». En esta carta se hacían 11 recomendaciones detalladas, que en gran medida coincidían con las propuestas por Amnistía Internacional en Derechos para todos.


Durante el año, el Comité Negro del Congreso celebró unas sesiones sobre brutalidad policial en Washington D.C., Nueva York, Chicago y Los Ángeles. Está previsto celebrar otras en Houston y Atlanta, así como presentar un informe con recomendaciones al gobierno federal.



3. NORMAS INTERNACIONALES


Estados Unidos es Estado Parte en los siguientes tratados de derechos humanos que contienen normas y salvaguardias aplicables al trato dispensado a los ciudadanos por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley:


El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos(ratificado por Estados Unidos en 1992) establece una serie de derechos, como el derecho de toda persona a no ser privada arbitrariamente de la vida (artículo 6) y el derecho a no ser torturado ni maltratado (artículo 7). El artículo 26 dispone que todas las personas, sin discriminación, son iguales ante la ley y que «la ley [...] garantizará a todas las personas protección igual y efectiva contra cualquier discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social».


La Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes(ratificada por Estados Unidos en 1994) exige la prohibición y penalización de la tortura tanto en la ley como en la práctica. Los Estados deben iniciar sin demora investigaciones imparciales siempre que haya motivos razonables para creer que se han infligido torturas o tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, y hacer que los responsables comparezcan ante la justicia (artículos 12 y 16).


La Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial(ratificada por Estados Unidos en 1994) obliga a los Estados a erradicar la discriminación racial, incluida la del sistema judicial, y garantiza el «derecho a la seguridad personal y a la protección del Estado contra todo acto de violencia o atentado contra su integridad personal cometido por funcionarios públicos, o por cualquier individuo, grupo o institución». Según la Convención, un acto o práctica puede definirse como discriminación racial si tiene un efecto discriminatorio sobre un grupo concreto, aunque su intención no haya sido producir este efecto.


Otras normas internacionales pertinentes son el Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley (adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1979) y los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley(adoptado por consenso por el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente el 7 de septiembre de 1990). Estas normas disponen, entre otras cosas, que sólo debe recurrirse al uso de la fuerza en última instancia cuando las medidas pacíficas han fracasado o resultarían claramente inadecuadas, y que, en cualquier caso, el uso de la fuerza ha de ser proporcional a la amenaza a la que se hace frente y estar destinado a reducir al mínimo los daños y las lesiones.


Los Principios básicostambién disponen que las armas de fuego sólo podrán utilizarse como último recurso en defensa propia o para defender a otros ante un «peligro inminente de muerte o lesiones graves» y «sólo en caso de que resulten insuficientes medidas menos extremas para lograr dichos objetivos» (principio 9) y «[...] de manera tal que disminuya el riesgo de daños innecesarios» (principio 11).


Aunque las leyes y normas estadounidenses son en muchos aspectos coherentes con estas normas internacionales, con frecuencia se conculcan en la práctica, como muestran los casos que aparecen en este informe. Al no tomar medidas adecuadas para evitar o castigar las violaciones de derechos humanos cometidas por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, las autoridades estadounidenses están conculcando sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.



4. CUESTIONES QUE SIGUEN PREOCUPANDO A AMNISTÍA INTERNACIONAL


Amnistía Internacional considera muy positivas las iniciativas tomadas por el gobierno federal y los organismos locales y estatales. La medida de llevar el control y examinar la disparidad racial o étnica de los conductores que reciben el alto en los controles de tráfico supone un importante avance para descubrir y por tanto tratar de eliminar la discriminación en un área crucial de la actividad policial. Sin embargo, la organización cree que debe hacerse algo más para combatir la brutalidad policial y resolver el problema del racismo en las tareas policiales. Por todo el país, una abrumadora mayoría de las víctimas de brutalidad policial, disparos injustificados y muertes bajo custodia son personas pertenecientes a minorías raciales o étnicas. El trato discriminatorio y el racismo en los contactos de los agentes de policía con miembros de las comunidades negra, latina y asiática está ampliamente documentado en informes de ONG y comisiones de investigación, en juicios y demandas y en innumerables testimonios personales. Este trato no sólo viola la Constitución estadounidense, sino también la obligación contraída por este país en virtud de las leyes internacionales de eliminar toda forma de discriminación racial.

Amnistía Internacional considera que, además del de la raza, hay otros factores asimismo importantes en la cuestión de la brutalidad policial. Se han registrado casos de uso de fuerza excesiva y disparos injustificados por parte de la policía con alarmante regularidad en diversas situaciones que trascienden la cuestión de la raza. Entre los grupos vulnerables figuran los enfermos mentales y las personas sin hogar que viven en las calles. En algunas zonas también los homosexuales han sido víctimas de hostigamiento y uso indebido de la fuerza. A Amnistía Internacional le preocupa el uso abusivo o inadecuado que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley hacen de los pulverizadores de pimienta, a veces contra manifestantes no violentos. Siguen muriendo personas bajo custodia policial tras haber sido inmovilizadas mediante métodos peligrosos o sometidas a otras medidas de fuerza. Aunque algunos organismos policiales han tomado medidas para resolver estos problemas, hay indicios de que la brutalidad policial y el uso de fuerza excesiva sigue persistiendo de forma generalizada en Estados Unidos.


Si bien cada vez son más los departamentos policiales sometidos a alguna forma de examen externo civil, muchos continúan faltos de una supervisión eficaz. En la mayoría de los casos, las investigaciones internas de la policía sobre incidentes policiales con descarga de arma de fuego y otros usos de la fuerza continúan rodeadas de secreto. La falta de supervisión o su poca rigurosidad puede hacer que pasen desapercibidos abusos sistemáticos, incluso en la capital del país, como demostró un reciente estudio de los incidentes policiales con descarga de arma de fuego en Washington D.C. (véase infra). Aunque en varios casos destacados se han exigido responsabilidades penales a los implicados, es raro que esto suceda. Lo más frecuente es que los agentes implicados en incidentes con descarga injustificada de arma de fuego u otros actos de uso de fuerza excesiva queden exonerados por investigaciones penales o administrativas o sean castigados con penas menores.


Los siguientes casos, de los cuales la organización tuvo noticia en el último año, ilustran las preocupaciones de Amnistía Internacional.


Incidentes con descarga de arma de fuego


«No tenía que haber muerto. No entiendo por qué los policías siempre dicen: ''Tenemos que tomar decisiones rápidas''. Pero ¿por qué la decisión es siempre matar? La vida de un negro es tan prescindible.»

Palabras de la hermana del conductor desarmado Stanton Crew, abatido por los disparos de unos agentes de la policía de Nueva Jersey en junio de 1999 (tomado del New Jersey Record, 6 de junio de 1999).


Continúan siendo frecuentes los informes de incidentes policiales con descarga de arma de fuego. Los agentes disparan contra sospechosos desarmados mientras éstos huyen del lugar donde se ha cometido un delito no violento, o bien cuando le dan el alto a un vehículo, al final de una persecución o en otras circunstancias cuestionables. En algunos casos, los sospechosos fueron alcanzados por varios disparos de la policía. En la mayoría de los incidentes registrados, las víctimas eran afroamericanos o personas pertenecientes a otras minorías, a veces niños. Por ejemplo:


abKansas City: En noviembre de 1998, Timothy L. Wilson, un niño de 13 años de raza negra murió abatido a disparos tras una breve persecución cuando iba conduciendo la furgoneta de un amigo. Seis agentes empezaron a perseguir a Timothy al ver que conducía el vehículo de forma errática. Unos minutos después, la furgoneta quedó detenida en el barro y los seis agentes la rodearon. Cuatro agentes de raza blanca abrieron fuego, según ellos mismos declararon, al ver que Wilson intentaba dar marcha atrás con la furgoneta en dirección a ellos. Esta versión de los hechos ha sido puesta en tela de juicio por el abogado de la familia Wilson. Los agentes fueron eximidos de responsabilidad penal por un «gran jurado» (jurado que decide si hay suficientes pruebas para procesar) local. Está pendiente una demanda civil.


abCalifornia: En agosto de 1999, un Equipo de Armas y Tácticas Especiales(8)perteneciente al Departamento de Policía de El Monte que estaba realizando una redada de madrugada en busca de drogas entró en el domicilio de una familia de inmigrantes y mató a tiros a Mario Paz, un anciano que se encontraba en su dormitorio. Según los informes, Paz, que estaba desarmado, recibió dos disparos en la espalda. No se encontró droga durante la redada y el nombre que aparecía en la orden judicial de registro no era el de la familia. En California se han producido muchos otros incidentes de descarga injustificada de arma de fuego, varios de los cuales se citan más adelante.

abConnecticut: En abril de 1999, Aquan Salmon, un muchacho afroamericano de 14 años, sospechoso de ser el autor de un atraco frustrado en la calle, murió cuando un agente de la policía de Hartford le disparó por la espalda después de una persecución a pie. El agente quedó eximido de toda responsabilidad penal, pero a principios de septiembre de 1999 todavía no había concluido otra investigación sobre el caso a cargo del fiscal del estado.


abChicago: En junio de 1999, LaTanya Haggerty, de 19 años iba de pasajera en un automóvil que la policía paró tras una breve persecución. LaTanya murió a causa de los disparos de los agentes, que pensaron que el teléfono celular que llevaba en la mano era un arma. En septiembre de 1999, el Consejo de la Policía de Chicago (órgano decisorio de la policía) inició las sesiones para decidir sobre la recomendación hecha por el jefe de policía de que se expulsase a los agentes del cuerpo. Un día después del tiroteo que le costó la vida a Haggerty, agentes de la policía de Chicago mataron a tiros a Robert Russ, antiguo jugador de la liga universitaria de fútbol americano, al negarse éste a salir de su automóvil después de una persecución. Uno de los agentes rompió una ventanilla del vehículo, apuntó su arma al interior y disparó. En el momento en que se redacta este informe aún no se ha abierto una investigación sobre el caso. Tanto Haggerty como Russ eran de raza negra.



abCiudad de Nueva York: Dante Johnson, de 16 años y raza negra, recibió un disparo y resultó gravemente herido al huir de tres agentes que se habían parado a interrogarlo a él y a un amigo cuando estaban hablando en la calle. Johnson estaba desarmado. Los agentes pertenecían a la misma unidad de protección urbana que disparó y mató a Amadou Diallo en febrero de 1999 (véase supra). En el momento en que se redacta este informe, el caso de Johnson está siendo investigado por el fiscal del distrito del Bronx.


abNueva Jersey: Stanton Crew, afroamericano, fue abatido a disparos en enero de 1999 cuando intentó sacar su vehículo de entre dos vehículos policiales que le habían cerrado el paso tras de una persecución. Los agentes dispararon 27 veces contra el vehículo mientras maniobraba. Crew iba desarmado. Una mujer que también iba en el automóvil resultó herida de bala en la pierna. El caso (que todavía se está investigando en septiembre de 1999) es el último de una serie de incidentes polémicos en los que la policía de Nueva Jersey ha disparado contra conductores desarmados.


abFiladelfia: En octubre de 1998, un joven de 19 años de raza negra, Donta Dawson, que iba desarmado, fue abatido por los disparos de un agente que se le acercó al verlo sentado en un automóvil que estaba parado con el motor en marcha. El agente abrió fuego y disparó a Dawson en un ojo. Según el agente, previamente el joven se había inclinado hacia delante y había alzado el brazo. Se presentaron dos cargos contra el policía: homicidio con circunstancias atenuantes y homicidio involuntario, pero los jueces rechazaron los cargos en ambas ocasiones. El agente fue expulsado del cuerpo, pero está intentando recuperar su puesto recurriendo al arbitraje. En julio de 1999, el ayuntamiento acordó con la familia de Dawson el pago de una indemnización de 712.500 dólares a cambio de que ésta retirara la demanda

abTexas: En julio de 1998, el ciudadano mexicano Pedro Oregón, que iba desarmado, murió a causa de los disparos de seis agentes de policía de Houston durante una redada en busca de drogas practicada en su domicilio. Según los informes, murió en su dormitorio y presentaba seis heridas de bala en la espalda, dos en la cabeza y otra en la mano. Sólo se presentaron cargos contra uno de los agentes, y fueron de violación de la propiedad. Sin embargo, tras la indignación que manifestó la comunidad hispana, una investigación policial interna encontró a los agentes culpables de «conducta indebida gravísima» y fueron expulsados.


Estos casos representan violaciones graves de las normas internacionales, que establecen que la fuerza empleada debe ser proporcional a la amenaza a que se hace frente y que las armas de fuego sólo deben emplearse en defensa propia o en defensa de otra persona contra un peligro inminente de muerte o lesiones graves, y «sólo en caso de que resulten insuficientes medidas menos extremas para lograr dichos objetivos».(9)


Casi todos los departamentos de policía de EE. UU. disponen también que los agentes sólo deberán utilizar medios letales cuando vean amenazadas sus vidas o las de otros. Y, efectivamente, la mayoría de los agentes de policía no hacen uso de su arma, o lo hacen sólo en respuesta a enfrentamientos armados. Sin embargo, cada año aparecen decenas de casos como los anteriormente descritos, que causan pérdidas irreparables a las familias y gastos desorbitados a los ayuntamientos en el pago de indemnizaciones de demandas civiles. Muchos departamentos de policía cuentan con directrices que restringen específicamente el uso de medios letales en situaciones habituales, como es la persecución de un sospechoso desarmado en un vehículo en marcha. Pero a los agentes que los usan, a menudo se los exonera de toda responsabilidad si declaran que temían por sus vidas, incluso si no han utilizado los procedimientos básicos de protección (por ejemplo, apartarse de la trayectoria de un vehículo en movimiento). A otros les han aplicado sólo una ligera sanción disciplinaria tras descubrirse que habían violado las directrices (véase, por ejemplo, el caso de Virginia Beach, citado más adelante). A esto hay que añadir una formación y supervisión laxas que han sido la causa de problemas sistemáticos en algunas áreas.


Por ejemplo, un estudio sobre incidentes policiales con descarga de arma de fuego en Washington D.C., realizado a lo largo de ocho meses de 1998 por el Washington Post, descubrió que en la década de los noventa se había producido sistemáticamente la utilización «imprudente e indiscriminada» de armas de fuego por agentes de policía, y que lo inadecuado de las investigaciones y la falta de supervisión habían impedido que la opinión pública conociera el alcance de este fenómeno.(10)El número de incidentes policiales con descarga de arma de fuego en Washington D.C. se duplicó entre 1992 y 1995, a pesar de que los casos de homicidio descendieron a partir de 1991, año en que se alcanzó una cifra récord. Entre los incidentes con descarga de arma de fuego que se produjeron desde mediados de 1993 hay 54 casos en los que agentes de policía dispararon contra vehículos sin que los ocupantes de éstos hubiesen disparado antes, matando a 9 conductores desarmados e hiriendo a 19. En el estudio del Washington Postse examinaron actas de los tribunales e informes policiales y se descubrió que muchas investigaciones internas estuvieron plagadas de omisiones y errores. La mayoría de los 422 incidentes policiales con descarga de arma de fuego estudiados por una junta de revisión interna de la policía entre 1993 y principios de 1998 fueron considerados justificados y sólo en dos casos se llegaron a presentar cargos contra los agentes. Un caso estaba pendiente de resolución cuando el periódico realizó su informe. En el otro, se declaró culpables a dos agentes de haber mentido en sus declaraciones sobre un incidente. Uno de los agentes fue condenado a 15 días de cárcel y el otro quedó en libertad condicional.

A pesar de que en Washington D.C. se registró un número más elevado de incidentes policiales con descarga de arma de fuego que en otras ciudades,(11)los informes indican que estos incidentes también han aumentado en otras jurisdicciones durante los últimos años, lo que contradice la tendencia a disminuir que reflejaban estudios anteriores.(12)Por ejemplo, hay informes de que los policías de Chicago dispararon contra 71 personas en 1998, la cifra más alta en diez años, a pesar del descenso en el número de homicidios en la ciudad. Otras ciudades en las que, según los informes, ha aumentado el número de incidentes con descarga de arma de fuego con San José (California), donde los seis incidentes de este tipo con resultado de muerte que se produjeron de enero a julio de 1999 constituyeron el total anual más elevado en diez años; San Francisco, también en California, donde los incidentes con descarga de arma de fuego (con y sin resultado de muerte) aumentaron de 2 en 1996 a 6 en 1997 y 12 en 1998,(13)y Tulsa (Oklahoma), donde las siete personas armadas contra las que disparó la policía en 1998 constituyen la cifra más elevada jamás contabilizada en esa ciudad.


Los incidentes policiales con descarga de arma de fuego también han causado preocupación en otras zonas. La fiscalía federal de Los Ángeles está investigando al menos una docena de incidentes de este tipo en siete jurisdicciones del sur de California, entre ellas el Condado de Los Ángeles, y ha aumentado el número de abogados de derechos civiles dedicados a atender estos casos ante el crecimiento del número de denuncias (véase infra). El Departamento de Justicia de Estados Unidos también está llevando a cabo una detallada investigación sobre el Departamento de Policía de Riverside (California) tras varios incidentes polémicos con descarga de arma de fuego y otras denuncias de malos tratos a personas pertenecientes a grupos minoritarios durante el último año. Entre estos casos está el de Tyisha Miller, afroamericana de 19 años que, en diciembre de 1998, recibió 12 disparos efectuados por cuatro policías de raza blanca de Riverside que la encontraron encerrada en su automóvil, al parecer inconsciente, con un arma en el regazo. Los agentes dispararon 23 veces contra el vehículo después de romper la ventanilla. Hubo denuncias de que, después del incidente, otros agentes enviados al lugar hicieron comentarios racistas. El fiscal del distrito no presentó cargos contra los agentes que dispararon contra Miller pero, tras prolongadas protestas locales, el jefe de la policía los despidió por violar las normas del departamento. Según los informes, los policías han recurrido contra el despido.


Los ocho incidentes policiales con descarga mortal de arma de fuego que se han producido en el pequeño estado nororiental de Connecticut desde septiembre de 1998 (la mayoría con personas pertenecientes a grupos minoritarios) han desembocado en protestas generalizadas de la comunidad negra. Entre los casos más destacados están el de Aquan Salmon (véase supra) y el que le costó la vida en diciembre de 1998 a un inmigrante jamaicano desarmado, Franklyn Reid, a quien, tras una breve persecución, un agente de raza blanca del Departamento de Policía de New Milford disparó a quemarropa en la nuca. Reid, a quien se buscaba por violación de la libertad condicional, ya había sido capturado y estaba de rodillas cuando recibió el disparo. Según el agente, el detenido hizo un movimiento rápido durante el cual dejó de verle las manos y fue entonces cuando le disparó. Aunque el policía autor del disparo ha sido acusado de asesinato y su juicio comenzará en noviembre de 1999, hay informes de que se ha reincorporado al servicio activo.(14)Otro caso preocupante fue el del agente de la policía de West Haven que disparó contra Victoria Cooper, que iba desarmada, causándole la muerte cuando ésta trató de huir en su vehículo de un control de tráfico rutinario, en julio de 1999. El agente afirmó que Cooper había tratado de atropellarlo.(15)En mayo de 1999, el gobernador de Connecticut pidió que una comisión estatal estudiara las investigaciones de incidentes policiales con descarga de arma de fuego fijándose en la forma de actuar en otras jurisdicciones y formulara sus recomendaciones. La comisión presentará su informe en noviembre de 1999.


Aunque los motivos para que hayan aumentado los incidentes con descarga de arma de fuego no siempre están claros, los grupos comunitarios y de derechos civiles han expresado su preocupación ante la posibilidad de que algunos agentes estén utilizando tácticas excesivamente agresivas. También preocupa que la introducción de potentes armas semiautomáticas que, a diferencia de los revólveres, disparan en rápida sucesión, aumente el riesgo de disparos injustificados, así como las muertes causadas por múltiples disparos de la policía, como en el caso de Diallo y otros. El estudio del Washington Postdescubrió que el aumento del número de incidentes policiales con descarga de arma de fuego en Washington D.C. coincidió con la llegada al departamento de nuevos agentes con un entrenamiento y supervisión inadecuados respecto al uso de la potente pistola semiautomática Glock 9mm, que el departamento comenzó a utilizar en 1988 en sustitución del revólver. Según el estudio, desde 1988 se habían producido 120 episodios de disparos accidentales con el arma, y en 1996 el 75 por ciento de los agentes no habían cumplido el curso de entrenamiento requerido cada seis meses. Según los informes, muchos otros departamentos de policía estadounidenses, entre ellos el de Nueva York, han introducido la Glock o armas semiautomáticas similares en los últimos años. El uso de estas armas pone de relieve la necesidad de un riguroso entrenamiento, tanto respecto a su manejo como respecto a tácticas más amplias que reduzcan al mínimo la necesidad de utilizar armas.

En muchas jurisdicciones estadounidenses son los fiscales locales los responsables de examinar los incidentes policiales con descarga de arma de fuego con resultado de muerte o lesiones para decidir si hay responsabilidades penales. Sin embargo, son pocos los agentes contra los que se formulan cargos y poca la información que se ofrece al público cuando los casos no van a juicio. Las investigaciones internas de la policía sobre estos incidentes no suelen estar abiertas al público e incluso no siempre se da a conocer la decisión acerca de si en el incidente se conculcaron las normas del departamento. Así es más probable que los problemas sistémicos queden ocultos, como se vio en el caso de Washington D.C. Unos cuantos departamentos de policía han aumentado la supervisión externa del proceso de revisión de los incidentes con descarga de arma de fuego. Tras el aumento del número de estos incidentes en San José, el ayuntamiento anunció en abril de 1999 que una nueva comisión revisaría todos los incidentes policiales con descarga de arma de fuego. La comisión, formada por el auditor de demandas ciudadanas y el fiscal municipal, así como personal de la policía, conservaría el carácter interno de las conclusiones sobre cada caso, aunque se harían públicos los cambios normativos que se efectuaran como resultado de su trabajo. Los incidentes con descarga de arma de fuego del Departamento de Policía de Los Ángeles son examinados por la Comisión de Policía (de carácter civil) del departamento, la cual informó a Amnistía Internacional en agosto de 1999 de que «tras la decisión final de cada incidente, los resultados de la Comisión y el informe del jefe de la policía pasan a ser documentos públicos».(16)Sin embargo, en muchos departamentos, como el Departamento de Policía de Nueva York, el proceso de revisión de los incidentes con descarga de arma de fuego, así como las conclusiones a las que se llega en cada caso, son de carácter completamente interno.


Personas sin hogar o con trastornos mentales: vulnerables ante los abusos de la policía

En Derechos para todos, Amnistía Internacional señaló el problema del uso de fuerza excesiva, en algunos casos mortal, por parte de la policía contra personas con enfermedades o trastornos mentales que podrían haber sido reducidas utilizando medidas menos drásticas. Desde entonces ha habido informes de nuevos casos, como los personas con tendencias suicidas contra quienes los agentes dispararon a pesar de que no habían lesionado a nadie excepto a sí mismas. Por ejemplo, en febrero de 1999, Ricardo Clos murió tras ser alcanzado 38 veces por los disparos de los ayudantes del sheriffde Los Ángeles. Clos se había autolesionado con un cuchillo en el cuello y su esposa había llamado a los agentes. Éstos, según los informes, dispararon cuando Clos les lanzó el cuchillo (sin llegar a alcanzarlos).(17) En abril de 1999, un hombre trastornado que se había clavado un cuchillo en el estómago cayó abatido por los disparos de la policía en San José (California) cuando se negó a entregar el cuchillo. En agosto de 1999, Gidone Busch, enfermo mental, murió al recibir 12 disparos de agentes del Departamento de Policía de Nueva York cuando blandía un martillo. El incidente originó protestas en la comunidad local, cuyos miembros se preguntaron por qué los seis agentes presentes no lo habían reducido de forma menos violenta.


En algunos incidentes, personas con tendencias suicidas han provocado abiertamente a la policía para que ésta les disparara, fenómeno que se conoce con el nombre de «suicidio por agente». A este modelo parecen corresponder varios homicidios policiales que se produjeron en Colorado en 1999. Uno fue el de un joven que, afectado al parecer por la reciente ruptura con su novia, murió abatido a disparos mientras corría hacia un policía con un cuchillo de cocina en la mano y gritando «dispárame, dispárame».(18)Un agente del mismo departamento abatió a tiros en marzo de 1999 a otro hombre perturbado que empuñaba un cuchillo (estos fueron los primeros incidentes con descarga de arma de fuego del Departamento de Policía de Northglen en cinco años). Se han denunciado numerosos incidentes similares por todo Estados Unidos.


Los disparos de un agente del Departamento de Policía de Los Ángeles que mataron en mayo de 1999 a Margaret Laverne Mitchell, una mujer de 55 años, sin hogar, débil y enferma mental, provocaron una especial preocupación en la zona. La policía afirmó que el agente había disparado a Mitchell porque ésta lo había atacado con un destornillador cuando él y otro agente la estaban interrogando acerca del carrito de supermercado que iba empujando.(19)Amnistía Internacional escribió en julio al Departamento de Policía de Los Ángeles expresando su preocupación por la desproporción entre los disparos y la amenaza a la que se enfrentaban los agentes, y deseando saber si el departamento había introducido alguna medida especial para tratar a las personas con trastornos mentales. En el momento en que se redactan estas líneas no se ha recibido ninguna respuesta. Al parecer el incidente sigue sometido a investigación.

Cada vez es más frecuente que a los agentes de policía se les pida que se ocupen de enfermos mentales o personas perturbadas, una tarea que Amnistía Internacional reconoce que a veces puede ser difícil y peligrosa.(20)Algunos departamentos de policía han puesto en marcha programas especiales de formación de los agentes para responder a este tipo de situaciones y reducir la incidencia de casos de lesiones o uso innecesario de la fuerza. El Departamento de Policía de Nueva York tiene desde hace varios años directrices para tratar con personas perturbadas, y dispone además de una Unidad de Emergencia integrada por agentes especialmente entrenados, aunque la muerte de Gidone Busch, abatido a tiros, puso en entredicho la validez de este sistema. Según un portavoz de la policía, el Departamento de Policía de Nueva York respondió en 1998 a 36.000 llamadas por casos de «personas perturbadas», una media de casi un centenar diario, pero de éstas sólo unas cuatro mil fueron atendidas por la Unidad de Emergencia.(21)


Según los estudios, uno de los programas más eficaces es el llamado Plan de Memphis, creado inicialmente por el Departamento de Policía de Memphis (Tennessee), en cuyo marco se han creado Equipos de Intervención en Caso de Crisis, compuestos por agentes que reciben una formación especial impartida por expertos en salud mental para hacer frente a situaciones de crisis y reducir la violencia. Estos agentes sólo intervienen para calmar las situaciones y llevar a las personas perturbadas a centros de salud mental especializados en crisis, en lugar de trasladarlas a comisarías. El Plan de Memphis ha sido adoptado por diversos departamentos de policía en los últimos años, como los de Albuquerque (Nuevo México), Portland (Oregón), Seattle (Washington) y Waterloo (Iowa). El Departamento de Policía de Houston (Texas) inició un programa piloto en septiembre de 1999. En el momento en que se redacta este informe, los organismos policiales del condado de Ventura (California) están trabajando en colaboración con la Junta de Salud Mental del condado para introducir el Plan de Memphis en varias ciudades del condado, como Oxnard y Ventura.(22)Propuestas similares se estudian en algunas zonas de Ohio y Florida. A juzgar por los casos de los que se tiene conocimiento y otros indicios, parece que el Plan de Memphis ha reducido el uso de medios letales y métodos de inmovilización, así como la incidencia de lesiones, tanto de los agentes como de los ciudadanos.(23)

Según un estudio hecho en enero de 1999 sobre los departamentos de policía de 194 ciudades estadounidenses de más de 100.000 habitantes, 78 contaban con algún programa especial para tratar a los enfermos mentales o personas perturbadas. Sin embargo, 96 departamentos (el 55 por ciento) no podían ofrecer ninguna respuesta especializada en estos casos.(24)Amnistía Internacional pide a las autoridades federales, estatales y locales que se aseguren de que en los programas de formación de la policía se enseña a los agentes a tratar con enfermos mentales o personas perturbadas.


La muerte de Margaret Mitchell se inscribe dentro de una serie de casos en los que se ha empleado una fuerza excesiva u otro tipo de trato cruel contra personas sin hogar por infracciones aparentemente menores. Amnistía Internacional teme que las medidas legítimas tomadas por la policía para poner en práctica iniciativas para mejorar la «calidad de vida» atajando enérgicamente los delitos menores o de orden público han hecho que algunos agentes recurran al uso de medidas de fuerza excesivas en situaciones en las que las personas sin hogar o perturbadas son especialmente vulnerables. La organización pide a los departamentos de policía que se aseguren de que se respetan los derechos humanos fundamentales de todas las personas, independientemente de su condición. A continuación se exponen algunos casos preocupantes:


En mayo de 1999, Lewis Rivera, un vagabundo que se había sentado a comer en un centro comercial de Miami, fue perseguido por cinco o seis policías que, según los testigos presenciales, lo rociaron con un pulverizador de pimienta, le propinaron patadas, lo arrojaron al suelo y lo ataron de pies y manos antes de arrastrarlo hasta un vehículo policial. Murió menos de una hora después en un calabozo de la comisaría. Según los informes, al enterarse de que había muerto, un testigo dijo: «Era un vagabundo delgado que no tenía fuerzas para enfrentarse a la policía [...] sólo estaba ahí, sentado [...] los agentes se le pusieron delante, hablándole con malos modos. Cuando volví, un minuto después, había tantos vehículos policiales que creí que habían robado un banco [...]».(25)Es el segundo vagabundo que ha muerto este año en Miami tras rociado con pimienta e inmovilizado por la policía. El anterior fue Rafael Pérez Siberio, que falleció en febrero de 1999 tras forcejear con los agentes que lo estaban deteniendo por dar saltos sobre los automóviles y «comportarse como un loco».(26)En ambos casos, Amnistía Internacional ha solicitado se la informe del resultado de la investigación oficial.


Otro caso es el de la muerte, en junio de 1998, de Antoine Reid, limpiador callejero de parabrisas de automóvil, a quien un agente del Departamento de Policía de Nueva York que no estaba de servicio le disparó en el pecho, hiriéndolo de gravedad. Reid, que estaba desarmado, había intentado limpiar el parabrisas del policía y se había negado a irse. El agente fue absuelto de los cargos de agresión e imprudencia temeraria tras ser juzgado en un juicio estatal sin jurado en junio de 1999, pero puede ser sometido a medidas disciplinarias. En mayo de 1998, el estado presentó cargos (no disputados) contra dos agentes de la Patrulla de Vigilancia de las Autopistas Californianas, acusándolos de detención ilegal y amenazas contra un vagabundo que limpiaba parabrisas. En el acta de acusación se afirmaba que los agentes habían llevado al hombre en tres ocasiones a un lugar remoto, abandonándolo luego tras amenazarlo y rociarlo con pimienta como castigo.


En julio de 1999, Amnistía Internacional escribió a las autoridades para expresar su preocupación por los informes sobre el incidente con disparos de la policía que en junio de 1999 acabó con la vida de un hombre sin hogar durante un enfrentamiento con los ayudantes del sheriffdel condado de Alameda. Al parecer, el hombre, que iba desarmado y caminaba lentamente por la acera cubierto de harapos, continuó avanzando hacia los agentes cuando éstos le ordenaron que se detuviera, y los agentes le dispararon. En el momento en que se redacta este informe, Amnistía Internacional no ha recibido respuesta a sus preguntas sobre el caso.(27)


Técnicas de inmovilización peligrosas


Muchos detenidos han muerto bajo custodia por asfixia al haber sido puestos en una postura que impide la respiración. Hay factores que pueden precipitar la asfixia debida a la postura, como la colocación del detenido boca abajo durante la inmovilización, especialmente si éste se resiste, está obeso o bajo el efecto de drogas. El Instituto Nacional de Justicia y otros organismos han publicado directrices advirtiendo del especial peligro que presenta «el amarre de cerdo», técnica de inmovilización que consiste en atar al detenido por la espalda, sujetándole los tobillos a las muñecas.(28)Varios departamentos de policía, como el de Los Ángeles y el de Nueva York, han prohibido el uso de esta técnica, pero otros siguen autorizándolo y continúan registrándose muertes.


Por ejemplo, según los informes, Dwayne Nelson murió en septiembre de 1998 tras haberle aplicado unos ayudantes del sheriffdel condado de Los Ángeles una técnica de inmovilización conocida como TARP, Total Appendage Restraint Procedure, Procedimiento de Inmovilización Total de Miembros/Extremidades, variantedel «amarre de cerdo», para trasladarlo a la cárcel. Nelson quedó inconsciente ya en el vehículo patrulla y murió en el hospital menos de dos horas después.(29)El Departamento de Policía de San José prohibió el uso del TARP en septiembre de 1998, después de la muerte de un hombre que había sido atado de pies y manos por siete agentes para inmovilizarlo. En enero de 1999, Luis Enrique Hernández, latino, murió tras haber sido sometido al «amarre de cerdo» por unos agentes del Departamento de Policía de Fort Worth (Texas) que no respetaron la norma del departamento que prohíbe usar esta técnica de inmovilización. Los agentes implicados fueron despedidos, al igual que otros dos que, según los informes, trataron de encubrirlos mintiendo a los investigadores.(30)


También han muerto por asfixia causada por la postura algunos detenidos cuando los agentes se han arrodillado sobre ellos o los han obligado a permanecer boca abajo en el suelo. Uno de ellos fue Danny Smith, recluso enfermo mental que murió al forcejear con unos ayudantes del sheriffen la cárcel Twin Towers del condado de Los Ángeles en agosto de 1998. El pesquisidor (funcionario judicial encargado de investigar las muertes ocurridas en circunstancias inusitadas) señaló una «probable asfixia causada por la postura» como factor coadyuvante a su muerte. Según informó en marzo de 1999 un periódico de Chicago, entre enero de 1990 y septiembre de 1998, en el condado de Cook se habían producido 14 muertes bajo custodia relacionadas con técnicas de inmovilización en las que los detenidos se habían asfixiado durante el forcejeo con los agentes (aunque en algunos casos también había sido un factor coadyuvante la intoxicación por cocaína).(31)En junio de 1999, Gregory Riley murió tras forcejear con policías de Chicago que iban a detenerlo por drogas. La oficina del pesquisidor del condado de Cook estableció como causa de la muerte «asfixia provocada por la compresión del cuello y el pecho» y consideró que se trataba de un homicidio. (El caso aún está siendo investigado cuando se redacta este informe.) Hay departamentos de policía que siguen permitiendo el uso de las llaves de presa en las que se aplica presión en el cuello, a pesar del riesgo que suponen. Por ejemplo, el Departamento de Policía de Dallas permite su uso, a pesar de que, según los informes, un hombre acusado de exhibicionismo murió allí en septiembre de 1998 tras ser rociado con gas lacrimógeno y aplicársele este tipo de llave.(32)


También hay informes de muertes de detenidos tras someterlos a varias técnicas de inmovilización y otras medidas de fuerza:


Danny Dunn, hombre de raza blanca con problemas mentales detenido por embriaguez, murió poco después de forcejear con unos agentes en una celda acolchada de la cárcel del condado de Kern (California), en febrero de 1999. Según los informes, tres ayudantes del sheriff entraron a la celda para inmovilizarlo, pues «daba grandes voces y se mostraba belicoso». Según la información recibida por Amnistía Internacional, uno de los agentes lo roció con pimienta, mientras otro le «colocaba» el pie sobre el pecho y le aplicaba una llave de presa con presión en la carótida. A continuación lo arrastraron hasta la entrada, donde volvieron a aplicarle una llave de presa en el cuello con el peso de un agente sobre él. Unas seis horas después de su detención ingresaba muerto en un hospital. Según el abogado de Dunn, el día anterior el fallecido se había visto implicado en un accidente de bicicleta a consecuencia del cual había solicitado atención hospitalaria, y en el hospital le habían diagnosticado conmoción cerebral. También lo habían examinado por rayos X sin encontrar fracturas.


El informe de la autopsia de Dunn señaló que la causa de la muerte había sido una hemorragia interna por desgarro del hígado a consecuencia de «trauma producido por compresión del abdomen» debido a un «estado hiperexcitable atribuible a un forcejeo extremo con la policía». El informe también señalaba fracturas recientes, tres de costillas y una de cráneo. Se consideró que la muerte había sido «accidental».


Dos peritos técnicos que examinaron por separado el informe de la autopsia para Amnistía Internacional concluyeron que se trataba de un caso muy inquietante. Ambos se mostraron de acuerdo con la causa de la muerte que consta en el informe y con la conclusión de que la muerte de Danny Dunn se produjo minutos después de sufrir las lesiones hepáticas. Sin embargo, ambos observaron que la causa de estas lesiones sólo pudo haber sido un gran traumatismo en el abdomen producido por un objeto contundente durante el tiempo que Dunn estuvo bajo custodia. Lo único que pudo haber originado lesiones tan traumáticas fue su forcejeo con los agentes, y ambos llegaron a la conclusión de que sin duda los agentes habían propinado fuertes patadas a Dunn en el estómago. Por consiguiente, disintieron de la conclusión de que la muerte había sido «accidental» y afirmaron que eran precisas más investigaciones. Uno de los peritos preguntó por qué inmovilizaron a Dunn, que ya se encontraba en una celda acolchada donde es de suponer que no había peligro de que se hiciera daño o se lo hiciera a otras personas.


Amnistía Internacional continúa pendiente de la evolución de este caso y sigue pidiendo una investigación completa sobre la muerte de Danny Dunn.


En enero de 1999, Michael Labmeier murió en la cárcel del condado de Kenton (Kentucky) tras ser rociado con pimienta y posiblemente sometido a las descargas eléctricas de un escudo paralizante de electrochoque, así como al «amarre de cerdo».(33)


Pulverizadores de pimienta OC


En Derechos para todos, Amnistía Internacional expresó también su preocupación por el pulverizador de pimienta OC, que los departamentos de policía de Estados Unidos utilizan ampliamente desde comienzos de la década actual. El pulverizador contiene una sustancia inflamatoria, la oleorresina capsicum (OC), que se extrae de los pimientos de cayena e inflama las mucosas, provocando ardor en los ojos e incluso parálisis temporal de la laringe, con náuseas y asfixia. Aunque este pulverizador se ha promovido como una alternativa, más segura y efectiva, al macis químico y a las armas de impacto para reducir a los detenidos que se resisten, varios estudios han advertido sobre el peligro de muerte o de efectos nocivos para la salud que entraña su uso. Las investigaciones indican que el pulverizador de pimienta puede resultar especialmente dañino en personas agitadas y bajo el efecto de drogas como la cocaína, o personas con problemas respiratorios causados por asma o enfermedades cardíacas. Si bien no hay estadísticas nacionales, hay informes de que al menos 70 personas han muerto en Estados Unidos tras ser rociadas con un pulverizador de pimienta OC mientras se las detenía o estaban bajo custodia. La mayoría de estas muertes se han atribuido a otros factores, como intoxicación por drogas, asfixia causada por la postura o causas desconocidas, pero se teme que el pulverizador pueda haber contribuido en algunos casos.


En agosto de 1999, el Departamento de Policía de Tucson (Arizona) suspendió el uso del pulverizador de pimienta OC tras la muerte de un detenido y la hospitalización de otro. El 8 de agosto, unos agentes del departamento rociaron a Tyrone Johnson (ex estrella de fútbol americano en la liga de enseñanza secundaria) con un pulverizador de pimienta y lo golpearon con porras cuando intentó huir al ser detenido. Johnson murió. Según las noticias aparecidas en prensa, la policía y los testigos presenciales confirmaron que Johnson dijo que era asmático mientras los agentes de la policía y del departamento de bomberos trataban de eliminar el efecto del pulverizador utilizando una manguera. Johnson murió 45 minutos después en la ambulancia que lo trasladaba al hospital. En agosto de 1999 aún no se había determinado definitivamente la causa de la muerte.(34)Ocho días después, un hombre de Tucson de 24 años tuvo que ser trasladado de urgencia al hospital echando espuma por la boca y con síntomas de asfixia a los pocos minutos de haber sido rociado con el pulverizador. El jefe de la policía declaró que quería «garantías razonables de que el pulverizador de pimienta es seguro antes de volver a sacarlo a la calle».(35)


No obstante, muchos departamentos de policía de Estados Unidos continúan utilizando el pulverizador, y en 1999 ha habido informes de otras muertes, como las de dos vagabundos en Miami (Florida) (véase supra) y la de Daniel Ramírez, de 21 años, fallecido en junio de 1999, media hora después de ser perseguido, rociado con un pulverizador de pimienta y esposado por la policía de Los Ángeles. En el caso de Ramírez se estableció como causa de la muerte «asfixia» e «intoxicación por cocaína», y la muerte se consideró «accidental».(36)En abril de 1999, Earl Faison, presunto implicado en los disparos que causaron la muerte de un policía, murió bajo custodia policial en Nueva Jersey, al parecer tras ser golpeado y rociado con pimienta por unos agentes de la ciudad de Orange. Según parece, un policía dijo a los investigadores federales que Faison (que era asmático) fue rociado en la boca y la nariz mientras lo mantenían esposado en una escalera de la jefatura de policía. En el momento en que se redacta este informe el caso aún está bajo investigación federal. Amnistía Internacional ha recibido otros informes sobre el uso abusivo o inadecuado de los pulverizadores de pimienta OC. Por ejemplo, algunos detenidos han sido rociados varias veces, a pesar de las advertencias de que una exposición excesiva a este tipo de pulverizadores entraña graves riesgos para la salud. También es preocupante el hecho de que, aplicado a personas con perturbaciones mentales o bajo el efecto de drogas, el pulverizador puede resultar ineficaz e incluso puede incrementar su agitación.(37)

A Amnistía Internacional le preocupa que, si bien algunos departamentos sólo autorizan el uso del pulverizador de pimienta OC contra detenidos que se resisten con violencia, otros tienen normas menos estrictas y permiten a sus agentes utilizarlo habitualmente cuando los detenidos no obedecen u ofrecen resistencia pasiva. Su uso en estas circunstancias parece conculcar las normas internacionales, que disponen que sólo se recurra a la fuerza en última instancia y de forma proporcional a la amenaza. Por ejemplo, un artículo del Miami Heraldpublicado en junio de 1999 informa de que la policía de Miami utilizó el pulverizador «sobre todo para detener a personas no violentas que no obedecieron órdenes sencillas».(38)Entre los casos en los que el pulverizador de pimienta OC parece haber sido utilizado inadecuadamente figura el de una mujer de raza negra, de 77 años de edad, a quien unos agentes de la policía de Virginia rociaron en noviembre de 1998 mientras la sacaban a rastras de su vehículo durante una discusión por una infracción menor de tráfico.(39)También se ha usado el pulverizador de pimienta OC contra manifestantes no violentos. Por ejemplo, según los informes, en abril de 1997, unos agentes del Departamento de Policía del distrito de la Universidad de California golpearon y rociaron a unos estudiantes que estaban ocupando pacíficamente un edificio universitario en Berkeley (California). Los agentes golpearon con porras a los estudiantes, que yacían en el suelo, y rociaron a varios de ellos con pimienta a corta distancia de la cara, así como a la muchedumbre que se encontraba en el lugar. Según los informes, al menos dos personas sufrieron ataques de asma (además de otras lesiones) a consecuencia de esta actuación.(40)


En octubre de 1997, los ayudantes del sheriffdel condado de Humboldt (California) untaron directamente con pimienta OC líquida los ojos de manifestantes encerrados para protestar pacíficamente contra las actividades de las empresas madereras, acto que Amnistía Internacional condenó por ser deliberadamente cruel y equiparable a una tortura. En octubre de 1998, un juez federal desestimó una demanda civil presentada por los manifestantes, que solicitaban un mandamiento judicial que pusiera fin a esta práctica, basándose en que sólo ocasionaba un «dolor transitorio». Ese mismo mes, ayudantes del sheriffdel mismo condado habían vuelto a utilizar este método para obligar a desencadenarse a cuatro mujeres que protestaban por las actividades de las empresas madereras. En septiembre de 1999 aún estaba pendiente el recurso presentado ante la Corte de Apelación del Noveno Circuito contra esta decisión del juez federal.


Las normas internacionales fomentan el uso de armas no letales a fin de disminuir el riesgo de muerte o lesiones inherente al uso de armas de fuego u otras armas potencialmente letales. Estas mismas normas afirman que dichas armas deben ser sometidas a una «cuidadosa evaluación» y que «se controlará con todo cuidado [su] uso [...]». No parece ser éste el caso del pulverizador de pimienta en Estados Unidos, donde no hay un control sistemático de su uso ni a nivel de estado ni nacional. Además, las normas sobre el uso del pulverizador parecen variar mucho y en algunos casos son mucho menos estrictas que en otros. Algunos organismos, por ejemplo, exigen la hospitalización o al menos el examen médico inmediato de las personas rociadas con pimienta,(41)mientras que otros no. Por ejemplo, las directrices del Departamento del Sheriffdel condado de Kern (California) señalan expresamente que «no es necesario someter siempre a examen médico a toda persona rociada con OC» , señalando que los síntomas de «inflamación y descarga de las mucosas» y «tos y falta de aliento» desaparecen de forma natural en unos 45 minutos, durante los cuales no suele ser necesario ningún tratamiento médico. Esto es particularmente preocupante, ya que muchas personas pueden morir repentinamente en bastante menos tiempo.


Cinturones paralizantes de electrochoque


Los cinturones paralizantes de electrochoque operados con mando a distancia, que pueden infligir un gran dolor y provocar la incapacitación instantánea mediante una descarga eléctrica de 50.000 voltios con sólo apretar un botón, son utilizados por los organismos encargados de hacer cumplir las leyes en más de un centenar de jurisdicciones de Estados Unidos (incluidos los departamentos de prisiones estatales y los organismos locales de policía o sheriff). Estos dispositivos se usan principalmente para inmovilizar a los presos durante su traslado y en la sala del juicio. Amnistía Internacional considera que el uso de cinturones paralizantes de electrochoque, aunque no lleguen a activarse, es de por sí cruel y degradante, y ha pedido su prohibición.(42)En enero de 1999, un juez federal dictó un mandamiento cautelar prohibiendo que se utilizara en los tribunales del condado de Los Ángeles en respuesta a la decisión de otro juez de activar el cinturón de un acusado, Ronnie Hawkins, cuando éste interrumpió varias veces al juez durante la vista de determinación de su condena. El tribunal federal dictaminó que el «escalofriante efecto» del temor a ser sometido al dolor de una descarga de 50.000 voltios puede inhibir a un acusado hasta el punto de poner en peligro su defensa. Amnistía Internacional presentó al tribunal un informe amicus curiaeen apoyo de la afirmación de Hawkins según el cual la activación del cinturón en su caso había sido un acto de tortura que había violado el derecho internacional. El condado de Los Ángeles recurrió contra el dictamen y en el momento en que se redactan estas líneas el recurso está aún pendiente de resolución. Entretanto, el cinturón continúa utilizándose en otras jurisdicciones estadounidenses (entre ellas al menos otros 17 condados de California).


Uso indebido de los perros policía


Amnistía Internacional ha recibido inquietantes informes sobre el uso de perros policía para atacar y morder sin necesidad a los sospechosos en varias jurisdicciones. En febrero de 1999, Roy Lynn Weeaks resultó herido de gravedad (entre otras lesiones, pene casi cercenado) al ser mordido en los genitales por un perro perteneciente a la unidad canina del Departamento de Policía de Bakersfield (California). La policía afirma que Weeaks estaba huyendo cuando el cuidador soltó al perro, pero hay testigos que aseguran que se había entregado y yacía boca abajo en el suelo cuando el agente ordenó al perro que atacara. (La fiscalía municipal se negó a facilitar la información solicitada al departamento por Amnistía Internacional acerca del resultado de su investigación sobre el caso, alegando que se trataba de información «protegida» según las leyes del estado. Hay una demanda civil pendiente de resolución.) En julio de 1998, una mujer perturbada, de quien se sospechaba que había matado a su hijo, fue atacada por un perro policía del Departamento de Policía de Sacramento. La mujer estaba acostada y aparentemente inconsciente en la cama de un motel. El informe de la policía confirma que los agentes no llamaron al perro hasta que la mujer, a quien el animal mordió profundamente en el muslo, estuvo esposada. También hay informes de sospechosos que no ofrecían resistencia y fueron mordidos por perros de las unidades caninas del Departamento de Policía de Sacramento y del Departamento delSheriffde Sacramento. En marzo de 1998, unos ayudantes del sheriffdel condado de Frederick (Maryland) detuvieron a un hombre (que luego resultó estar en shock hipoglucémico) por conducir erráticamente en sentido contrario y, según los informes, lo golpearon, lo rociaron con pimienta y permitieron que un perro lo mordiera repetidamente, sin ordenar al animal que entrara al vehículo policial hasta que él mismo paró. Según los informes, el hombre presentaba mordeduras en los brazos y en el muslo derecho.


En junio de 1999, el FBI inició una investigación sobre la presunta brutalidad sistemática de la unidad canina del Departamento de Policía del Condado de Prince George (Maryland) tras más de una docena de casos de mordeduras y lesiones graves infligidas por perros policía a sospechosos que no ofrecían resistencia, entre ellos varios adolescentes. Según las demandas civiles presentadas, al menos en cuatro incidentes los agentes ordenaron a los perros que mordieran a las víctimas cuando éstas ya habían sido reducidas.(43)Posteriormente, el departamento anunció que revisaría sus normas y adiestraría a los perros para «ladrar y guardar» y no para atacar y morder a los sospechosos. Según los informes, el Departamento de Policía de Los Ángeles registró un descenso en las lesiones por mordedura de perro tras introducir unas normas similares en 1992. Sin embargo, al parecer varios departamentos continúan adiestrando perros para morder siempre a los sospechosos durante registros o detenciones.(44)Amnistía Internacional considera que estas prácticas son una vía abierta a los abusos y pide que todas las instituciones policiales introduzcan políticas caninas estrictas para reducir al mínimo los daños y lesiones, de acuerdo a las normas internacionales sobre el uso de la fuerza. Asimismo, solicita que todos los departamentos policiales exijan un riguroso procedimiento de presentación de informes sobre los incidentes en los que se utilizan perros y los casos en los que los sospechosos resultan heridos.


Presuntos abusos contra gays,lesbianas, bisexuales y transexuales


Ha habido informes de brutalidad u hostigamiento policial de homosexuales y transexuales. Amnistía Internacional ha recibido denuncias según las cuales los agentes del Departamento de Policía de Nueva York emplearon innecesariamente la fuerza contra manifestantes pacíficos que asistían a una concentración organizada en octubre de 1998 por activistas homosexuales para protestar contra el asesinato homofóbico de Matthew Shepard (estudiante gay a quien dos hombres mataron en Wyoming). Las autoridades de Nueva York negaron que la actuación de la policía hubiera sido inadecuada.(45)No obstante, en 1999 los representantes legales de participantes en la manifestación presentaron sus demandas ante la Junta Civil de Revisión de Denuncias basándose en declaraciones juradas sobre 70 incidentes ocurridos durante y después de la manifestación. Se denunciaban, entre otras cosas, la denegación de medicación específica a algunos de los seropositivos detenidos, así como la falta de acceso a alimentos, agua y aseos y las agresiones físicas y los insultos (epítetos homofóbicos) que algunos manifestantes sufrieron por parte de los agentes. Al parecer algunos de éstos llevaban tapadas sus placas de identificación. La Junta Civil de Revisión de Denuncias sigue investigando el caso en el momento en que se redacta este informe.


El 24 de noviembre de 1998, dos agentes del Departamento de Policía de Nueva York que acudieron al Bronx en respuesta a una petición telefónica de atención médica de emergencia al parecer agredieron a la transexual JoLea Lamor.(46)La versión de los testigos, que no coincide con la de la policía, es que los agentes la insultaron y la empujaron contra la pared cuando descubrieron que era transexual. En el apartamento entraron muchos agentes y la familia fue rociada con pulverizador de macis. La familia presentó una demanda civil por la actuación de la policía.


Las organizaciones estadounidenses que se ocupan de los incidentes de violencia contra homosexuales, bisexuales y transexuales señalan que en 1998 recibieron información sobre 51 incidentes documentados de este tipo protagonizados por funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en Estados Unidos (comparados con 42 en 1997).(47)


Siguen recibiéndose informes de la aplicación selectiva de las leyes a los miembros de la comunidad gayy denuncias de incitación al delito por parte de los agentes de la ley (véase el apartado «Homosexuales» del informe Derechos para todos). En el momento en que se redactan estas líneas, Amnistía Internacional estaba investigando ciertas denuncias según las cuales en algunas jurisdicciones (como Estancias, en California) agentes secretos de la policía han intentado detener injustamente a gaysinsinuándoseles para luego acusarlos de conducta lasciva. Según una organización estadounidense que se dedica a seguir estos incidentes, en 1998 la cifra de episodios de incitación al delito por parte de la policía fue un 67 por ciento mayor que el año anterior, y el mayor número de informes se dio en San Francisco, Detroit y Minnesota.(48)


5. NECESIDAD DE TOMAR MEDIDAS, EXIGIR RESPONSABILIDADES Y SUPERVISAR


Procesamientos


En lo que va de año, varios policías han sido declarados culpables o están en espera de juicio por uso excesivo de la fuerza en varios casos muy publicitados. En mayo de 1999, un agente se declaró culpable de violar los derechos civiles de Abner Louima por introducirle por el ano un palo de escoba roto en los aseos de una comisaría en 1997. En junio de 1999, un jurado federal declaró culpable de torturas al agente que sujetó a Louima durante la agresión. En el momento que se redacta este informe, ambos agentes están bajo custodia federal aguardando la sentencia. En octubre de 1998, un juez federal condenó a un ex agente del Departamento de Policía de Nueva York a siete años y medio de cárcel por violar los derechos civiles de Anthony Báez, que murió asfixiado durante un enfrentamiento con unos agentes en 1994. Sin embargo, este tipo de casos siguen siendo raros y continúa imperando el «código de silencio»: los agentes se niegan a testificar contra sus compañeros o encubren casos de conducta indebida, dificultando así las investigaciones.(49)Los grupos de presión en favor de los derechos civiles afirman que los fiscales locales son menos diligentes a la hora de formular cargos contra policías porque dependen de la cooperación policial en otros casos. Un informe sobre la actividad policial en Los Ángeles publicado en mayo de 1999 por la Comisión de Derechos Civiles de Estados Unidos opinaba parecido cuando pedía la designación de un fiscal especial para casos de abuso a manos de agentes de policía, señalando la escasa frecuencia con que estos casos acababan en los tribunales.


La escasez de procesamientos estatales se ha visto compensada en algunas zonas con la asignación de más recursos para emprender acciones judiciales federales por violación de los derechos civiles. En julio de 1999 se anunció que en la Oficina de la Fiscalía Federal en Los Ángeles se había creado una división especial dedicada a los derechos civiles para hacer frente al aumento de las demandas por violación de estos derechos que se investigan en el sur de California. Según los informes, la oficina estaba considerando la posibilidad de presentar cargos por violación de los derechos civiles en al menos 12 incidentes con descarga de arma de fuego en Los Ángeles y en condados vecinos. En la ciudad de Nueva York, algunas de las penas más severas impuestas a agentes de policía han sido consecuencia de procesamientos federales, no estatales.


Los procesamientos federales de funcionarios encargados de hacer cumplir la ley también han aumentado a nivel nacional. Según un estudio reciente, el número de estos funcionarios que están en cárceles federales ha aumentado más de un 500 por ciento en los últimos cinco años, pasando de 107 en 1994 a 655 en junio de 1999.(50)Si bien en la mayor parte de los casos los agentes fueron juzgados por corrupción, el número de agentes procesados por uso de fuerza excesiva también se elevó. Según los informes, en 1998 el Departamento de Justicia formuló cargos contra 74 agentes por uso de fuerza excesiva, cifra sin precedentes en doce años. Sin embargo, esta cantidad es sólo una pequeña fracción de las miles de denuncias sobre brutalidad policial que recibe cada año el Departamento. Hay informes de que el gobierno de Clinton ha pedido más dinero en el presupuesto del próximo año para contratar a 16 fiscales más para el Departamento de Justicia que se ocuparán únicamente de casos policiales.


El Departamento de Justicia también hace cada vez más uso de las facultades que le confiere una ley de 1994 para investigar si en los departamentos de policía o del sheriffse observan «prácticas reiteradas» de violación de derechos civiles (por ejemplo, no evitan sistemáticamente la brutalidad policial, el racismo u otros abusos) y para procesar a fin de conseguir cambios.(51)En la mayoría de los casos, el Departamento de Justicia intenta conseguir una avenencia aprobada por el juez («sentencia acordada») con los organismos investigados sin llegar a un juicio completo. En el momento en que se redactan estas líneas, hay informes de que el Departamento está investigando al menos 10 organismos policiales u oficinas de sheriffde todo el país, entre ellas el Departamento de Policía de Nueva York. Sin embargo, el proceso es largo y lento. A finales de agosto de 1999, el número de sentencias acordadas conseguidas era de sólo dos (Pittsburgh, en 1997 y Steuvenville, Ohio, en 1998), aunque estaban en marcha minuciosas negociaciones con varios departamentos más.


Medidas disciplina rias


Aunque algunos policías han sido despedidos tras investigaciones internas (a menudo en casos muy publicitados), muchos continúan sin recibir las correspondientes sanciones disciplinarias. En la ciudad de Nueva York, por ejemplo, ha habido persistentes denuncias sobre los pocos casos de abuso policial que generan sanciones disciplinarias, aun en casos de denuncias confirmadas por la Junta Civil de Revisión de Denuncias. En 1998, la Junta consideró justificadas 300 demandas, pero fueron menos de la mitad los casos en los que el departamento correspondiente tomó medidas disciplinarias. En su informe de 1998, la Junta expresó su preocupación porque «el Departamento de Policía ha rehusado facilitar a la Junta Civil de Revisión de Denuncias información detallada sobre los motivos por los cuales los casos se han resuelto sin sanciones disciplinarias».(52)El mal historial disciplinario del Departamento de Policía de Nueva York en casos de uso de fuerza excesiva podría ser uno de los factores de una posible demanda por «prácticas reiteradas» que actualmente estudia el Departamento de Justicia.


Los agentes de policía disponen de toda una gama de procedimientos de protección (habitualmente negociados con sus sindicatos), como por ejemplo la existencia de procesos de apelación con múltiples instancias, que pueden malograr los esfuerzos por imponer medidas disciplinarias. Por ejemplo, más de la mitad de los agentes que el ex jefe del Departamento de Policía de Chicago trató de despedir durante sus cinco años en el puesto fueron absueltos o vieron reducidas sus condenas por el Consejo de la Policía de Chicago (órgano administrativo que ve los casos).(53)La dificultad de mantener unas fuertes medidas disciplinarias queda ilustrada por el caso de 14 agentes del Departamento de Policía de Virginia Beach (Virginia) implicados en el incidente de disparos en el que murió Bruce Quagliato en 1997. Quagliato, que circulaba desarmado en su vehículo, recibió 12 disparos de los más de 60 que la policía efectuó contra el automóvil tras perseguirlo a poca velocidad. Los agentes quedaron exonerados de responsabilidad penal, pero una investigación interna de la policía recomendó el despido de varios de ellos y la degradación o la suspensión de otros por violar las normas del departamento. El jefe de la policía se negó a despedir a ninguno y les aplicó unas medidas disciplinarias mucho más suaves. Los 14 agentes recurrieron ante el jefe de la administración municipal, que suavizó aún más los castigos, de modo que ninguno de ellos fue suspendido durante más de una semana. Siete de los agentes volvieron a recurrir contra las sanciones rebajadas en junio de 1999. Mientras tanto, el ayuntamiento pagó 350.000 dólares a los familiares de Quagliato, que retiraron la demanda.(54)


Control y seguimiento de los agentes objeto de denuncias reiteradas


Algunos departamentos han elaborado sistemas de control informatizado concebidos para hacer un seguimiento de la actuación de los agentes e identificar a los que son objeto de denuncias reiteradas por conducta indebida. Estos sistemas se denominan «de alerta temprana». Los departamentos de policía de Pittsburgh y Steubenville acordaron establecer sistemas de este tipo en las sentencias acordadas con el Departamento de Justicia (véase supra). Sin embargo, no todos los organismos policiales mantienen sistemáticamente esta información. El Departamento de Policía de Chicago introdujo en 1994 un avanzado sistema de control informatizado que dejó de utilizarse, en parte por presiones sindicales. Según los informes, toda la información, almacenada en una unidad de disco, se borró, y el departamento sustituyó el sistema por otro menos avanzado, orientado sobre todo a detectar a los agentes implicados en delitos de narcotráfico, más que de brutalidad.(55)


Tras la muerte del adolescente Donta Dawson (véase supra) en un incidente de disparos y el descubrimiento de que el agente implicado tenía 11 denuncias anteriores, algunas por uso de fuerza excesiva, y que en 1996 había sido suspendido del servicio junto con otros siete agentes durante 10 días en relación con la muerte de un hombre tras una pelea con la policía en 1994, volvió a pedirse al Departamento de Policía de Filadelfia que creara un programa para identificar a los agentes potencialmente problemáticos.(56)El caso Dawson es uno de los muchos ejemplos en que agentes implicados en incidentes con descarga de arma de fuego polémicos o casos de brutalidad han resultado tener un historial de denuncias reiteradas, situación que pone de relieve la necesidad de sistemas de control adecuados.(57)


Supervisión externa


Como se señaló en Derechos para todos, cada vez son más los departamentos de policía estadounidenses que cuentan con alguna forma de supervisión externa, aunque los mecanismos varían en competencias y eficacia, desde las juntas civiles de revisión de denuncias, con facultades para investigar de forma independiente las denuncias contra la policía, a los ombudsmeno defensores de los ciudadanos que revisan los procedimientos y la actuación interna de la policía.


Entre las ciudades que instituyeron algún mecanismo de revisión externa para su policía en el último año figura Sacramento, que hasta entonces era la mayor ciudad de California (y la sexta de Estados Unidos) que carecía de alguna forma de supervisión externa de la policía. Siguiendo las recomendaciones de una comisión especial designada para examinar cuestiones policiales(58), el ayuntamiento designó un «revisor de denuncias ciudadanas» con competencias para revisar las investigaciones de las denuncias de los ciudadanos, tanto las que están en curso como ya concluidas. Sin embargo, el proceso de investigación propiamente dicho continúa en manos de la policía. El revisor, que comenzará su labor en agosto de 1999, no tiene poderes de citación ni de investigación independiente y aún está por ver si su actuación será eficaz. El comité de Sacramento también recomendó que el ayuntamiento y el departamento de policía facilitaran más información al público sobre la resolución de las denuncias, señalando que, aunque las leyes de California limitan la información que puede revelarse sobre denuncias concretas, el departamento de policía podría publicar los resultados generales de sus investigaciones sobre denuncias ciudadanas desglosadas por categorías (por ejemplo, uso de fuerza excesiva, malos modos y racismo) y los tipos de sanciones impuestos en las denuncias fundadas.


Otras ciudades que están planteándose establecer órganos civiles de supervisión cuando se redactan estas líneas son Austin (Texas) y Seattle (Washington). En Washington D.C. está en marcha la reimplantación de una junta civil de revisión que dejó de funcionar hace algunos años.


Recopilación de información de ámbito nacional sobre el uso de la fuerza por la policía


Las organizaciones de derechos civiles y los expertos en temas policiales llevan mucho tiempo expresando preocupación por la falta de información exacta y amplia de ámbito nacional sobre el uso de la fuerza por la policía, con datos sobre incidentes con descarga de arma de fuego y otras muertes o lesiones ocurridas bajo custodia. Incluso en el ámbito estatal estos datos no suelen existir, ya que los departamentos de policía locales son los que se encargan del mantenimiento de sus propios registros (los que disponen de ellos) y hay pocos sistemas de elaboración de informes a nivel estatal. Amnistía Internacional cree que tal información es fundamental para que las autoridades puedan examinar las prácticas, tomar medidas correctoras donde se observan constantes preocupantes y exigir públicamente responsabilidades a la policía.


La Ley de Responsabilidad de la Policía, incorporada a la Ley de Control de la Delincuencia Violenta y Cumplimiento de la Ley, de 1994, intentó solucionar esta carencia disponiendo que el fiscal general recopilara, con fines estadísticos y de investigación, datos nacionales sobre el uso de fuerza excesiva por parte de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, y publicara un resumen anual de esta información. Sin embargo, el Congreso, aunque aprobó esta legislación, no ha facilitado financiación para aplicar la medida. Por otro lado, la ley no exige que los organismos locales de policía lleven sus propios registros sobre el uso de la fuerza ni que remitan los datos al Departamento de Justicia. En consecuencia, cualquier sistema de recogida de información depende actualmente de la cooperación voluntaria de los organismos policiales.


En un discurso pronunciado en abril de 1999, la fiscal general Janet Reno reconoció que el gobierno necesitaba «recopilar información que ayudara a determinar el alcance del problema» del uso excesivo de la fuerza. Reno afirmó que el Departamento de Justicia había intentado elaborar sistemas de recogida de datos, como dispone la ley de 1994, pero «como los departamentos de policía no suelen llevar este tipo de registros y no están obligados a transmitir a las autoridades federales estadísticas sobre el uso de la fuerza que hacen los agentes, hemos tenido un éxito muy limitado a la hora de recopilar información».


La fiscal general anunció asimismo que en el futuro las autoridades tratarán de conseguir esta información a través de la Encuesta Nacional a Víctimas de Delitos, incluyendo en ella preguntas sobre el uso de la fuerza por la policía.(59)En junio de 1999, las autoridades afirmaron que también incluirían preguntas sobre las experiencias de los ciudadanos en los controles de tráfico.

Si bien se trata de una iniciativa útil, Amnistía Internacional no cree que sea una alternativa adecuada a un sistema integral nacional de elaboración y presentación de informes sobre el uso de la fuerza por parte de la policía, que permitiría al Departamento de Justicia llevar a cabo el tipo de análisis que exige la Ley de Responsabilidad de la Policía. Amnistía Internacional cree que a los departamentos de policía debe exigírseles (mediante legislación o incentivos de financiación) que informen sobre los incidentes con descarga de arma de fuego, las muertes y lesiones bajo custodia y demás uso de la fuerza, y que estos datos deben ser recogidos y analizados a nivel estatal y nacional.




6. RECOMENDACIONES


En Derechos para todos, Amnistía Internacional formulaba una serie de recomendaciones detalladas a las autoridades federales, estatales y locales para combatir los abusos policiales. A continuación se resumen estas recomendaciones, y se añaden otras adicionales:


1. Las autoridades estatales, federales y locales deben asegurar que no se tolerarán abusos, como la tortura, la brutalidad y otros tipos de uso de fuerza excesiva, por parte de agentes policiales; que se hará responsables de sus actos a los agentes y que los responsables de abusos comparecerán ante la justicia.


2. Los códigos de conducta de la policía y la formación de los funcionarios policiales deberán incorporar plenamente las normas internacionales de derechos humanos relativas al uso de la fuerza y de armas de fuego y a la prohibición de la tortura, los malos tratos y los tratos discriminatorios. Estas normas serán de estricto cumplimiento.


3. El Ejecutivo deberá pedir, y el Congreso deberá facilitar, financiación adecuada para que el Departamento de Justicia pueda cumplir lo establecido en las disposiciones de la Ley de Responsabilidad de la Policía (integrada en la Ley de Control de la Delincuencia Violenta y del Cumplimiento de la Ley de 1994): recabar, publicar y analizar regularmente datos nacionales sobre el uso excesivo de la fuerza por la policía (incluidos todos los incidentes con descarga de arma de fuego con resultado de muerte, y de muerte bajo custodia). El Departamento de Justicia también deberá contar con los medios adecuados para continuar con su tarea de entablar acciones judiciales por «prácticas reiteradas» contra los departamentos policiales que cometan abusos generalizados o sistemáticos.


4. Los fiscales federales de todas las jurisdicciones de Estados Unidos deberán contar con fondos para incrementar las investigaciones y la formulación de cargos contra los agentes de policía sospechosos de violaciones penales de los derechos civiles federales.

5. Los departamentos de policía deberán llevar un registro detallado sobre el uso de la fuerza por sus agentes e informar al público sobre su contenido a intervalos regulares, facilitando estadísticas sobre incidentes con descarga de arma de fuego y otros incidentes de uso de la fuerza, así como sobre muertes y lesiones bajo custodia. Asimismo, deberán ofrecer datos sobre el número y el tipo de denuncias presentadas, su estado de tramitación y su resultado.


6. El gobierno federal deberá aplicar con más frecuencia el título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 para intentar eliminar las prácticas racialmente discriminatorias de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.(60)


7. El gobierno debe apoyar enérgicamente la aprobación de la Ley de Estadísticas sobre Controles de Tráfico de 1999, que permitirá evaluar de forma global y sistemática el alcance de la aplicación de «criterios raciales» y étnicos en los controles de tráfico policiales. Entretanto, todos los organismos estatales y locales deberán seguir el ejemplo de algunos departamentos de policía estadounidenses estableciendo sus propios sistemas de control.


8. Todos los departamentos de policía deberán introducir programas de formación concebidos para reducir al mínimo el riesgo de usar fuerza innecesaria y causar muertes o heridas en ciertas situaciones habituales, como las persecuciones de vehículos y el trato con enfermos mentales o personas trastornadas. Estos programas de formación deberán incluir también la sensibilización sobre cuestiones relativas al género y a las minorías.


9. Todos los departamentos de policía deberán prohibir las técnicas de inmovilización peligrosas, como «el amarre de cerdo» y las llaves de presa en las que se aplica presión en el cuello.


10. Las autoridades federales deberán iniciar una investigación nacional independiente sobre el uso de pulverizadores de OC (pimienta) por parte de los organismos encargados de hacer cumplir la ley, que incluya la revisión de todos los informes de muertes y lesiones tras el uso de estos pulverizadores. Mientras tanto, los departamentos de policía que siguen autorizando estos pulverizadores deberán introducir directrices y limitaciones estrictas sobre su uso, con procedimientos claros de supervisión y presentación de informes.


11. Los organismos encargados de hacer cumplir la ley y las instituciones penitenciarias deberán prohibir el uso de armas de electrochoque por control remoto hasta que se haya llevado a cabo una investigación rigurosa e independiente sobre el uso y los efectos de estos dispositivos.


12. Todas las autoridades policiales deberán garantizar que las normas sobre uso de perros policía son sumamente estrictas y tienen por objeto reducir al mínimo el riesgo de lesiones y el uso de fuerza innecesaria.


13. Todos los departamentos de policía deberán establecer «sistemas de alerta temprana» para identificar y controlar a los agentes implicados en violaciones de derechos humanos. Deberán crear sistemas claros para rendir cuentas y mantener un historial detallado de la conducta de cada agente que permita identificar y corregir abusos reiterados, como la aplicación de prejuicios racistas y otros tratos discriminatorios.


14. Deberá haber una mayor transparencia en la investigación de denuncias de violaciones de derechos humanos. Deberán mantenerse informados a los denunciantes del progreso de estas investigaciones. El resultado de todas las investigaciones penales, disciplinarias y administrativas sobre presuntas violaciones, y sobre todos los incidentes polémicos de disparos y muertes bajo custodia policial deberá hacerse público sin dilación una vez finalizada la investigación.


15. Las autoridades locales, estatales y federales deberán establecer órganos de supervisión independientes y eficaces para sus respectivos departamentos policiales. Estos órganos tendrán competencias para investigar y revisar las denuncias contra los agentes así como otras cuestiones normativas y prácticas habituales preocupantes, y para publicar informes públicos detallados.


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(1) Los agentes fueron acusados por el estado de homicidio en segundo grado (no premeditado) en marzo de 1999. En el momento en que se redacta este informe, el juicio aún no se ha celebrado.

(2) Este caso se incluyó en el apartado «La brutalidad policial: una pauta de abusos» del documento Derechos para todos. En septiembre de 1999, dos agentes fueron acusados de homicidio frustrado y agresión. Cinco meses antes, estos dos agentes habían sido acusados de 19 delitos menores por falsificar sus registros para ocultar el número de conductores pertenecientes a minorías a los que habían dado el alto.

(3) Varios de estos estados (Colorado, Maryland, Michigan, Nueva Jersey, Pensilvania, Oklahoma e Illinois) han sido demandados por la Unión Estadounidense para la Defensa de las Libertades Civiles (ACLU).

(4) Este anuncio fue hecho en abril de 1999, tras una reunión celebrada en Washington D.C.

(5) El proyecto de ley de California, que exige que todos los departamentos de policía del estado lleven un control estadístico básico sobre la raza de las personas a quienes se da el alto, fue aprobado por abrumadora mayoría en el parlamento estatal en septiembre de 1999, pero aún no ha sido firmado por el gobernador.

(6) Driving While Black, ACLU, 2 de junio de 1999

(7) La más antigua y mayor coalición de organizaciones que trabajan en Estados Unidos para proteger los derechos civiles y humanos.

(8) Equipo de Armas y Tácticas Especiales (Special Weapons and Tactics, SWAT): unidades especiales paramilitares de policía que se utilizan en varios departamentos de policía de EE. UU. para intervenir en incidentes de terrorismo urbano y, cada vez con más frecuencia, en delitos de narcotráfico.

(9) Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego, citados en páginas anteriores.

(10) Serie de cinco artículos que aparecieron en el Washington Postentre el 15 y el 19 de noviembre de 1998. Según informes, estos artículos impulsaron algunas reformas y mejoras en los programas de formación.

(11) Los investigadores del Washington Postestudiaron la información (facilitada por departamentos de policía y otras fuentes) sobre la media total anual de incidentes policiales con descarga de arma de fuego entre 1990 y 1997 en 27 ciudades importantes (entre ellas, Washington D.C). De éstas, la tasa más elevada de este tipo de incidentes en relación con el número de habitantes de la ciudad la tenía Washington D.C, seguida de Baltimore, Detroit, Nueva Orleáns, Phoenix, Houston y Filadelfia (análisis comparativo realizado por AI a partir de la información publicada por el Washington Post)

(12) Deadly Force: What We Know,Geller and Scott, 1992 (citado en Derechos para todos) sigue siendo hasta la fecha el estudio más completo de incidentes policiales con descarga de arma de fuego en EE. UU. Esta obra contiene investigaciones que indican que se produjo un descenso general en el número de estos incidentes en las grandes ciudades entre 1970 y finales de los ochenta.

(13) San Francisco Examiner, 8 de octubre de 1998.

(14) Información facilitada a AI por el abogado de la familia de Reid.

(15) AP, 15 de julio de 1999, New York Times, 23 de julio de 1999.

(16) Carta de la Comisión de Policía de fecha 2 de agosto de 1999. En esta misma carta, la Comisión informó a AI de que se aplicaba el mismo procedimiento en todos los incidentes en los que el uso de la fuerza desembocaba en la hospitalización del detenido, y en los de muertes bajo custodia.

(17) Con motivo de este caso, Amnistía Internacional escribió al Departamento del Sheriff, señalando que, aunque según los informes los agentes sólo emplearon sus armas de fuego tras recurrir a medios no letales (proyectiles de poliestireno y pulverizadores de pimienta), a la organización le seguía preocupando el grado de fuerza que utilizaron contra un individuo que, en principio, era un suicida. En la carta, AI señaló las normas internacionales que disponen que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley deben, en la medida de lo posible, utilizar métodos no violentos antes de recurrir a la fuerza.

(18) Denver Post, agosto de 1999.

(19) Muchas personas sin hogar de Los Ángeles y sus alrededores transportan sus pertenencias en carritos que son propiedad de tiendas o supermercados. Según los informes, la policía ha intentado en varias ocasiones controlar esta actividad multando a quienes la practican, obligándolos a sacar sus pertenencias de los carritos o incluso enviándolos a la cárcel (véase por ejemplo el periódico Los Ángeles Timesdel 14 de julio de 1998).

(20) El aumento del número de enfermos mentales y personas sin hogar en las calles de las ciudades estadounidenses, debido al cierre de los hospitales de internamiento y, en algunas zonas, a los recortes en el presupuesto de la comunidad dedicado a salud mental, está bien documentado, al igual que el aumento de enfermos mentales que son encarcelados durante periodos más o menos largos.

(21) New York Times, 1 de septiembre de 1999.

(22) Un portavoz de la Junta de Salud Mental del Condado de Ventura dijo a Amnistía Internacional que estas medidas se han tomado debido al número relativamente alto de incidentes en los que la policía del condado ha disparado contra personas perturbadas en los últimos años, entre ellos algunos casos de «suicidio por agente».

(23) Informe de 1999 del Equipo de Intervención en Casos de Crisis de la Policía de Memphis, p. 11. El Departamento de Policía de Memphis adoptó el programa en 1988 y, según un artículo aparecido en el Commercial Appealdel 4 de junio de 1992, las lesiones infligidas por la policía a los enfermos mentales se habían reducido en casi un 40 por ciento en 1992.

(24) «Emerging Partnerships Between Mental Health and Law Enforcement», Henry J. Steadman, Ph.D. y otros, Psychiatric Services, enero de 1999, Vol. 50. Núm. 1, pp. 99-101.

(25) Miami Herald, 21 de mayo de 1999.

(26) Miami Herald, 20 de junio de 1999.

(27) AI escribió al Departamento de Policía de Oakland, que según los informes estaba investigando el incidente, y al Departamento del Sheriffdel condado de Alameda.

(28) Las directrices publicadas en junio de 1995 por el Centro Nacional de Tecnología Penitenciaria y de Aplicación de la Ley bajo el título Positional Asphyxia-Sudden Death(muerte súbita por asfixia causada por la postura) señalan factores de riesgo y aconsejan a los organismos policiales que eviten el uso de técnicas de inmovilización en decúbito prono (boca abajo) —como el «amarre de cerdo», técnica que se describe en el texto— y que tomen otras precauciones, como no mantener a los detenidos boca abajo. Véase etambién el apartado «Técnicas de inmovilización peligrosas» del informe de Amnistía Internacional Derechos para Todospara más detalles sobre otros informes acerca de los peligros de ésta y otras técnicas de inmovilización.

(29) Los Angeles Times, San José Mercury News, Fresno Bee, septiembre de 1999

(30) AP, 25 de junio de 1999 (tomado del Forth Worth Star-Telegram).

(31) The Chicago Reporter, Volumen 28, Número 3, marzo de 1999.

(32) Dallas Morning News, 18 de septiembre de 1998.

(33) Este caso se menciona en el informe de Amnistía Internacional titulado Del control a la crueldad: El uso del cinturón paralizante y otros dispositivos de electrochoque por los agentes de la ley, Índice AI AMR 51/54/99/s.

(34) Al parecer, la autopsia descartó que las contusiones que presentaba Johnson en el cuerpo y la cabeza hubieran sido la causa de su muerte. La policía afirmó que Johnson tenía cocaína y opiáceos en sangre. Según los informes, los resultados preliminares de una investigación interna de la policía acerca del uso de la fuerza en este caso han indicado que los agentes actuaron de acuerdo a las normas policiales (Arizona Daily Star, 17 de agosto de 1999).

(35) The Arizona Daily Star, 19 de agosto de 1999.

(36) Amnistía Internacional ha pedido una copia del informe de la autopsia para determinar si Daniel Ramírez había ingerido una cantidad letal de cocaína. Según la información aparecida en prensa en las fechas del suceso, Ramírez estaba intentando tragarse una bolsa sin abrir de cocaína cuando lo rociaron con la pimienta. AI escribió al Departamento de Policía de Los Ángeles solicitando más información en julio de 1999, pero hasta la fecha no ha recibido respuesta alguna.

(37) Así lo confirman varios estudios, y también algunos de los casos descritos en este informe, como el de Ricardo Clos (abatido a tiros por la policía de Los Ángeles) y Danny Dunn (que murió en la cárcel del condado de Kern).

(38) Miami Herald, 20 de junio de 1999. El artículo se refiere al uso del pulverizador por los departamentos de policía de Hialeah y Miami Beach. El Departamento de Policía de Miami-Dade no lo utiliza actualmente.

(39) El caso de Goldie Akers, mencionado en la declaración del diputado James E. Clyburn ante la reunión del Comité Negro del Congreso celebrada en mayo de 1999 en Washington D.C.

(40) Información tomada de Copwatch, Otoño de 1997, y de la Comisión de Revisión de la Actuación Policial de Berkeley.

(41) Así ocurre en los departamentos de policía de Filadelfia, Berkeley y St Paul (Minneapolis).

(42) Amnistía Internacional expone sus temores sobre el uso de cinturones paralizantes y demás material de electrochoque en Estados Unidos en el documento titulado Del control a la crueldad: El uso del cinturón paralizante y otros dispositivos de electrochoque por los agentes de la ley, junio de 1999, Índice AI AMR 51/54/99/s.

(43) Washington Post, julio de 1999.

(44) Amnistía Internacional ha solicitado información sobre las normas de adiestramiento y uso de perros policía del Departamento de Policía de Bakersfield y del Departamento de Policía y la Oficina del Sheriffde Sacramento, pero hasta la fecha no ha recibido información alguna.

(45) En una carta dirigida a Amnistía Internacional con fecha 8 de junio de 1999, Steven M. Fishner, en nombre del alcalde Giuliani, afirmó que la actuación policial fue «necesaria y adecuada [ya que] lamentablemente, cuando los manifestantes empezaron a bloquear las calles, la protesta comenzó a lesionar los derechos y la seguridad de otros ciudadanos de Nueva York [...] Sin embargo, aunque desgraciadamente fue necesario detener a los manifestantes, los agentes actuaron de forma digna y profesional al practicar las detenciones.».

(46) Citystate, 26 de enero de 1999.

(47) Informe de 1998 del Committee United Against Violence(CUAV).

(48) Informe del CUAV, ibídem

(49) Un factor clave en la causa Louima y que hizo que uno de los agentes se declarara culpable, fue el testimonio de un agente que rompió el código de silencio y declaró haber visto a un compañero empuñando un mango de escoba roto momentos después de la presunta agresión. Otros dos agentes, acusados de golpear a Louima en un vehículo policial camino de la comisaría, fueron absueltos, al no haber ningún testigo independiente.

(50) Datos de Review of Justice Departmentrecogidos por USA Today, 28 de julio de 1999.

(51) Esta facultad le fue conferida en virtud de las disposiciones de la Ley de Responsabilidad de la Policía, incorporada a la Ley de Control de la Delincuencia Violenta y Cumplimiento de la Ley de 1994, y su alcance se describe en el apartado «El gobierno federal» del informe Derechos para todos.

(52) Civilian Complaint Review Board (Junta Civil de Revisión de Denuncias), Semiannual Status Report, enero-diciembre de 1998, p.33.

(53) Chicago Tribune, noviembre de 1997

(54) En 1998, el ayuntamiento de Virginia Beach no quiso facilitar a Amnistía Internacional los detalles de las investigaciones administrativas sobre el caso de Quagliato, alegando que las leyes estatales exigían su confidencialidad. Sin embargo, el resultado de los casos apareció más tarde en los medios de comunicación, cuando los agentes apelaron ante el Consejo de la Policía (y las sesiones pasaron a ser públicas).

(55) Información obtenida por AI en julio de 1998 a través de Steve Mills, redactor del Tribune, y de G. Flint Taylor, del People’s Law Office.

(56) Philadelphia Inquirer, octubre de 1998.

(57) Por ejemplo, el agente fuera de servicio involucrado en el incidente en el que murió abatido a tiros el limpiador de parabrisas desarmado Antoine Reid (véase supra) ya había sido retirado del servicio de patrulla antes del incidente por haber acumulado un número de denuncias extraordinariamente elevado. A pesar de esto, se le había permitido mantener su arma reglamentaria de 9 mm, que fue la que utilizó para disparar contra Reid. Asimismo, el agente condenado por asfixiar a Anthony Báez tenía 16 denuncias por uso de fuerza excesiva.

(58) El Police Blue Ribbon Committee, que presentó su informe en septiembre de 1998.

(59) Encuestas telefónicas anuales a los ciudadanos que han sido víctimas de delitos.

(60) El Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 prohíbe que los organismos estatales y locales encargados de hacer cumplir la ley discriminen por motivo de raza, color, origen nacional, sexo o religión, y permite que el Departamento de Justicia retire subvenciones o las conceda condicionándolas al cumplimiento de dicha disposición (véase el apartado «El gobierno federal» de Derechos para todos).

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