Document - Mexico: Prisoners of conscience











PÚBLICO Índice AI: AMR 41/059/2008


14 de noviembre de 2008


AU 314/08 Presos de conciencia


MÉXICO Raúl Hernández ]

Manuel Cruz ] miembros de la Organización del

Orlando Manzanarez ] Pueblo Indígena

Natalio Ortega ] Me’phaa (OPIM)

Romualdo Santiago ]

Diez miembros de OPIM



El 17 de abril, cinco miembros de la Organización del Pueblo Indígena Me’ phaa (OPIM) fueron detenidos y acusados del asesinato de Alejandro Feliciano García, cometido el 1 de enero de 2008 en el pueblo de El Camalote, estado de Guerrero. Amnistía Internacional ha adoptado a los cinco activistas indígenas como presos de conciencia, y considera que los cargos contra ellos son de motivación política.


A Raúl Hernández se le acusa de haber disparado a la víctima, mientras que a Manuel Cruz, Orlando Manzanarez, Natalio Ortega y Romualdo Santiago se les acusa de instigar el crimen porque, al parecer, participaron una reunión de la OPIM celebrada al día siguiente del asesinato.


El 20 de octubre, el juez que examinó el recurso de amparo federal de los acusados resolvió que las pruebas presentadas no implicaban a cuatro de los hombres (Manuel Cruz, Orlando Manzanarez, Natalio Ortega y Romualdo Santiago), y ordenó su libertad. Sin embargo, ninguno de ellos ha sido liberado, ya que la Procuraduría General de la República ha apelado contra esta resolución, pese a no desempeñar aparentemente ningún papel en el caso ni haber proporcionado nuevas pruebas. A consecuencia de ello, cuatro inocentes permanecen en prisión.


A Raúl Hernández se le denegó la apelación ante el juez federal alegando que dos presuntos testigos habían declarado que estaba presente en el momento del crimen. Sin embargo, no se han tenido en cuenta los testimonios de testigos presenciales que aseguran que Raúl Hernández no estaba presente en el momento del asesinato.


Además se han dictado órdenes de detención contra otros diez miembros de la OPIM en relación con el asesinato, pero no se han ejecutado, lo que hace temer que las autoridades se limitaron a detener a los cinco primeros miembros de la OPIM a los que consiguieron localizar.


INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA


La Organización del Pueblo Indígena Me’ phaa (OPIM) se fundó en 2002 para defender y promover los derechos del pueblo indígena me’ phaa (tlapanecas) en México.


Los miembros de la OPIM han hecho campaña para que se haga justicia en una serie de casos de violaciones de derechos humanos, incluida la violación a manos de militares de Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú, así como la esterilización de 14 hombres indígenas en 1998.


Los miembros de la OPIM han sido blanco de una campaña concertada de acoso e intimidación. Han sufrido numerosos ataques y amenazas. Amnistía Internacional ha documentado los ataques y amenazas contra algunos de ellos, como Inés Fernandez y Fortunato Prisciliano (AU 33/03, AMR 41/004/2003, del 3 de febrero de 2003, y AU 209/07, AMR 41/050/2007, del 14 de agosto de 2007), y Obtilia Eugenio Manuel (AU 07/05, AMR 41/001/2005, del 12 de enero de 2005). Si desean más información, consulten el boletín de campaña de AI Promover los derechos de los pueblos indígenas de México: Organización del Pueblo Indígena Me’phaa (AMR 41/040/2008, de octubre de 2008).


ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen llamamientos para que lleguen lo más rápidamente posible, en español o en su propio idioma:


- idiendo la liberación inmediata e incondicional de los cinco miembros de la OPIM;

- idiendo que se cancelen las órdenes de detención pendientes contra otros diez miembros de la OPIM acusados del mismo delito;

- nstando a las autoridades a llevar a cabo una investigación exhaustiva e imparcial sobre el asesinato de Alejandro Feliciano García, para que los responsables de su muerte comparezcan ante la justicia;

- ecordando a las autoridades que la Declaración de las Naciones Unidas sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos reconoce la legitimidad de las actividades de los defensores y defensoras de los derechos humanos y su derecho a llevarlas a cabo sin restricciones y sin temor a represalias.


LLAMAMIENTOS A:


Lic. Eduardo Medina-Mora Icaza

Procurador General de la República

Procuraduría General de la República

Av. Paseo de la Reforma nº 211-213, Piso 16

Col. Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc

México D.F., C.P. 06500, MÉXICO

Fax: +52 55 53 46 09 08

Tratamiento: Señor Procurador General


Lic. Zeferino Torreblanca Galindo

Gobernador del Estado de Guerrero

Palacio de Gobierno, Edificio Centro, piso 2, Ciudad de los Servicios

CP 39075, Chilpancingo, Guerrero, MÉXICO

Correo-e.: gobernador@guerrero.gob.mx

Fax: +52 747 471 9956

Tratamiento: Señor Gobernador




Lic. Eduardo Murueta Urrutia

Procurador del Estado de Guerrero

Carretera Nacional México-Acapulco Km. 6+300

Tramo Chilpancingo-Petaquillos

Chilpancingo 39090, Guerrero, MÉXICO

Fax: +52 747 472 2328

Correo-e.: cprocurador@pgjgro.gob.mx

Tratamiento: Señor Procurador


Lic. Juan Alarcón Hernández

Presidente de la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero (Coddehum)

Avda. Juárez, Esq. Galo Soberón y Parra

Col. Centro, 39000, Chilpancingo, Guerrero, MÉXICO

Correo-e.: coddehum@prodigy.net.mx

Fax: +52 747 471 2190 (si responde una voz, digan: “me da tono de fax, por favor”)

Tratamiento: Señor Presidente


COPIA A:


Centro de Derechos Humanos de la Montaña “Tlachinollan” AC., Calle Mina, no. 77, Col. Centro, Tlapa de Comonfort, C.P. 41304, Guerrero, MÉXICO


y a la representación diplomática de México acreditada en su país.


ENVÍEN SUS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de su Sección si van a enviarlos después del 26 de diciembre de 2008.