Document - USA (Texas): Death penalty / Legal concern: Joseph Bennard Nichols (m)

PÚBLICO Índice AI: AMR 51/033/2007

26 de febrero de 2007

AU 45/07 Pena de muerte / preocupación jurídica


EE. UU. (Texas) Joseph Bennard Nichols, negro, de 45 años de edad


Está previsto que Joseph Nichols sea ejecutado en Texas el 7 de marzo de 2007. Fue condenado a muerte en 1982 por el asesinato de Claude Shaffer, de setenta años, empleado de una tienda de alimentación. El crimen se cometió en 1980, cuando Joseph Nichols tenía 19 años y un mes. Nichols lleva en el "corredor de la muerte" 25 años.


El 13 de octubre de 1980, Willie Williams, de 24 años, y Joseph Nichols, ambos negros, robaron en una tienda de alimentación en Houston. En ella había tres empleados: Claude Shaffer, blanco, Cindy Johnson, blanca, y Teresa Ishman, negra. Durante el robo, Claude Shaffer recibió un disparo. Murió de una única herida de bala. Ambos asaltantes habían disparado sus armas. La policía interrogó a Cindy Johnson en el lugar de los hechos, pero Teresa Ishman se marchó. Más tarde regresó y dio su nombre como Teresa McGee, pero no fue interrogada en el lugar del crimen. Los abogados defensores trataron más tarde de localizar a Teresa "McGee", pero sin éxito, y ella no participó en los juicios.


Willie Williams fue juzgado primero. Se declaró culpable de matar a Claude Shaffer. Dijo que Nichols había disparado primero pero no había alcanzado a Shaffer. También dijo que Nichols "ya había salido por la puerta, y yo aún apuntaba contra el viejo. Pensé que [Shaffer] venía a por mí, y disparé". La fiscalía presentó pruebas del informe del forense que respaldaban su teoría de que Williams había disparado contra Shaffer. El fiscal dijo al jurado: "Willie Williams es el individuo que disparó y mató a Claude Shaffer. Eso es todo. Es científico. Es coherente. Es completo. Es definitivo, y hay pruebas que lo confirman […] Sólo hay una bala que pudiera hacerlo, y es la de Willie Williams [...] Nichols está fuera". Entre las instrucciones que se dieron al jurado no se incluyó la "ley de partes", es decir, la ley texana que elimina la distinción entre el agente principal y el cómplice de un crimen y permite que se considere a cada acusado igualmente culpable. Williams fue condenado a muerte en enero de 1981 y ejecutado el 20 de enero de 1995.


Joseph Nichols fue juzgado en julio de 1981. La fiscalía alegó que, independientemente de quién realizó el disparo mortal, Nichols era culpable en virtud de la ley de partes. La defensa alegó "abandono", es decir, que el asesinato se produjo cuando Nichols ya había abandonado el lugar. El jurado declaró a Nichols culpable de asesinato punible con la pena capital, pero se declaró juicio nulo porque los miembros del jurado no consiguieron llegar a un acuerdo sobre la pena. Tras el juicio, la fiscalía entrevistó a algunos miembros del jurado y supo que lo que les había impedido llegar a un acuerdo sobre la pena de muerte fueron sus dudas sobre si Joseph Nichols había sido quien había realizado el disparo mortal.


Joseph Nichols fue juzgado de nuevo en febrero de 1982 por el mismo fiscal. Se informó al jurado de la ley de partes, pero esta vez la fiscalía alegó principalmente que Nichols había realizado el disparo mortal. La acusación no basó este giro en ninguna investigación adicional. El fiscal alegó que "Willie no pudo disparar [a Shaffer] [...] [Nichols] disparó la bala mortal y mató al hombre a sangre fría, y debe responder por ello". La fiscalía se basó sobre todo en el testimonio de Cindy Johnson, afirmando ante el jurado: "Les diré que fue la mano de Nichols la que cometió el crimen. ¿Cómo lo saben? Cindy lo vio. Ella se lo ha dicho". Además, la fiscalía presentó pruebas procedentes del mismo forense del juicio de Williams para respaldar esta nueva teoría de que la bala procedía del lugar donde se encontraba Nichols en la tienda. En marzo de 1982, el jurado votó a favor de una condena de muerte.


En 1992, un juez federal resolvió que la fiscalía había presentado pruebas falsas al cambiar su argumento del primer juicio de Nichols al segundo (Nichols II). El juez David Hittner dijo: "La fiscalía alegó, el jurado concluyó y el tribunal aceptó en el juicio de Williams que Williams era el autor del disparo, no una mera parte del delito. El hecho se estableció como verdad. Este tribunal concluye que el fiscal a cargo de Nichols II ofreció al jurado y al tribunal pruebas y argumentos de que Nichols era el autor del disparo. Por determinación judicial previa, esas pruebas presentadas eran necesariamente falsas. Por consiguiente, este tribunal resuelve que el fiscal a cargo de Nichols II utilizó a sabiendas pruebas falsas para obtener la declaración de culpabilidad y la condena en Nichols II". El juez Hittner concluyó que "los límites de proceso debido establecidos para la conducta indebida de la fiscalía y la apariencia de imparcialidad básica derivada de esos límites obligan a determinar que, en un proceso penal, el Estado tiene constitucionalmente prohibido obtener la conclusión de unos hechos en un juicio y tratar de obtener la conclusión contradictoria de unos hechos en otro juicio". También dijo que "Williams y Nichols no pueden ser ambos culpables de haber disparado la misma bala, porque la física no lo permite". El juez ordenó que Nichols fuera puesto en libertad o juzgado de nuevo, pero la fiscalía apeló ante la Corte de Apelaciones del Quinto Circuito, que anuló la resolución del juez Hittner.


En 1992, el juez Hittner había ordenado a la fiscalía que presentara todos sus expedientes sobre el caso. En ellos se reveló que Teresa McGee era en realidad Teresa Ishman, y que la fiscalía había conocido su identidad real antes de los juicios de Nichols, había sabido que Ishman no se encontraría en la dirección de Houston proporcionada a la defensa, y la había interrogado en la cárcel del condado antes de extraditarla a Luisiana por un cargo de robo en una tienda (motivo por el cual Ishman había dado un nombre falso). Las declaraciones de Teresa Ishman en esas entrevistas arrojaban dudas sobre la credibilidad del testimonio de Cindy Johnson. Por ejemplo, Ishman afirmaba que Johnson no pudo haber visto cómo se realizaba el disparo mortal porque estaba escondida en el cuarto de baño. El juez Hittner no había examinado el hecho de que no se hubieran desvelado esas pruebas porque eran cuestiones sobre las que no se había pronunciado el tribunal estatal. La cuestión se devolvió a los tribunales estatales, que concluyeron que la fiscalía no había informado a los abogados de Nichols sobre la localización y la auténtica identidad de Teresa Ishman, y concluyeron que el testimonio de ésta podría haber sido favorable a Nichols en algunos aspectos, pero resolvieron que la supresión del nombre y la identidad de esta testigo no había afectado al resultado del juicio. Los tribunales federales han confirmado la condena de muerte.


En 1995, un juez de la Corte Suprema de Estados Unidos escribió que podía decirse que la ejecución de un preso que había estado en el "corredor de la muerte" durante 17 años –ocho años menos que Joseph Nichols– negaba toda justificación disuasoria o punitiva para dicha pena. En 2002, en el caso de un recluso que había estado en el "corredor de la muerte" unos 27 años, otro juez de la Corte Suprema escribió sobre esta "reclusión extraordinariamente larga bajo pena de muerte, una reclusión que va desde el final de la juventud hasta el final de la mediana edad". De ser ejecutado, escribió este juez, el preso en cuestión habría sido "castigado tanto con la ejecución como con más de una generación en la penumbra del ‘corredor de la muerte’. Es justo preguntar si este castigo es tanto insólito como cruel", lo que lo convertiría en una violación de la Constitución de Estados Unidos.


Desde que Estados Unidos reanudó los homicidios judiciales en 1977, se han llevado a cabo en el país 1.063 ejecuciones, de las que 384 (el 36 por ciento) han tenido lugar en Texas. En 2006, este estado ejecutó a 24 personas, cinco veces más que el total del siguiente estado. Además, cinco de las seis ejecuciones llevadas a cabo en Estados Unidos en lo que va de 2007 han tenido lugar en Texas. Se ha demostrado una y otra vez que la raza, especialmente la de la víctima, es un factor contribuyente en la imposición de la pena capital en Estados Unidos. Como reflejo de las cifras nacionales, el 75 por ciento de las personas ejecutadas en Texas desde 1977 habían sido condenadas a muerte por delitos cuya víctima era blanca, y el 21 por ciento eran acusados negros condenados por matar a víctimas blancas.


ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen sus llamamientos para que lleguen cuanto antes, en inglés o en su propio idioma (citen en sus llamamientos el número de recluso de Joseph Nichols, 709):


- manifestando su apoyo a la familia de Claude Shaffer, y explicando que no pretenden ni disculpar la forma en que murió ni menospreciar el sufrimiento que su muerte ha causado;

- expresando honda preocupación por las tácticas empleadas por la fiscalía en este caso, tácticas que incluyen el uso de argumentos contradictorios para obtener dos condenas de muerte por el mismo crimen y el no desvelar el nombre y la identidad de una testigo presencial a la que la fiscalía sabía que los abogados defensores estaban intentando localizar;

- señalando que Joseph Nichols lleva 25 años en el "corredor de la muerte", y que jueces de la Corte Suprema de Estados Unidos han manifestado su preocupación por considerar que el uso de la pena de muerte en un caso así puede constituir pena excesiva y cruel;

- pidiendo el indulto para Joseph Nichols en aras de la justicia.


LLAMAMIENTOS A:


Presidenta de la Junta de Indultos y Libertad Condicional de Texas

Rissie Owens, Presiding Officer, Texas Board of Pardons and Paroles, Executive Clemency Section

8610 Shoal Creek Boulevard, Austin, Texas 78757, EE. UU.

Fax: +1 512 463 8120

Tratamiento: Dear Ms Owens / Estimada Sra. Owens


Gobernador

Governor Rick Perry, Office of the Governor, P.O. Box 12428, Austin, Texas 78711-2428, EE. UU.

Fax: +1 512 463 1849

Tratamiento: Dear Governor / Sr. Gobernador

COPIA A:la representación diplomática de Estados Unidos acreditada en su país.


ENVÍEN SUS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de su Sección si van a enviarlos después del 7 de marzo de 2007.********



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