Document - USA (Texas): Death penalty / Legal concern: José Ernesto Medellín Rojas (m)











PÚBLICO Índice AI: AMR 51/081/2008 17 de julio de 2008

AU 204/08 Pena de muerte / preocupación jurídica


EE. UU. (Texas) José Ernesto Medellín Rojas, ciudadano mexicano, de 33 años de edad



Está previsto que José Medellín sea ejecutado en Texas el 5 de agosto de 2008. Fue condenado a muerte en 1994 por su participación en el asesinato de dos adolescentes: Jennifer Ertman, de 14 años, y Elizabeth Pena, de 16. Los asesinatos se cometieron en Houston en 1993.


José Medellín, que lleva 14 años condenado a muerte, acababa de cumplir 18 años cuando se cometió el crimen (a otros dos acusados que tenían 17 años les conmutó en 2005 la condena de muerte la Corte Suprema de Estados Unidos por el hecho de que eran menores de 18 años en el momento del delito). Las autoridades de Texas no le notificaron en ningún momento que, como ciudadano extranjero, tenía derecho a pedir asistencia a su consulado, conforme establece el artículo 36 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares. A causa de esta violación del tratado, José Medellín se vio privado de la amplia ayuda que México proporciona para la defensa de sus ciudadanos que se enfrentan a cargos punibles con la muerte en Estados Unidos. El consulado mexicano no tuvo conocimiento del caso hasta casi cuatro años después de la detención de José Medellín, y para entonces el juicio y la apelación inicial que confirmó su declaración de culpabilidad y su condena de muerte ya habían concluido.


Según su petición de indulto, durante la investigación y el procesamiento del caso de José Medellín, a su abogado principal, designado por el Estado, le suspendieron durante seis meses de la práctica de la abogacía por actuar de manera poco ética en otro caso. Mientras estaba suspendido siguió representando a José Medellín. Antes del juicio, el tribunal lo declaró en desacato y lo detuvo por violar la suspensión. El tiempo que el abogado debería haber invertido en preparar la defensa de su cliente, lo dedicó a preparar y presentar un recurso de hábeas corpus para salir él mismo de la cárcel. Las actas indican que el único investigador de la defensa de José Medellín dedicó al caso un total de tan sólo ocho horas antes del juicio. La defensa no se opuso a la selección de los miembros del jurado que indicaban que impondrían automáticamente la pena de muerte. Los abogados de José Medellín no citaron a ningún testigo durante la fase judicial de determinación de la culpa. En la fase de determinación de la pena, su presentación de pruebas y testimonios atenuantes duró menos de dos horas.


Una investigación financiada por el consulado mexicano ha concluido que José Medellín creció en un entorno de absoluta pobreza en México y estuvo expuesto a la violencia de bandas desde que, a los nueve años de edad, llegó a Houston para reunirse con sus padres. La investigación también determinó que sufría depresión, tendencias suicidas y dependencia del alcohol. Si los abogados que lo defendieron durante el juicio hubieran pedido ayuda al consulado, éste podría haber conseguido expertos e investigadores para presentar todas las circunstancias atenuantes al jurado que dictó la condena. Además, la vigilancia consular del caso en la fase previa al juicio podría haber sacado a la luz y remediado lo inadecuado de la asistencia letrada que José Medellín estaba recibiendo.


El 31 de marzo de 2004, en la resolución Avena y Otros nacionales mexicanos, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) concluyó que, en los casos de José Medellín y otros 50 ciudadanos mexicanos condenados a muerte en Estados Unidos, este país había violado las obligaciones contraídas en virtud de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares. Como remedio necesario, la CIJ ordenó a Estados Unidos que proporcionara una revisión y reconsideración judicial de las declaraciones de culpabilidad y las condenas, con el fin de determinar si los acusados se habían visto perjudicados por las violaciones de la Convención. El 28 de febrero de 2005, el presidente George W. Bush respondió a la decisión vinculante de la CIJ pidiendo que los tribunales estatales proporcionaran la revisión y reconsideración necesarias de todos los casos afectados. La Corte de Apelaciones en lo Penal de Texas resolvió más tarde que el presidente carecía de autoridad constitucional para obligar a los tribunales a acatar su orden, y que la resolución Avena no tenía validez jurídica en los tribunales nacionales.


Los abogados de José Medellín apelaron ante la Corte Suprema de Estados Unidos. Aunque el estado de Texas alegó ante la Corte que el presidente había rebasado su autoridad, reconoció. “Nadie discute que Estados Unidos tiene la obligación internacional de satisfacer la resolución Avena”. El 25 de marzo de 2008, en Medellín v. Texas, la Corte Suprema concluyó por unanimidad que la resolución Avena de la CIJ “constituye una obligación del derecho internacional por parte de Estados Unidos”. También concluyó por unanimidad que los motivos para cumplir la resolución de la CIJ eran “sencillamente imperiosos”, ya que su cumplimiento nacional ayudaría “al interés de Estados Unidos de garantizar un cumplimiento recíproco de la Convención de Viena, protegiendo las relaciones con gobiernos extranjeros y demostrando un compromiso para con el papel del derecho internacional”. Sin embargo, por una mayoría de seis contra tres, la Corte decidió que la resolución de la CIJ “no es automáticamente vinculante en la ley nacional” y que la autoridad de ponerla en práctica no recaía en el presidente sino en el Congreso de Estados Unidos. En una opinión coincidente, uno de los jueces instó a Texas a reconocer lo que estaba “en juego” y a cumplir con su parte para garantizar el cumplimiento de las obligaciones internacionales de Estados Unidos (véase USA: Government must ensure meaningful judicial review of Mexican death row cases, del 27 de marzo de 2008, http://www.amnesty.org/en/library/info/AMR51/025/2008/en). En una carta conjunta enviada el 17 de junio de 2008 al gobernador de Texas, Rick Perry, la secretaria de Estado estadounidense, Condoleezza Rice, y el fiscal general, Michael Mukasey, pidieron a Texas que tomara “todas las medidas necesarias para hacer efectiva la resolución Avena”.


El 14 de julio de 2008 se presentó en la Cámara de Representantes de Estados Unidos un proyecto de ley conocido como Ley de Aplicación del Caso Avena, según el cual José Medellín y otros ciudadanos extranjeros afectados tendrían acceso a “remedios adecuados” a través de los tribunales nacionales por violaciones de la Convención de Viena, unos remedios que incluían la anulación “de la declaración de culpabilidad o la condena, cuando se considere oportuno”. El proyecto de ley se ha remitido al Comité Judicial de la Cámara de Representantes para que lo examine, pero no da tiempo a que se convierta en ley antes de la ejecución prevista de Medellín. Se espera que se introduzca legislación similar en la Cámara de Representantes de Texas cuando ésta vuelva a reunirse a principios de 2009.


El 16 de julio de 2008, la CIJ dictó “medidas cautelares” en los casos de José Medellín y otros cuatro ciudadanos mexicanos que se enfrentaban a la ejecución en Texas (la fecha de ejecución de los otros cuatro todavía no se ha fijado). La CIJ ordenó a Estados Unidos que tomara todas las medidas necesarias para garantizar que esas personas no son ejecutadas hasta que reciban una revisión y reconsideración judicial. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos también ha dictado “medidas cautelares” para pedir a Texas que no ejecute a José Medellín hasta que la propia Comisión haya resuelto la petición en la que éste alega que se le negó un juicio justo.


En Estados Unidos se han llevado a cabo 1.111 ejecuciones desde que se reanudaron los homicidios judiciales en el país. De esas ejecuciones, 407 se han llevado a cabo en Texas. En lo que va de año se ha ejecutado en Estados Unidos a 12 presos, dos de ellos en Texas.


ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen sus llamamientos para que lleguen lo antes posible (incluyan el número de identificación de recluso de José Medellín, TDCJ # 999134):


- manifestando su apoyo a las familias de Jennifer Ertman y Elizabeth Pena, y explicando que no pretenden disculpar la manera en que murieron ni menospreciar el sufrimiento causado;

- expresando preocupación porque el incumplimiento, por parte de las autoridades de Texas, de su obligación de informar a José Medellín de su derecho a obtener ayuda del consulado mexicano puede haber minado seriamente la imparcialidad de su juicio y lo adecuado de su defensa;

- señalando que la Corte Suprema de Estados Unidos, el estado de Texas y el gobierno federal estadounidense coinciden en que existe una obligación vinculante de cumplir con la decisión de la Corte Internacional de Justicia y ordenar una revisión y reconsideración de la violación del Tratado de Viena sobre Relaciones Consulares en el caso de José Medellín;

- señalando que el Congreso estadounidense está estudiando un proyecto de ley que aplicaría la resolución de la CIJ;

- pidiendo el indulto para José Ernesto Medellín, y que al menos se le conceda una suspensión de la ejecución para dar tiempo a que los legisladores federales y estatales cumplan con las obligaciones contraídas por Estados Unidos en su caso.


LLAMAMIENTOS A:


Presidenta de la Junta de Indultos y Libertad Condicional

Rissie L. Owens, Presiding Officer, Board of Pardons and Paroles, Executive Clemency Section

8610 Shoal Creek Boulevard, Austin, TX 78757, EE. UU.

Fax: + 1 512 463 8120

Tratamiento: Dear Ms Owens / Estimada Sra. Owens

Gobernador

Governor Rick Perry, Office of the Governor, P.O. Box 12428, Austin, Texas 78711-2428, EE. UU.

Fax: + 1 512 463 1849

Tratamiento: Dear Governor / Sr. Gobernador


COPIA A: la representación diplomática de Estados Unidos acreditada en su país.


ENVÍEN SUS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE.