Document - Mexico: Allegations of abuse dismissed in Guadalajara: \nreluctance to investigate human rights violations perpetuates impunity\n\n


[No publicar antes del 2 de diciembre de 2004 ]Público


Amnistía Internacional


MÉXICO

Abusos desoídos en Guadalajara: la resistencia a esclarecer violaciones de los derechos humanos sólo perpetúa la impunidad


El gobierno de México ha expresado en reiteradas ocasiones su compromiso de prevenir y sancionar las violaciones de los derechos humanos en el estado mexicano. Sin embargo, las violaciones, como la detención arbitraria, la tortura y malos tratos ocurridos en Guadalajara durante la Tercera Cumbre de América Latina, el Caribe y la Unión Europea en mayo de 2004 ponen de relieve que serios abusos de esta naturaleza, particularmente en el ámbito estatal y municipal, siguen siendo comunes en el país. La respuesta de las autoridades estatales ante los hechos fue la de justificar la acción de la policía y desprestigiar a todos los manifestantes demostrando una vez más que la impunidad sigue atentando contra el estado de derecho en México.


El pasado 28 de mayo de 2004 unas tres mil personas participaron en varias protestas en Guadalajara, estado de Jalisco, con motivo de la clausura de la cumbre. Si bien la mayoría de los asistentes se manifestaron de forma pacífica, se registraron actos de violencia por parte de un grupo de individuos que se enfrentó a los cuerpos de seguridad causándoles varias heridas. Los policías respondieron a los disturbios practicando numerosas detenciones durante las protestas y en redadas que realizarían posteriormente. Entre la tarde del 28 y la madrugada del día siguiente, un centenar de personas habían sido detenidas.(1)


Informes recibidos por Amnistía Internacional señalan que las detenidas y detenidos fueron objeto de serias violaciones de derechos humanos, incluyendo tortura y malos tratos por parte de miembros de los distintos cuerpos policíacos, particularmente mientras permanecieron en las instalaciones de la Dirección General de Seguridad del Estado de Jalisco y la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) en la ciudad de Guadalajara. Amnistía Internacional ha tenido conocimiento de que a varios detenidos se les coaccionó, golpeó o amenazó para obtener declaraciones de culpabilidad o señalar a presuntos responsables de los hechos violentos.


El uso de la tortura como control policial o como método de investigación para obtener confesiones que luego pueden ser admitidas ante los tribunales viola tratados internacionales como la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura y la Convención de la ONU contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes ratificados por México. Asimismo, como otros estados mexicanos, Jalisco dispone de legislación específica sobre la tortura(2) derivada de la legislación federal en esta materia. Sin embargo, la ley no cumple con lo estipulado en los tratados internacionales señalados anteriormente y su implementación ha resultado ineficaz hasta el momento.



Violaciones de los derechos humanos desoídas en Guadalajara

Después de los hechos de Guadalajara, organismos de derechos humanos nacionales e internacionales, incluyendo Amnistía Internacional, solicitaron una investigación exhaustiva e independiente sobre las denuncias de serias violaciones de los derechos humanos. Posteriormente, un informe especial de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH)(3) documentó unas 118 detenciones y concluyó que los cuerpos de la Seguridad Pública de la ciudad de Guadalajara y del estado y agentes de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Jalisco incurrieron en graves violaciones de los derechos humanos durante y después de las detenciones, señalando, entre otros abusos, un total de 19 casos de tortura. La CNDH recomendó a las autoridades estatales que realizaran una investigación para deslindar responsabilidades sobre los funcionarios que se excedieron en sus funciones.

Hasta la fecha, las recomendaciones contenidas en dicho informe han sido rechazadas. De hecho, al cumplirse más de seis meses de lo ocurrido se desconoce la puesta en práctica de ninguna medida por parte de las autoridades para esclarecer los hechos, enjuiciar a los responsables y dar una reparación adecuada a las víctimas. Según el gobernador de Jalisco, Francisco Ramírez Acuña, no se tiene ninguna evidencia de que hubiera habido abusos, motivo por el cual no se ha abierto ninguna investigación.(4) ''No es motivo de mi preocupación, porque no hicimos nada irregular" manifestó públicamente el gobernador al ser preguntado por las conclusiones del informe de la CNDH.(5) Amnistía Internacional considera que la resistencia a investigar sin dilación y con imparcialidad las denuncias de violaciones serias de los derechos humanos sólo perpetúa la impunidad.

Preocupa además a Amnistía Internacional descalificaciones generalizadas contra todos los manifestantes posteriormente a los hechos por parte de funcionarios públicos(6) que tienen el aparente objetivo de justificar sin cuestionamiento el operativo de seguridad durante la cumbre y de invertir el derecho a la presunción de inocencia de todos los acusados. Esta actitud de las autoridades estatales demuestra una plena falta de voluntad para cumplir con su deber legal de garantizar el Estado de derecho y la justicia para todas y todos.

Uso excesivo de la fuerza y detención arbitraria

Las autoridades tienen la obligación de garantizar que las manifestaciones se lleven a cabo respetando el derecho a la libertad de expresión y el derecho a la libertad de reunión y manifestación pacífica (Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, PIDCP, artículos 19 y 21 y Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos, artículo 5). Se tiene que garantizar que las medidas de seguridad son proporcionadas y la fuerza sólo se emplea "cuando sea estrictamente necesario y en la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas" según estipula el artículo 3 del Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley(7).

Amnistía Internacional es consciente de las dificultades que implica mantener el orden durante las protestas cuando en ocasiones una facción de manifestantes excede los límites de la legalidad. La organización condena toda violencia dirigida contra los policías o que podría poner en peligro la vida o integridad física de los demás manifestantes o transeúntes y reconoce la obligación de las autoridades a responder a tales situaciones.

Informes recibidos por Amnistía Internacional indican que la tarde del 28 de mayo un grupo de manifestantes vestidos de negro y con la cara cubierta con pasamontañas causó daños a la propiedad y se enfrentó de forma violenta a los cuerpos de seguridad con palos, piedras y botellas. La CNDH constata que unos 80 policías de la Dirección General de Seguridad Pública de Guadalajara y del estado de Jalisco presentaban heridas de diversa consideración como consecuencia de los enfrentamientos. Posteriormente, los policías respondieron a los disturbios con gases lacrimógenos y practicaron detenciones al parecer con uso excesivo de la fuerza y con malos tratos.

Amnistía Internacional considera que varias de las detenciones que tuvieron lugar entre la tarde del 28 y la madrugada del 29 de mayo y en particular las que se llevaron a cabo durante redadas después de los disturbios - cuando al parecer se detuvo a personas simplemente por su forma de vestir o por presentar un aspecto sospechoso de haber participado en la manifestación- contravinieron directamente las normas internacionales que protegen la libertad personal(8). El artículo 16 de la Constitución mexicana prohíbe las detenciones sin orden judicial de arresto salvo cuando la persona es detenida en flagrancia - es decir, en el momento o inmediatamente después de cometer un delito - o en casos urgentes. Sin embargo, la legislación federal y estatal(9) que regula la definición de detenciones en flagrancia o casos urgentes ha sido criticada por expertos de las Naciones Unidas por ser tan amplia que en efecto permite detenciones sin control judicial efectivo, violando la presunción de inocencia y legalizando detenciones arbitrarias(10).

Además, según la legislación doméstica, cualquier persona detenida en flagrancia debe ser conducida ante el Ministerio Público o ante un juez sin dilación. En muchos de los casos de Guadalajara, tanto las personas que fueron detenidas durante la manifestación como las que fueron detenidas horas después de los disturbios pasaron al menos 16 horas en custodia de la seguridad pública antes de ser llevadas ante el Ministerio Público. En varios casos el Ministerio Público no decretó la detención hasta el 29 de mayo, después de que las personas ya estuvieran en custodia de la seguridad pública. A pesar de irregularidades cometidas, el poder judicial del estado no parece haber asumido su responsabilidad de asegurar la legalidad de las detenciones o de garantizar la protección de derechos fundamentales de los detenidos.

Ø Alfonso Rodríguez Olverahabía acudido a la manifestación y se encontraba en el centro de Guadalajara cuando empezaron los disturbios entre policías de Seguridad Pública y varios manifestantes. Según su testimonio a una organización local no gubernamental de derechos humanos, Alfonso Rodríguez fue golpeado por los policías con escudo y tolete en la calle. Posteriormente lo levantaron del suelo y fue entregado a otros policías que lo siguieron golpeando. Debido a las heridas que presentaba fue asistido posteriormente por miembros de la Cruz Roja que lo llevaron al hospital en ambulancia. Tenía cuatro heridas en la cabeza. También presentó un ardor en el brazo derecho debido a la espuma amarilla muy irritante, que los policías le rociaron directamente. En el hospital le saturaron las heridas mientras era custodiado por policías. Durante la noche estuvo esposado a la cama. Posteriormente a Alfonso le obligaron a poner las manos en la nuca y a mantenerse boca abajo mientras era trasladado en una camioneta a las dependencias de la Dirección General de Seguridad Publica. Fue puesto en libertad sin cargos el 29 por la noche junto con otros detenidos sin ser informado del motivo de su detención. Al parecer un policía les dijo: "ustedes ya váyanse, nadie les va a hacer nada". Alfonso fue dejado en la calle con un pantalón de quirófano.

Ø Jearim Jesús Fernández Sagrero, de 22 años, participaba en la manifestación y según su testimonio se alejó de la valla policíaca cuando empezaron los disturbios. Junto con otros manifestantes regresó al centro de la ciudad al cabo de una hora creyendo que los disturbios ya habían terminado. Al parecer, dos patrullas de policía se pararon enfrente de ellos. Jearim Fernández y otras seis personas fueron detenidas aproximadamente a las 21 horas de 28 de mayo. Los policías les obligaron a subir a unas camionetas empujándoles y dándoles golpes. Al igual que la mayoría de los detenidos, fueron trasladados a la Dirección General de Seguridad Pública del Estado en la ciudad de Guadalajara.

Ø Amnistía Internacional también ha conocido el caso de, Patrick Leet, de 27 años de edad y de nacionalidad estadounidense, quien según informes fue rodeado por al menos diez agentes de seguridad cuando regresaba al hotel donde estaba alojado, cerca de la avenida 16 de Septiembre, cerca de donde tenían lugar los disturbios. Al parecer los policías le propinaron patadas y golpes en la cara, estómago, piernas y otras partes del cuerpo. Posteriormente, uno de los agentes le apuntó con una pistola en la cabeza y le dijo: "si te mueves te mato". Los policías lo arrojaron contra las ventanas de la entrada del hotel y después se fueron. Patrick Leet fue trasladado en ambulancia a las instalaciones de la Cruz Roja donde fue atendido de las heridas por un médico. Al parecer, policías vestidos de civil se mantenían alrededor de las instalaciones de la Cruz Roja. Uno de ellos se acercó a Patrick Leet y le pidió que le acompañara. Cuando Patrick Leet preguntó por los cargos el policía le esposó en la cama y le insinuó que no tendría tanta suerte de tener personal del hospital alrededor para protegerle una vez estuviera en custodia de la policía y que mejor se callara. Esa misma noche fue trasladado a la Dirección General de Seguridad Pública del Estado en la ciudad de Guadalajara.

Tortura y malos tratos

Según informes, Patrick Leet, Alfonso Olvera, Jearim Fernández, así como la mayoría de los detenidos, fueron objeto de serias violaciones de los derechos humanos durante las primeras horas de reclusión en el sótano de la Dirección General de Seguridad Pública del Estado de Jalisco, ubicada en el centro de la ciudad de Guadalajara. Amnistía Internacional considera que el tratamiento de algunos de los detenidos constituye tortura, según las normas internacionales y la propia legislación mexicana.

Los testimonios recibidos coinciden en señalar que durante más de tres horas los detenidos fueron obligados a permanecer boca abajo con las manos en la nuca. Además, golpes en la cabeza, testículos y otras partes del cuerpo, así como amenazas con armas de fuego se repitieron en contra de varios de los detenidos. Si intentaban dormir eran despertados con patadas y a los que iban al baño al parecer los golpeaban. También les tomaron fotografías y grabaciones de video. Varios detenidos declararon haber sido trasladados posteriormente a un auditorio donde fueron insultados y amenazados con que serían llevados a una cámara de gas o que les iban a disparar con un revólver. Además, Amnistía Internacional ha tenido conocimiento de que al menos a dos detenidos les cubrieron la cara con bolsas de papel y hoyos en los ojos para que señalaran a varias de las personas que se encontraban recluidas.

Ø Maltrato y tortura a las mujeres detenidas.Según informes, las mujeres fueron separadas de los hombres en la Dirección General de Seguridad Pública. Según su propio testimonio, policías de sexo femenino las obligaron a pasar de dos en dos a una habitación de un sótano donde tuvieron que desnudarse y hacer sentadillas mientras varios agentes se acercaban para observarlas. Según Silvia Ordaz, de nacionalidad española: "Pasamos muchísimo miedo, pues pensamos que iban a golpearnos en cualquier momento. Los golpes no ocurrieron, pero casi creo que hubiera sido más fácil encajar un golpe que una tensión psicológica de este tipo". A Liliana Galaviz, le fue diagnosticado un trauma craneoencefálico leve al parecer a consecuencia de los golpes propinados por los policías durante su detención. Según el informe de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, Norma Martínez Loustalottambién fue golpeada por policías. Este mismo informe señala que Elsa Hernández Arguellofue objeto de golpes en varias partes del cuerpo por parte de los policías judiciales en las instalaciones de la Procuraduría General de Justicia del Estado. Hasta la fecha Elsa Hernández continúa en prisión acusada de robo calificado, entre otros delitos. Las demás mujeres fueron puestas en libertad el 29 de mayo por la comisión de "faltas administrativas".



La tarde del 29 de mayo, 45 personas fueron consignadas (se presentaron cargos en su contra) y trasladadas a las dependencias de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE). El resto de los detenidos fueron dejados en libertad por la comisión de "delitos administrativos", permaneciendo entre 16 y 20 horas recluidos.


Una vez en la PGJE, los informes recibidos por Amnistía Internacional indican que el uso de la tortura y los malos tratos se repitió en contra de muchos de los acusados por parte de policías judiciales, particularmente en las instalaciones de la calle 14, a las afueras de la ciudad de Guadalajara. Según varios testimonios, a los detenidos les propinaron varias patadas, les obligaron a ponerse en fila con las piernas separadas y si no conseguían mantenerse en esa posición los golpeaban. Según Jearim Fernández : "nos fueron bajando uno por uno, cuando me tocó bajar, un cuico [policía] me llevó con las manos en la cabeza, y uno que venía saliendo me dio un golpe en el estómago, que me sacó el aire, me aventó hacia adentro de un pasillo, donde había decenas de cuicos, vestidos de civil, a manera de fila india y nos recibían con golpes, patadas, puñetazos, cuando pasábamos entre ellos; el pasillo se me hizo eterno, recibía gran cantidad de golpes."

Antes de tener que presentar un detenido ante un juez, el Ministerio Público está facultado para tomar declaraciones (declaración ministerial) del detenido que luego pueden tener valor probatorio en un juicio. Esta facultad ha sido severamente criticada por Amnistía Internacional y otras organizaciones porque promueve el uso de la tortura o la coacción para obtener confesiones. En Guadalajara, según la información recibida por Amnistía Internacional, policías judiciales colocaron una bolsa de plástico en la cabeza al menos a dos detenidos para asfixiarles momentáneamente con el objetivo de que se declararan culpables de los hechos violentos. La CNDH concluye que 32 personas firmaron declaraciones ministeriales sin conocer el contenido de éstas, en algunos casos bajo golpes y amenazas.

Ø Eduardo Carvajal Avila, de 37 años, maestro y director de escuela primaria, según su testimonio fue detenido el 28 de mayo entre las 20.30 y las 21 horas en Guadalajara después de quedar atrapado entre manifestantes y varios cuerpos de seguridad cerca de los disturbios. Posteriormente fue trasladado ante el Juez Primero Municipal del Ayuntamiento de Guadalajara quien lo puso a disposición de la PGJE esa misma noche.

Según informes, Eduardo Carvajal, al día siguiente fue llevado a la azotea de la PGJE esposado por la espalda para ser interrogado. Durante el interrogatorio al parecer no se personó ningún representante del Ministerio Público. Tampoco pudo contactar con ningún abogado defensor. Según el testimonio del propio Eduardo Carvajal: "me llevaron esposado con las manos hacia atrás, a cada momento me metían el pie para que tropezara, además de golpearme la cabeza con las antenas de radio que portaban, pateaban en el abdomen y entrepierna, me propinaron golpes con libros en la cabeza, me cacheteaban y en una ocasión me amenazaron con una pistola en la cien derecha, amenazando con dispararme en caso de no inculparme, además de proferir amenazas en contra de mi familia".

Eduardo Carvajal fue trasladado posteriormente al edificio de la calle 14 de la PGJE en donde fue obligado junto con otros detenidos a hincarse con las manos hacia atrás. Al parecer, fueron repetidamente golpeados en distintas partes del cuerpo, les estiraron del pelo y les propinaron varias puntadas de pie. Posteriormente, a Eduardo Carvajal le cubrieron la cabeza con una bolsa negra para asfixiarle momentáneamente mientras lo insultaban y le propinaban patadas en la entrepierna, cuello y abdomen con el objetivo de obligarle a firmar una declaración ministerial aceptando haber planificado los hechos violentos cometidos por algunos manifestantes. Al parecer, Eduardo Carvajal negó en todo momento su participación en los actos violentos. El 30 de mayo fue trasladado al centro penitenciario de Puente Grande, en el estado de Jalisco. Al día siguiente, fue puesto a disposición del Juzgado Noveno de lo Criminal del Primer Partido Judicial del estado de Jalisco. Hasta la fecha continúa en prisión acusado del delito de robo calificado, entre otros.

Según la información recibida por Amnistía Internacional, a pesar de estas denuncias de tortura y malos tratos, las autoridades estatales no han iniciado ninguna investigación penal o administrativa para identificar a los responsables, argumentando que no hay evidencias de violaciones.

Violaciones del debido proceso

Los casos de Guadalajara ilustran una vez más cómo a las personas privadas de libertad en México se les niegan sus derechos fundamentales básicos de acuerdo con lo dispuesto en tratados internacionales de derechos humanos ratificados por México. En concreto, la negación de garantías procesales como al acceso a defensa legal de su elección, la baja calidad de la representación legal designada por el estado, la falta de acceso al mundo exterior durante los primeras horas de detención o la parcialidad de los servicios de medicina legal adscritos al Ministerio Público(11) constituyen violaciones al debido proceso, esenciales para un juicio justo establecido en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos(PIDCP, artículos 9, 10 y 14) y la Convención Americana sobre Derechos Humanos(artículos 9, 10, 14).

Entre otras cosas, a la mayoría de los detenidos en las dependencias de la Dirección de Seguridad Pública del estado en Guadalajara al parecer no se les permitió comunicación personal o telefónica con familiares. Según varios testimonios, tampoco a los familiares se les facilitó información sobre la situación jurídica de los detenidos. En su informe, la Comisión Nacional de Derechos Humanos indica que se negó al personal de dicha institución y de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco acceso a los detenidos mientras éstos estuvieron bajo la custodia de la Seguridad Pública del estado.

Abogados que se hicieron cargo de la defensa de los detenidos informaron a Amnistía Internacional que no se les facilitó una primera lista de consignados hasta el 29 de mayo por la noche. Además, denunciaron que a los consignados no se les informó debidamente de sus derechos fundamentales ni los cargos que enfrentaban y que los abogados de oficio asignados durante las primeras horas de detención no les ofrecieron una defensa adecuada. Según consta en el informe de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, no fue hasta el 31 de mayo que los detenidos y detenidas comenzaron a rendir sus declaraciones ante la autoridad judicial.


Los ocho ciudadanos extranjeros arrestados fueron separados del resto de detenidos el 29 de mayo por la mañana y fueron expulsados a sus países de origen a principios de junio de 2004 después de pasar a disposición del Instituto Nacional de Migración(12). Las autoridades migratorias alegaron que los jóvenes habían violado diversas disposiciones legales por haber participado en actividades políticas y prohibieron su ingreso al país durante tres años. Según los testimonios recogidos por Amnistía Internacional, los ocho extranjeros nunca fueron informados de los motivos de su detención mientras estuvieron bajo la custodia de la Dirección General de Seguridad Pública de Guadalajara.

Actualmente, 15 detenidos permanecen en la prisión de Puente Grande, estado de Jalisco, acusados de serios delitos, como robo calificado. El pasado mes de septiembre, uno de ellos fue sentenciado a dos años de prisión mientras que alrededor de treinta personas continúan en libertad bajo fianza.



Conclusión

Amnistía Internacional considera que la forma en la que se dieron muchas de las detenciones, el trato recibido por los detenidos, las alegaciones de tortura y malos tratos y la falta de una investigación independiente al respecto constituyen violaciones a los derechos fundamentales y ponen en entredicho los procesos penales llevados a cabo para procesar a los acusados de los hechos violentos de mayo en Guadalajara. Preocupa el hecho de que la única institución legal facultada para investigar dichos abusos es la Procuraduría General de Justicia del Estado(13), la cual a su vez es señalada como implicada en éstos, violando claramente el principio de imparcialidad de la agencia investigadora en los hechos; principios consagrados en artículo 12 de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y el Protocolo de Estambul.(14)

Amnistía Internacional condena todo acto de violencia en las manifestaciones sean quienes sean los responsables y es consciente de la responsabilidad que tiene el estado de garantizar la seguridad de cada individuo. Sin embargo los serios abusos documentados por Amnistía Internacional, y el rechazo de las autoridades a llevar a cabo investigaciones al respecto, como lo señala la recomendación de la CNDH y otros organismos, demuestra una vez más que la impunidad sigue siendo un hecho, en particular a nivel de los estados en México y pone de relieve la importancia y urgencia de una reforma profunda al sistema de procuración de justicia y seguridad pública en todo el país para garantizar el respeto a los derechos humanos(15).

Las violaciones de derechos humanos en Guadalajara, al parecer, ocurrieron en la jurisdicción estatal, no federal. Sin embargo, es importante recordar que el gobierno mexicano es responsable de garantizar el cumplimiento de los tratados internacionales ratificados por el Estado mexicano. El articulo 1 de la de Convención Americana de los Derechos Humanosy artículo 2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticosson claros en la obligación del Estado de garantizar el respeto de los derechos contenidos en estos instrumentos vinculantes. Por lo tanto, el gobierno federal tiene la responsabilidad última de garantizar la justicia en estos casos e insistir a las autoridades locales de Guadalajara que actúen conforme con su obligación legal.



Gobernador del Estado de Jalisco

Sr. Francisco Ramírez Acuña

Palacio de Gobierno

Pedro Moreno y Corona

Guadalajara, Estado de Jalisco, México

Fax: +52 33 3668 1857/58

Tratamiento: Señor Gobernador



Procurador del Estado de Jalisco

Lic. Gerardo Octavio Solís Gómez

Calzada Independencia Norte No. 778

Col. Sectas Libertad, Guadalajara 44100, Estado de Jalisco, México

Fax: + 52 33 3837 6007/05

Tratamiento: Señor Procurador



Copias a:

Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos

Av. Azcapotzalco 276, Col. Clavería, CP 02090 México DF


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(1) Entre los detenidos había ocho extranjeros y cuatro menores de edad.


(2) Ley Estatal Para Prevenir y Sancionar la Tortura, Jalisco 21 diciembre 1993.


(3) Informe Especial Comisión Nacional de Derechos Humanos relativo a los hechos de violencia suscitados en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, el 28 de mayo del 2004 con motivo de la celebración de la III cumbre de América Latina, El Caribe y la Unión Europea. (http://www.cndh.org.mx/Principal/document/inf_espec/informe-Jalisco/index.htm)


(4) Mensaje del Gobernador de Jalisco con relación al informe especial de la CNDH. Ver http://www.jalisco.gob.mx/abajo.html


(5) Declaraciones a La Jornada el 30 de septiembre de 2004, con referencia al Informe especial de la CNDH


(6) El gobernador de Jalisco ha calificado a los detenidos de "criminales" y "delincuentes" , La Jornada 10 septiembre de 2004; Proceso, 30 agosto de 2004


(7) Adoptado por la Asamblea General de la ONU en su resolución 34/169, de 17 de diciembre de 1979.


(8) Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCCP), art. 9.1 y 9.2; Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), art 7.


(9) Art 145 & 146, Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Jalisco


(10) Observaciones del Comité de Derechos Humanos: México. 27/07/99. CCPR/C/79/Add.109, párr. 10. Comité contra la Tortura, informe sobre México. CAT/C/75, 26 de mayo de 2003, párr. 220.a.


(11) México- Juicios injustos: tortura en la administración de justicia", AI åndice: AMR 41/007/2004, 25 marzo 2003


(12) Los extranjeros eran procedentes de Australia, Canadá, Estados Unidos, España e Italia


(13) El Ministerio Publico es el único órgano con la facultad de investigar los delitos. Junto con la policía judicial o ministerial forma parte de la Procuraduría General de la República (PGR) a nivel federal y de los respectivos procuradores generales de justicia (PGJEs) a nivel estatal. La PGR y los PGJEs forman parte del poder ejecutivo a nivel federal y estatal.


(14) Manual sobre la investigación y documentación eficaces de los casos de tortura y otros malos tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (HR/P/PT/8), también conocido como Protocolo de Estambul


(15) Memorándum al Congreso de la Unión sobre las reformas dela Constitución y del sistema de justicia penal, AI åndice: AMR 41/032/2004, septiembre de 2004



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