Document - Angola: Hundreds of families facing forced eviction

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Date: 14 January 2011

AU: 248/11 Índice: AFR 12/002/2011 Angola Fecha: 18 de agosto de 2011

ACCIÓN URGENTE

POSIBLE DESALOJO FORZOSO de CIENTOS DE FAMILIAS

Las autoridades de Lubango, ciudad situada al sur de Angola, se proponen desalojar a la fuerza de sus hogares a cientos de familias el 25 de agosto. Las familias quedarían en la indigencia.

El 29 de junio el administrador de la ciudad de Lubango notificó por escrito a los habitantes del barrio del Arco Iris (que también se conoce como Dr António Agostinho Neto), en el centro de la ciudad, la intención de demoler sus viviendas para construir una nueva carretera, y les ordenó que abandonasen la zona. Dio a los habitantes, unas 750 familias, 30 días para desalojar la zona y les ofreció terrenos a unos 14 km del centro de la ciudad para que se construyan nuevas viviendas. Era la primera vez que los habitantes tenían noticia de lo que se proponían hacer las autoridades municipales.

La construcción de la nueva carretera se engloba en el plan de desarrollo urbanístico de la ciudad de Lubango que elaboró la administración colonial portuguesa, pero que no llevó a cabo. A finales del 1975, tras la independencia, la población comenzó a construir viviendas en la zona sin restricciones. La mayoría de los habitantes llevan varias décadas habitando en la zona.

El 1 de agosto las autoridades locales anunciaron en la radio local que habían ampliado el plazo para que las familias desalojasen la zona del 29 de julio al 25 de agosto, a fin de permitir que la administración local concluyese el reparto de los terrenos, que acababa de comenzar el 28 de julio. Según los habitantes de Arco Iris, van a realojarlos en una zona aislada, a unos 14 km del centro de la ciudad, que carece de transporte público y servicios, como escuelas y servicios médicos, agua, electricidad o saneamiento.

Escriban inmediatamente en portugués, en inglés o en su propio idioma:

n Pidiendo a las autoridades que detengan el proyectado desalojo forzoso en el barrio del Arco Iris de Lubango;

n Instándolas a aprobar una suspensión de todos los desalojos hasta que establezcan las salvaguardias necesarias a fin de garantizar que éstos se llevan a cabo conforme a las normas internacionales y regionales de derechos humanos, entre otras la del desarrollo de un plan de reasentamiento que ofrezca una vivienda alternativa adecuada a los habitantes.

ENVÍEN LLAMAMIENTOS ANTES DEL 29 DE SEPTIEMBRE DE 2011 A:

Ministro de Urbanismo y Construcción

Fernando Fonseca

Ministro de Urbanismo e Construção Ministério de Urbanismo e Construção Avenida 4 de Fevereiro

Luanda

República de Angola

Fax: +244 222 310517

Correo-e : geral@minua.gov.ao

Tratamiento: Sua Excelência/Su Excelencia

Gobernador Provincial de Huila

Isaac Francisco Maria dos Anjos

Governador Provincial

Gabinete do Governador Provincial

Lubango

Huila

República de Angola

Fax: +244 2612 20290/

+244 2612 21810

Correo-e : julianotyamukuavo05@yahoo.com.br

Tratamiento : Sua Excelência/Su Excelencia

Administrador de la ciudad de Lubango

Manuel Capenda

Administrador Municipal do Lubango

Lubango

Huila

República de Angola

Fax: +244 261 225 073

Correo-e : amlubango@yahoo.com.br

amlubango@gmail.com

Fecha: 18 de agosto de 2011

UA: XXXXXXXXXXXXX Index: XXXXXXXX <Country> Date: 14 January 2011

Envíen también copia a la representación diplomática de Angola acreditada en su país. Inserten a continuación las direcciones correspondientes:

Nombre Dirección 1 Dirección 2 Dirección 3 Fax Número de fax Correo electrónico Dirección de correo electrónico Tratamiento Tratamiento

Consulten con la oficina de su Sección si van a enviar los llamamientos después de la fecha antes indicada.

acción urgente

POSIBLE DESALOJO FORZOSO DE CIENTOS DE FAMILIAS

INFORMACIÓN ADICIONAL

Los desalojos forzosos son aquellos que se llevan a cabo sin avisar ni consultar debidamente con las personas afectadas, sin salvaguardias jurídicas y sin garantías de un alojamiento alternativo adecuado.

Con arreglo al derecho internacional, entre otros, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) y la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, en los que Angola es Estado Parte, este país no puede llevar a cabo desalojos forzosos, y está obligado a proteger a la población frente a esta práctica. Los desalojos sólo pueden llevarse a cabo como último recurso, cuando se han estudiado todas las demás alternativas posibles en una verdadera consulta con las comunidades afectadas. Las autoridades deben garantizar que no se llevan a cabo con mal tiempo, de noche o en ausencia de los habitantes de la vivienda sin su consentimiento previo, y que nadie se queda sin techo a consecuencia del desalojo. Antes del desalojo, debe proporcionarse a los afectados un alojamiento alternativo adecuado y una indemnización también adecuada por todas sus pérdidas. Estos requisitos son de aplicación en todos los asentamientos, independientemente de la condición de tenencia de sus habitantes, incluidos los asentamientos informales. Incluso cuando los habitantes no tienen tenencia legal, las autoridades no pueden desalojarlos a la fuerza de sus hogares.

Al prepararse para la demolición del barrio del Arco Iris en Lubango, las autoridades angoleñas no han establecido medidas de protección legal ni otro tipo de garantías para proteger a la población de los desalojos forzosos, como consultas auténticas con las comunidades para identificar alternativas a los desalojos y opciones de reasentamiento, avisar con antelación de forma adecuada y razonable y facilitar toda la información sobre el desalojo proyectado, y acceso a remedios legales efectivos. No han facilitado alojamiento alternativo adecuado ni concedido indemnizaciones, a todo lo cual están obligadas conforme al derecho internacional. Las autoridades se proponen llevar a cabo los desalojos durante la estación de las lluvias, lo que viola las normas internacionales.

Las autoridades han ofrecido tierras a los habitantes de Arco Iris para que construyan sus nuevas viviendas en otro lugar. No obstante, el reparto de parcelas no es suficiente para hacer que un desalojo sea legítimo. Los desalojos no deben dejar sin techo a personas o comunidades, por lo que toda medida de reasentamiento, como la construcción de viviendas, el suministro de agua y el reparto de tierras y solares, debe ajustarse a los principios de derechos humanos internacionalmente reconocidos y aplicarse antes de sacar a las comunidades de sus hogares.

AU: 248/11 Índice: AFR 12/002/2011 Emitida el 18 de agosto de 2011

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